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2 de abril de 2013

¿Qué es un Burofax? ¿qué ocurre si lo rechazo?

Antes de interponer una demanda judicial para reclamar una deuda o incumplimiento de contrato, suele ser efectivo dar un ultimátum mediante notificación por vía burofax, ya que éste tiene validez como prueba en un juicio, y el destinatario se dará cuenta de la seriedad del tema en caso de no solucionarlo antes de forma amistosa.

Si le envían un burofax, sepa que puede rechazarlo, pero esto sólo podrá traerle consecuencias negativas que sólo harán empeorar la situación.

¿Qué es un burofax?

A pesar de su nombre, un burofax no es un fax ni nada parecido.

Un burofax es es una carta que se entrega en el domicilio del destinatario.

La diferencia de una carta normal o certificada respecto a un burofax es que éste es una comunicación fehaciente, es decir queda acreditado quién lo ha enviado, a quién y en qué fecha y lo más importante, el contenido del texto transmitido, de forma que el que lo recibe no puede decir que no ha sido avisado de lo que ahí se le notifique o que no lo ha leído.

¿Para qué sirve un Burofax?

Suelen emplearse cuando a la hora de reclamar algo, las llamadas telefónicas, cartas certificadas, emails o personarse directamente no han servido de nada.

Es entonces la hora de reclamarlo a través de un burofax ya que servirá de prueba si finalmente se decide ir a juicio y el destinatario no podrá alegar que desconocía esa deuda o que no sabía que debía tal dinero, o que debía abandonar un piso de alquiler por ejemplo en tal fecha, etc..    Echará abajo la típica excusa de «es que no lo sabía…»

¿Qué diferencia hay entre recibir una Carta certificada o un Burofax?

La diferencia es que la carta Certificada sólo certifica que se ha recibido una carta, pero no su contenido. Así que no se podrá demostrar lo que se le notificaba dentro y el remitente podría decir que no se le había avisado de nada… o decir que la carta estaba en blanco.. o que trataba de otro tema.

Sin embargo, en el Burofax se certifica el contenido del texto que se envía, así que queda acreditado que en tal día y tal fecha se le avisó de que debía tal dinero, o de que se cancelaba el contrato, o de que debía abandonar la vivienda, etc..

¿Cómo se envía un Burofax?

Para enviar un Burofax hay que acudir a una oficina de Correos o si lo prefiere lo puede enviar directamente a través de Internet entrando en la página web de Correos.

¿Cuánto tiempo tarda en recibirlo el destinario?

Es un envío muy rápido. El plazo de entrega es en el mismo dia (para envíos admitidos antes de las 12:45 y destinados a localidades con Unidades de Reparto Especial) o sino a la mañana del día hábil siguiente (para el resto de envíos)

¿Cuánto cuesta enviar un Burofax?

Mientras que una carta Certificada suele costar unos 3€ de media, un Burofax básico cuesta unos 8 euros, aunque conviene contratar siempre además los servicios opcionales de Acuse de recibo, Copia Certificada de texto y Aviso de Servicio que son servicios opcionales, para que el burofax tenga la efectividad probatoria en juicio, y esto lo encarece bastante pudiendo alcanzar casi los 30€ de coste de envío.

Es por ello que sólo se envían Burofax como última opción antes de acudir a reclamar vía judicial donde se presentaría como justificante.

Ejemplo coste de envío de un Burofax (las tarifas se actualizan anualmente):

  • Burofax desde Oficina de Correos en Madrid a moroso en Valladolid (en coste es el mismo en toda la península): 7,48€
  • Acuse de Recibo: 5,34€
  • Certificación de Texto: 13,53€
  • TOTAL con IVA (21%) = 26,35€ por enviar un sólo folio vía Burofax (te cobran adicional por cada folio que se envíe)

¿Qué ocurre si el destinatario rechaza el burofax?

La persona a la que va dirigido podría rechazar el burofax pero no sería lo más conveniente.

Quedaría constancia de que se ha rechazado, y en caso de acudir a los tribunales, haber rehusado el burofax podría considerarse como acto de mala fe por parte del destinatario, lo cual se tendrá en cuenta por el juez a la hora de dictaminar la sentencia.

Aparte de esto, en el caso de rechazar un burofax, es posible que el destinatario sufra consecuencias negativas por ello.

Puede darse el caso por poner un ejemplo en el que le intentan notificar por Burofax que debe tal deuda o que está incumpliendo algo, y que en caso de no solucionarlo en un determinado plazo de forma amistosa se interpondría demanda judicial.

Si no acepta el burofax, perdería la oportunidad de poderlo solucionar sin tener que acudir a juicio, con los gastos a mayores que todo ello supone.

Si el remitente le pone la demanda judicial finalmente, aunque al final el demandado llegue a un acuerdo para no ir a juicio, podrían condenarle a pagar las costas igualmente del mismo,  aunque éste no se celebre ya que, según  la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el artículo 395:

«Si el demandado se allanare a la demanda antes de contestarla (es decir, diera la razón a la parte contraria antes de la vista), no procederá la imposición de costas, salvo que el tribunal aprecie mala fe en el demandado. Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiese formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago».

No se indica nada en dicha Ley de que el destinatario haya leído o no el Burofax o lo haya rechazado, es suficiente que el remitente lo haya enviado.

