Los matrimonios tienen la opción de elegir la tributación conjunta o individual, ¿pero cuál es mejor? En realidad depende de la situación de cada pareja y el nivel de ingresos de cada cónyuge, generalmente conviene la declaración conjunta cuando uno de los cónyuges tiene ingresos muy bajos, y si los 2 tienen ingresos es mejor optar por la individual.
¿Quién puede hacer la declaración conjunta?
Las personas que están casadas tienen la opción de hacer la Declaración de la Renta de forma individual o conjunta. En este sentido, la ley admite también los matrimonios entre personas del mismo sexo, con lo que sus derechos y deberes a efectos fiscales son los mismos que tenga un matrimonio tradicional, formado por un hombre y una mujer.
En caso de que un miembro de la unidad familiar opte por presentar la declaración individual, el resto de los miembros de la unidad familiar pierden el derecho a declarar conjuntamente.
En el caso de los matrimonios divorciados, uno de los padres puede acogerse a la declaración conjunta monoparental y el otro cónyuge hacer la declaración individual. Esto mismo ocurre con los padres solteros.
¿Qué modalidades de tributación conjunta existen?
Según la ley del IRPF, las dos modalidades de ésta son las siguientes:
- La formada por los cónyuges y sus hijos menores de 18 años. En esta unidad se incluyen, también, los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- Unidades familiares monoparentales, formadas por el padre o la madre y todos los hijos menores no emancipados que convivan con uno de los cónyuges. La condición imprescindible para poderse acoger a esta modalidad es que la cabeza de familia esté separado.
¿Qué elegir, conjunta o individual?
- Cuando se hace la tributación conjunta, las rentas obtenida por cada cónyuge se suman y se gravan de forma acumulada. Esto puede provocar que se deba tributar dentro de un tramo superior de la escala de gravamen del IRPF, si esto ocurre conviene optar por las declaraciones individuales.
- En general, se puede decir que cuando todos los miembros de la unidad familiar obtienen ingresos es más ventajoso hacer la declaración en forma individual, ya que los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual se aplican en la misma cantidad. Por el contrario, si sólo uno de los dos cónyuges trabaja y obtiene ingresos, la Declaración conjunta será más propicia.
- También se ha de tener en cuenta los límites de las deducciones por vivienda habitual que es de 9.015€ por cada declaración. Así, si se hace la tributación individual cada miembro se puede deducir 9.015€, es decir, hasta 18.030€, mientras que la tributación conjunta sólo permite deducirse como máximo 9.015€.
- Una de las ventajas de la tributación conjunta es que permite compensar pérdidas patrimoniales y las bases liquidables generales negativas, realizadas y no compensadas por los contribuyentes que componen la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente como por ejemplo las minusvalías que hayan tenido por vender inmuebles, acciones o participaciones de fondos de inversión.
- Se tiene derecho a la reducción por tributación conjunta de 3.400€ en caso general y las unidades familiares monoparentales de 2.150€.
Las personas que tenga la opción de elegir la tributación conjunta o individual, todos los años deben de realizar una simulación con el programa padre para determinar qué modalidad le conviene más: conjunta o individual.
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Viuda con hijos se casa con viudo con hijos en regimen de separacion de bienes.
La vivienda familiar es propiedad del marido y solo la habita el matrimonio.
En caso de fallecimiento del esposo, ¿Debe ella abandonar la vivienda ó la puede seguir habitando mientras viva?
Muchas gracias por la respuesta
Depende… la viuda tendría derecho al usufructo de 1/3 de los bienes del difunto.
Salu2.
hola!he echo la declaracion de la renta por la primera vez solo, y dentro de una semana conjunta.cual es la diferencia entre declaracion individual y programa padre?se me a hecho la devolucion de la primera.sera valida la segunda(programa padre)?que debo hacer para corregir el error?gracias!
¿? Que has entregado ya una declaración y ahora lo vuelves a presentar conjunta?
Hola buenos días quería preguntar, estoy casado en españa y mi pareja no tiene residencia española y tampoco es europea, puedo agregarla en mi declaración de la renta, para desgravar
Si no tiene residencia…
Hola. Estoy casado pero no tengo hijos, puedo hacer la declaracion conjunta? ya que mujer no tiene ingresos.
Sí, con tu marido.
Hola,
Yo convivo con mi pareja ( no estamos casados) y tenemos 2 niñas y estamos en un piso de alquiler que está a nombre de los 2.
