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2 de abril de 2013

¿Qué es un Burofax? ¿qué ocurre si lo rechazo?

Antes de interponer una demanda judicial para reclamar una deuda o incumplimiento de contrato, suele ser efectivo dar un ultimátum mediante notificación por vía burofax, ya que éste tiene validez como prueba en un juicio, y el destinatario se dará cuenta de la seriedad del tema en caso de no solucionarlo antes de forma amistosa.

Si le envían un burofax, sepa que puede rechazarlo, pero esto sólo podrá traerle consecuencias negativas que sólo harán empeorar la situación.

¿Qué es un burofax?

A pesar de su nombre, un burofax no es un fax ni nada parecido.

Un burofax es es una carta que se entrega en el domicilio del destinatario.

La diferencia de una carta normal o certificada respecto a un burofax es que éste es una comunicación fehaciente, es decir queda acreditado quién lo ha enviado, a quién y en qué fecha y lo más importante, el contenido del texto transmitido, de forma que el que lo recibe no puede decir que no ha sido avisado de lo que ahí se le notifique o que no lo ha leído.

¿Para qué sirve un Burofax?

Suelen emplearse cuando a la hora de reclamar algo, las llamadas telefónicas, cartas certificadas, emails o personarse directamente no han servido de nada.

Es entonces la hora de reclamarlo a través de un burofax ya que servirá de prueba si finalmente se decide ir a juicio y el destinatario no podrá alegar que desconocía esa deuda o que no sabía que debía tal dinero, o que debía abandonar un piso de alquiler por ejemplo en tal fecha, etc..    Echará abajo la típica excusa de «es que no lo sabía…»

¿Qué diferencia hay entre recibir una Carta certificada o un Burofax?

La diferencia es que la carta Certificada sólo certifica que se ha recibido una carta, pero no su contenido. Así que no se podrá demostrar lo que se le notificaba dentro y el remitente podría decir que no se le había avisado de nada… o decir que la carta estaba en blanco.. o que trataba de otro tema.

Sin embargo, en el Burofax se certifica el contenido del texto que se envía, así que queda acreditado que en tal día y tal fecha se le avisó de que debía tal dinero, o de que se cancelaba el contrato, o de que debía abandonar la vivienda, etc..

¿Cómo se envía un Burofax?

Para enviar un Burofax hay que acudir a una oficina de Correos o si lo prefiere lo puede enviar directamente a través de Internet entrando en la página web de Correos.

¿Cuánto tiempo tarda en recibirlo el destinario?

Es un envío muy rápido. El plazo de entrega es en el mismo dia (para envíos admitidos antes de las 12:45 y destinados a localidades con Unidades de Reparto Especial) o sino a la mañana del día hábil siguiente (para el resto de envíos)

¿Cuánto cuesta enviar un Burofax?

Mientras que una carta Certificada suele costar unos 3€ de media, un Burofax básico cuesta unos 8 euros, aunque conviene contratar siempre además los servicios opcionales de Acuse de recibo, Copia Certificada de texto y Aviso de Servicio que son servicios opcionales, para que el burofax tenga la efectividad probatoria en juicio, y esto lo encarece bastante pudiendo alcanzar casi los 30€ de coste de envío.

Es por ello que sólo se envían Burofax como última opción antes de acudir a reclamar vía judicial donde se presentaría como justificante.

Ejemplo coste de envío de un Burofax (las tarifas se actualizan anualmente):

  • Burofax desde Oficina de Correos en Madrid a moroso en Valladolid (en coste es el mismo en toda la península): 7,48€
  • Acuse de Recibo: 5,34€
  • Certificación de Texto: 13,53€
  • TOTAL con IVA (21%) = 26,35€ por enviar un sólo folio vía Burofax (te cobran adicional por cada folio que se envíe)

¿Qué ocurre si el destinatario rechaza el burofax?

La persona a la que va dirigido podría rechazar el burofax pero no sería lo más conveniente.

Quedaría constancia de que se ha rechazado, y en caso de acudir a los tribunales, haber rehusado el burofax podría considerarse como acto de mala fe por parte del destinatario, lo cual se tendrá en cuenta por el juez a la hora de dictaminar la sentencia.

Aparte de esto, en el caso de rechazar un burofax, es posible que el destinatario sufra consecuencias negativas por ello.

Puede darse el caso por poner un ejemplo en el que le intentan notificar por Burofax que debe tal deuda o que está incumpliendo algo, y que en caso de no solucionarlo en un determinado plazo de forma amistosa se interpondría demanda judicial.

Si no acepta el burofax, perdería la oportunidad de poderlo solucionar sin tener que acudir a juicio, con los gastos a mayores que todo ello supone.

Si el remitente le pone la demanda judicial finalmente, aunque al final el demandado llegue a un acuerdo para no ir a juicio, podrían condenarle a pagar las costas igualmente del mismo,  aunque éste no se celebre ya que, según  la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el artículo 395:

«Si el demandado se allanare a la demanda antes de contestarla (es decir, diera la razón a la parte contraria antes de la vista), no procederá la imposición de costas, salvo que el tribunal aprecie mala fe en el demandado. Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiese formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago».

