El sábado pasado, al leer el nuevo Decreto Ley publicado en el BOE por el que se recorta los gastos de la administración de hasta 65.000 millones de euros, nos hemos llevamos más de una sorpresa por algunas medidas que no pensábamos que iban a aplicar.

A continuación os detallaremos todas.
1. Menos paro para los desempleados a partir del sexto mes:
Los nuevos desempleados cobrarán menos prestación de desempleo a partir del sexto mes pasando del 60% al 50% de la base reguladora.
Esta medida sólo afectará a los nuevos perceptores de la prestación. Los que ya están recibiendolo, seguirá cobrando el 60% a partir del sexto mes.
>> Consultar las condiciones de la ayuda.
2. Se quita el subsidio especial para los mayores de 45 años que terminen de cobrar una prestación de desempleo.
Se concedía una ayuda especial y de mayo duración a este grupo de personas, que incluso podía recibirlo sin tener cargas familiares.
A partir de ahora, podrá optar la misma ayuda que los menores de 45 años con una duración máxima de 24 meses, eso sí, será imprescindible tener cargas familiares.
También podrá optar a la RAI, una vez que se agote esta ayuda o si no tienes derecho.
>> Consultar las condiciones de la ayuda.
3. Condiciones más duras para acceder a la RAI (Una ayuda para desempleados de larga duración y mayor de 45 años)
Se exige a partir de ahora que para percibir la RAI se ha de percibir previamente una prestación de desempleo o subsidio de desempleo dejándo fuera de esta ayuda:
- A los que nunca han cotizado o cotizado menos de 3 meses con cargas familiares o 6 meses sin cargas.
- A las personas que su último empleo fue en el régimen especial de autónomos, empleados de hogar que no tienen derecho a la prestación de desempleo o subsidio de desempleo.
- Este cambio afecta a los que cobren esta ayuda por tener más de 45 años y discapacitados, no afectado a los que lo cobren por ser emigrantes retornados o víctima de violencia.
La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad.
>> Consultar las condiciones de la ayuda.
4. La ayuda de los mayores de 52 años pasará a ser para mayores de 55 años.
Se retrasa por lo tanto la concesión de la ayuda en 3 años.
Este cambio sólo afectará a los nuevos solicitantes, que deberán de esperar a tener 55 años para solicitarlo.
Sigue siendo una ayuda perpetua hasta la edad de jubilación.
>> Consultar las condiciones de la ayuda.
5. Carencia de Rentas.
Se considerará rentas cualquier ingreso del contribuyente, salvo las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo y salvo el importe de las cuotas destinadas a la financiación del convenio especial.
Se aplicará un valor del 100% del tipo de interés legal del dinero vigente a los bienes patrimoniales del contribuyente.
Se queda fuera las indemnizaciones legales por despido, con independencia de que el pago de la misma se efectúe de una sola vez o de forma periódica.
Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que procede de las actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y los gastos necesarios para su obtención.
Para acreditar las rentas la Entidad Gestora podrá exigir al trabajador una declaración de las mismas y, en su caso, la aportación de copia de las declaraciones tributarias presentadas.
>> Consultar qué son rentas y qué no
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voy a solicitar subsidio mayor de 55 años mi marido cobra 1200 euros si no me aprueban los 426 euros el paro pagara por mi hasta la jubilacion
Por los ingresos de tu marido no tienes derecho al subsidio, y por lo tanto, tampoco cotizarán por ti.
Salu2.
De antemano muchas gracias por su buen hacer.
Mi pregunta es la siguiente, cobrando el subsidio de los 52 años, me sale trabajo de un par de meses a 6H de trabajo al dia, y cuando vuelvo al subsidio resulta que me lo bajan a 298E, supuestamente por ir a trabajar menos de 8 horas,(curioso), me sale trabajos con posterioridad otros aprox. dos meses a 8H, y cuando vuelvo, me siguen pagando lo mismo y me dicen que tengo que estar cotizando un año para volver al estatus primero. pregunto ¿esto es normal? asi se fomenta el empleo en este pais.