Podemos hacer la renta conjunta ??
Gracias.
Podéis presenta 2 declaraciones individuales o una declaración conjunta monoparental (un padre con los hijos) y el otro padre individual.
Al convivir el padre y la madre bajo el mismo techo no se puede aplicar la deducción por tributación conjunta de 2.150 euros.
Salu2.
Buenas noches,
Convivo con mi pareja(no estamos casados), tenemos dos hijos en común y una vivienda en propiedad, estoy en paro y cobros la ayuda, él trabaja.
Estoy obligada a hacer la declaración?. Puede él desgrabarse el 100% de la hipoteca o tenemos que hacerla al 50%?
Muchas gracias.
Depende, si la vivienda y la hipoteca la titularidad es del 50%, sólo se podrá desgravar el 50%.
En cuanto a ti, ¿tienes que declarar? depende:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/04/11/quien-esta-exento-de-hacer-la-declaracion-de-la-renta-del-ejercicio-2011-que-se-hace-en-2012/
Salu2.
HOLA, MI MUJER Y YO TENEMOS SEPARACION DE BIENES, HEMOS HECHO LA DECLARACION DE RENTA CONJUNTA PERO HAN EMBARGADO LA DEVOLUCION POR UNA DEUDA QUE YO TENIA EN UN BANCO.
EN LA DECLARACIO LOS INGRESOS QUE APARECEN SOLO LOS APORTA ELLA YA QUE ESTOY EN PARADO DESDE HACE DOS AÑOS Y NO PERCIBO NINGUNA PRESTACION.
QUISIERA SABER SI ES CORRECTO EL EMBARGO DE TODO EL IMPORTE, O SE PUEDE INTERPONER ALGUN TIPO DE RECURSO YA QUE LA DEUDA ES MIA. GRACIAS
Me temo que no puedes hacer nada.
Pero intenta alegar que el 50% de ese dinero es de tu mujer y que lo han embargado indebidamente.
Salu2.
Convivo con mi pareja sin estar casados ni ser pareja de hecho, en octubre de 2011 tuvimos una hija. El ha hecho la declaracion individual sin incluir a la niña. Como podria hacer la declaracion para poder aprovechar el 100% del minimo personal y familiar? El trabajo muy poco en 2011 y le devuelven todo lo retenido. Puedo hacer la declaracion conjunta yo con mi hija menor? Que me interesa mas?
Tú puedes presentar la declaración conjunta con tus hijos y tu pareja una individual.
Te aprovechará de los mínimos al 100%, pero no te puedes aplicar la reducción por tributación conjunta de 2.150 euros por convivir con tu pareja.
En cuanto al mínimo por descenciente:
– Si en la declaración conjunta, los ingresos del menor tiene rentas superiores a 1.800 euros, este progenitor se aplicar todo el mínomo por descendiente.
– En caso contrario, si en la declaración conjunta, los hijos declaran rentas de no más de 1.800 euros, el mínimo por descendiente se reparte a partes iguales entre lso 2 progenitores con los que conviven, aunqeu sólo uno declare conjuntamente con ellos.
Salu2.
Salu2.
Hola
he presentado la renta individual de mi marido confirmando el borrador, yo la mia aun no la ha presentado pero me he informado que al estar parada yo, si la hubieramos hecho conjunta nos hubieran hecho una devolucion mayor. Ya me han ingresado la devolucion de mi marido. ¿Puedo pedir una rectificacion para realizarla conjunta?.
Me temo que una vez presentado la declaración, es complicado rectificarlo; pero inténtalo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/05/que-hacer-si-ya-he-presentado-un-borrador-o-declaracion-con-errores-en-los-datos-declarados/
Salu2.
Hola, puedes solicitar la anulacion de tu primera declaracion mientras estes en plazo de la renta actual, después de plazo ya no te dejan cambiar la opcion
Lease el siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/05/que-hacer-si-ya-he-presentado-un-borrador-o-declaracion-con-errores-en-los-datos-declarados/
Salu2.
¿Como puedo descargar el programa padre 2012?. Este año me esta costando encontrarlo. Si podeis enviar un link genial, porque en la pagina web de la AEAT no lo encuentro.
Gracias
Descargatelo en el siguiente enlace:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/04/13/ya-esta-disponible-el-programa-padre-2012/
Salu2.