No se indica nada en dicha Ley de que el destinatario haya leído o no el Burofax o lo haya rechazado, es suficiente que el remitente lo haya enviado.

Por tanto, si recibe un Burofax es mejor no rechazarlo, ya que es posible que esto no haga más que empeorar la situación aún más.

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207 comments to ¿Qué es un Burofax? ¿qué ocurre si lo rechazo?

  • Aida

    Si rechazo un burofax porque resulta ser una reclamación judicial por una deuda bancaria y el deudor no vive en el domicilio donde vivo actualmente y además se donde vive esa persona ¿En que me puede perjudicar? ¿Que puedo hacer?

  • Marcis

    Recibí un burofax de una empresa, a la que le vendi una furgoneta hace 6 meses y medio, ellos la probaron, la revisaron con un mecánico de su confianza y paso la ITW, sopresivamente recibí de su parte un burofax 6 días antes de cumplirse los 6 meses que da la ley para responder por los vicios ocultos que según ellos alcanzan casi los 3.000 euros. Nunca se comunicaron conmigo para decirme que algo andaba mal con la furgoneta, yo los llame una vez para decirle a que el impuesto seguía a mi nombre y les pregunte si habían realizado el cambio de titular, respondiendome que sí y nada más. Que debo hacer ? Respondo el burofax antes de cumplirse los 15 días de recibido el mismo, alegando mis basamento? O los llamo para reunirnos? Es que esto es una verdadera sorpresa. Ellos estaban en conocimiento que es un vehículo usado pero que estaba en buenas condiciones. Y tengo entendido que el burofax se envía como última instancia a la persona que no da la cara, que no quiere afrontar su responsabilidad en un tema. Y se que no es mi caso. Un consejo por favor.

    • Buenos días

      Creemos que lo mejor es que respondas al burofax de la misma manera enviándole otro donde indiques todo lo que comentas. Todo ello hace referencia a tu buena fe en la venta y eso es lo que debes defender frente a todo lo ellos aluden.

      Si hubiera algo que efectivamente pudiera considerarse defecto oculto realmente.. si quieres avísanos y te indicamos cómo
      proceder.

      No sabemos por cuánto vendiste la furgoneta pero reclamarte 3.000€ en reparaciones…

      No sabemos si eres compra venta o particular. En caso de ser particular, la única forma de reclamarte es vía judicial y aunque te amenacen con ello, el tiempo, gastos que conlleva y las pocas garantías de que le den la razón hacen que en la mayoría de los casos desistan de ir por ese camino a pesar de amenazarte con ello.

      Todo lo que son elementos considerados de desgaste normal del vehículo no entran en esa garantía.

      Salu2 y ya nos contarás. Animo!

  • Felipe

    Un burofax de alguien desconocido si es finalmente el abogado de un vecino con el que se discute sobre como arreglar una tapia y no figura nada del propietario en el papel que deja correos para recogerlo en 30 días y a mi el vecino no me ha comunicado que es su representante puede tener efectos jurídicos si no lo recojo? No se presume mala fe si no conozco el remitente

    • Mala fe demuestras al no recoger el burofax.

      Salu2.

    • Felipe

      Mala fe del receptor? En que se puede eso apoyar?
      Sin haber un proceso abierto, nadie puede imputar mala fe frente a un desconocido. ¿Lo lógico a efectos probatorios no debería ser que el burofax se mande por el representado y contenga en su caso el escrito de representación y las alegaciones que quiera hacer el abogado defensor que representa al defendido?
      Nadie puede alegar mala fe frente a un desconocido

    • El hecho de rechazar un burofax demuestra mala fe.

      Alguien (da igual quien) te quiere comunicar algo fehaciente, y lo rechazas.

      Salu2.

    • Puede darse el caso por poner un ejemplo en el que le intentan notificar por Burofax que debe tal deuda o que está incumpliendo algo, y que en caso de no solucionarlo en un determinado plazo de forma amistosa se interpondría demanda judicial.

      Si no acepta el burofax, perdería la oportunidad de poderlo solucionar sin tener que acudir a juicio, con los gastos a mayores que todo ello supone.

      Generalmente es más conveniente recoger el burofax, y responder al mismo con lo que corresponda oportuno, para que quede igualmente constancia..

      Salu2 y esperamos que podáis llegar a un acuerdo para solucionarlo de la mejor forma posible.

  • Felipe

    La mala fe no es por inferencias, es objetiva, según el Tribunal Supremo. Si previamente existen notificaciones entre las partes y una parte no comunica q su representante legal sera «cuál» persona, en ningún caso el destinatario ha de saber quien es y no tiene porque interpretar q el burofax es de un representante legal de anteriores comunicantes.
    A todas luces la mala fe es de quien no comunica su representación por un tercero o al no remitir el burofax a su nombre – bien puede hacerlo e incluir en el escrito la representacion-.
    Aún no objetivandose mala fe en este caso, resulta prueba inviable si se aporta judicialmente el documento de correos (que dejó el cartero en el que consta nombre desconocido de remitente) y que la otra parte no ha notificado quien le representa.
    Con un argumento contrario como el que defienden: cualquier desconocido podría generar pruebas remitiendo a cualquier persona burofax.