Espero su respuesta gracias.
¿? pues qué raro!!! deberían de haberte reanudado con las condiciones iniciales, ya que se suspendió la ayuda y después se reanuda. No hay concesión de una nueva ayuda.
Intenta pedir ayuda profesional para hacer unas alegaciones motivadas.
Salu2.
Tengo 55 años, he cotizado durante 16 años y 3 meses.Ahora,estoy terminando un contrato de trabajo de 3 meses.Estoy separada pero no legalmente.Tengo derecho a pedir el subsidio de desempleo para mayores de 55años
Sí, pero tienes que verificar si cumples todos los requisitos:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.
Mi pregunta es la siguiente por que motivo mi ayuda no ha sido deposita ya que solamente tengo Noviembre,Diciembre y Enero cubiertas y yo he cumplido llevando mis cartillas de buscador activo y no me han depositado mi ayuda desde Febrero. GRACIAS DE ANTEMANO ESPERO SU RESPUESTA
Vete a SEPE y pide información de tu caso.
He trabajado siempre como empleada del hogar me quedo parada al final de éste mes,tengo un hijo de 4 años y soy madre soltera vivo sola con mihijo,tengo cotizado sólo ,61 días en régimen general puedo percibir algún tipo de ayuda,gracias
El mínimo son 3 meses para poder cobrar algo.
Salu2.
Hola, me han denegado la segunda rai, tengo un 33 % de minusvalía pero soy de régimen agrario, tengo derecho a cobrarlo otro año? Tengo 44 años y en mi casa no hay muchos ingresos. Yo el desempleo que he cobrado es el del campo hace unos años. Debo recurir?
Ahora para cobrar la RAI previamente has de haber cobrado una prestación o subsidio de desempleo.
Salu2.
HOLA SOY UNA UCRANIANA TRABAJAVA POR CONTRATO 1 AÑO I 8 MESES COMO EMPLEADA DE HOGAR,TENGO 45 AÑOS,TENGO NIÑO MENOR EDAD PERO ESTA EN UCRANIA CON MI MADRE ,QUERO SABER QUE PUEDO TENER ALGUNA AYUDA ?
Los empleados de hogar no tienen derecho a ninguna ayuda, salvo que hayas cotizado previamente en el régimen general.
Salu2.
Hola,trabajaba 5 años como cuidadora de niña con enfermedad angelman.He perdio trabajo por baja medica.Tampoco tengo derecho alguna ayuda.Tengo 50 años.
Vete a SEPE y pregunta.
Lo primero es que te tienes que dar de alta en la demanda de Empleo.
por fabor me podeis decir estaba cobrando la ayuda 55 años ahora tengo un trabajo de 4 horas queria saber si al terminar el contrato me seguiram pagando la ayuda 55 años 425 euros opor haber trabajado ahora 4 me lo redicen graqcias
No, se te reanudará la ayuda con las mismas condiciones.
Salu2.
Hola buenos dias, soy una mujer mayor de 45 años y emigrante
solo he cotizado tres meses a la seguridad social , estoy apuntada en el paro , estoy casada , pero mi esposo esta en paro , solo tenemos las rentas del paro de mis esposo, notengo hijos, que prestacion por desempleo podria cobrar , porque estoy desesperada , y no encuentro trabajo. Gracias
Pide el subsidio de desempleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
Hola soy una señora de 44 años, yo cotice en la seguridad social durante 10 años, cobre el paro pero en el año 1999 no me concedieron la ayuda familiar porque no tenia hijos y mi marido estaba trabajando. Mi pregunta es: ¿puedo una vez cumplidos los 45 años pedir la ayuda rai ya que ahora si que tengo hijos? gracias.
SE ME OLVIDAVA ,QUE MI MARIDO AHORA ETA COBRANDO LA RAI.GRACIAS
Sí, yo creo que sí.
Salu2.