  • Conchi

    Me an mandado un burofax por desgracia de la funeraria que llevó el tema de mi marido fallecido, yo fui la que hizo todos los tramites del entierro y el traslado pero no disponía por desgracia de ese dinero y entonces el hermano es decir mi cuñado me dijo que lo pagaba el y así lo hizo por transferencia y ahora me están reclamando a mi ón lo del servicios funerarios de mi marido.que imagino que será eso por que viene remitente de la funeraria que lo hizo ¿Puede ser devuelto el pago que realizo mi cuñado por los gastos del sepelio? El pagó voluntariamente pero no podía venir a firmar y me dijeron que firmará yo aunque el pagador y la factura se la darían a él por que el hizo el pago.. No entiendo porque me mandan burofax estoy bastante angustiada y claro no se que hacer si cojerlo o no.. Por eso pregunto si el pago que realizó mi cuñado lo a podido echar para atrás el en la funeraria…rogaría me lo expliquen porque la verdad que estoy bastante angustiada y mi marido falleció hace 3 meses agradecería me aconsejaran por estoy desconcertada entre todo esto muchas gracias y un saludo

  • Gustavo

    ¿Cómo averiguo la dirección exacta de un deudor para poder enviarle un burofax? No vivo en la misma provincia.

  • Hola buenas mi pregunta es la siguiente, me han enviado un burofax la administradora de donde yo vivo, para reclamarme una derrama. La cosa es que el Banco me da el crédito pero necesito salir de un fichero de morosos(asnef) pague la deuda, pero no me sacan del fichero, que puedo hacer.

    • Debes de escribir a asnef con las pruebas de que has saldado la deuda.

      Salu2.

    • Ya avise tanto a asnef como ala empresa de recobros y nada, les presente la factura pagada, no tiene prisa pero yo si, mi comunidad de vecinos me a denunciado, pero es que me bloquea asnef.

    • La Ley señala que existe un plazo de un mes para permitir el acceso de los titulares a sus datos personales (artículo 12 Real Decreto 1332/1994) no obstante, si se dirige por escrito y la solicitud es correcta, se le remitirá la contestación en el menor plazo de tiempo posible.

      Salu2.

  • Rui nuno borges demelo

    Buenas tardes…
    Me gustaria saber que pasa si me mandan un burofax comunicandome el termino del contrato de alquiler..pero el texto hace referencia a otro de los inmuebles de la misma empresa que me lo alquila pero no del mio…y en cima la calle es miguel de cervantes y viene solo como calle cervantes..y claro otro numero que no es el mio.
    Aunque el burofax viene con mi direccion correcta.
    Se podra considerar nulo por defecto de forma…ya que el inmueble a que se refiere el texto tbien lo tienen alquilado y podria dejar lugar a dudas de que si el error es el texto o es la direccion de envio.
    Gracias

    • Realmente un burofax sólo sirve para dejar constancia de un hecho. Y el juez valorará llegado a su momento.

      Está claro que sabes que se trata de tu vivienda que finaliza el contrato ahora. Si te quires agarrar a que la notificación no fue en forma, habrá que ir a juicio. ¿Es eso lo que realmente quiere?

      Salu2.

  • luis

    Buenas tardes,soy propietario de un local,lo tengo alquilado,este inqulino cumplira del alquiler ocho años el uno de septiembre del 2022,a consecuencia del covid,esta persona me esta dando muchos problemas,el alquiler lo abona,cada mes,me exige mucho,que le baje el alquiler,que cambie el contrato.etc.esta persona esta actuando de muy mala fe,como si el fuera el propietario arrendador, estamos muy adisgusto con el,queremos recupera el local,que debemos hacer

  • M.José Naranjo Gili

    Tengo un piso alquilado, y en el contrato se puso la clausula de revisar el IPC cada año. Como es una renta bastante baja, y este año ha subido mucho el IPC, le he comunicado via telefono que el próximo recibo de marzo vendra con el correspondiente aumento del IPC.El contrato va a nombre de la esposa cuando se lo estaba conunicando ha cogido el tfno el esposo, diciendome que no iban a pagar ningun aumento, y si queria que fuese al juzgado que el no pensaba ni pagar el aumento y que se iria cuando a el le diera la gana. soy una señora de 81 años y me ha desconcertado bastante, pues nose por donde tirar.Les agradeceria que me dijeran que debo hacer en estos casos

    • Es incumplimiento del contrato, y le podrías desahuciar.

      El problema está en eso. Tendrás que acudir al juzgado y tratar de echarle.

      No lo tienes fácil. La ley está hecho, para que pierdas tu tiempo y lo gane él.

      Saludos.

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