Por tanto, si recibe un Burofax es mejor no rechazarlo, ya que es posible que esto no haga más que empeorar la situación aún más.

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207 comments to ¿Qué es un Burofax? ¿qué ocurre si lo rechazo?

  • leonard george

    hola buenas dias,rezultA QUE COMPRE UN COCHE DE UN COMPRA-VENTA Y QUE EL COCHE ESTABA ROTO EN LA MECANICA DEL MOTOR,AHORA YO CON EL COCHE ARREGLADO A MI CUENTA LLEVO 40 DIAS ESPERANDO LOS PAPELES DEL COCHE QUE VAN A CARGO DEL VENDEDOR CONFORME EL CONTRADO ,LES HE PEDIDO VARIAS VECES QUE SE DEN PRISA CON LOS TRAMITES PORQUE TENGO QUE IR DE VACANCIONES EN EL MES DE JULIO (mas de 40 dias de espera), Y AHORA LLAMANDOLES Y EXPONIENDOLES EL PROBLEMA QUE SI NO PUEDO IR CON EL COCHE DE VACANCIONES SIENDO ESTO SU CULPA ENTIENDO YO LES HE PEDIDO QUE RESCINDIUMOS EL CONTRADO Y QUE ME DEVUELVAN LA CANTIDAD PAGADA MAS LAS REPARACIONES DEL COCHE Y ME DIJERON QUE NO ACCEPTAN ,MI PREGUNTA ES QUE PUEDO HACER MANDARLE UN BUROFAX O DEMANDA EN JUZGADOS DIRECTAMENTE.UN SALUDO GRACIAS.

    • Hola.

      Si firmasteis contrato de compraventa, puedes irte de vacaciones llevando copia de ese contrato. No habría problema.

      Pero que te aclaren el motivo por el cual el coche no está aún a tu nombre o te den el teñf de la gestoría que lo esté tramitando para que te lo explique.

      También puedes ir a Tráfico y solicitar el historial del coche para ver si hay algo que impida transferirlo como impuestos pendientes, reserva de dominio, precinto…

      Salu2

  • Comunicacion Burofax Vacaciones

    MI exmujer me comunico vacaciones de mis hijos por mensaje en abril por lo qeu yo organice todo en base a esa decision. Ahora 15 dias antes me cambia los periodos vacacionales y me dice que me lo comunicara por burofax.
    Me ha llegado el papel de correos como que tengo un burofax que imagino sera esta comunicacion, pero como tengo 30 dias lo ire a recoger durante este plazo. El otro dia llego un mensajero a mi casa que tenia uan carta para mi, evidentemente no lo cogi.
    Si este fuera el reenvio del burofax, que consecuencias tendria?
    tengo que seguir el plazo inicial de los 30 dias desde el primer aviso? o este ya no es valido?

    • Mientras que no recojas el burofax (dentro del plazo), no te has dado por enterado de dicha notificación.

      Quizás si finalmente hay un juicio o similar, debería de explicar porqué no has cogido el burofax antes.

      Salu2.

  • mariano

    Hola:mi comentario és, si nó se acepta el (burofax)
    y hay juicio; en qué ciudad se celebra el juicio
    en la de el demandánte o en la de el demandado, ya que yo vivo en Barcelona sería demandante, y demandado, que vive en zaragoza; me interésa saberlo por favor, ya que demandaría por (450)€.y
    si el Burofax,cuesta 30€. y tengo que desplazárme
    despues al juicio, me va a costar mas de lo qué me
    deven, gracias un saludo.

  • ines

    tenia unas dudas sobre el burofax y me las han aclarado. Me gusta

  • María

    He recibido un burofax de un Abogado que representa a la Comunidad de vecinos a la que pertenezco, pidiéndome que conteste al mismo manifestando lo falso de mis afirmaciones en una reunión que fue declarada Nula. Simplemente dije que dado que era imposible el entendimiento entre los asistentes, que gritaban, se insultaban y casi llegan a las manos, igual era necesaria una intervención judicial. Emití una opinión dada la imposibilidad de entendimiento, nunca una afirmación.

    Puedo responder basándome en la diferencia entre afirmación y opinión??

    A quien tengo q contestar, al Abogado o a la Comunidad (comisión Gestora)??

    • ¿Cuál es el problema? ¿Qué te reclaman?

      Si hubo gente gritando, se afirma que estaba la gente critando.

      Si hubo insultos, los hubo (no hay opinión).

      Como mucho en el tema de llegar a las manos (eso es una apreciación personal, ya que los hecho no ocurrieron).

      Salu2.

  • Diego

    Hola,un camion qe se ha salido de la carretera mecha destrozado tres olivos de unos ,de esto hace unos 28 días y la compañía de seguros del vehículo qe me ha propiciado los daños,no se ponía en contacto conmigo hasta qe hoy he tenido qe llamar a la aseguradora para preguntar por mi caso,la verdad qe ha dicha aseguradora no le ha hecho ninguna gracia mi llamada.me han dicho qe le mande una valoración de los daños y fotografías y luego ya edtudiarian mi caso.yo tengo en mi poder el atestado de los agentes de tráfico,en el especifica los daños ocasionados.Que pasos debería de dar??cual es tiempo qe tengo qe esperar para qe tener qe tomar otras medidas?gracias

    • Hola.

      El art 18 de la Ley 50/1980 de contrato de seguro dice, textualmente:

      «El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.

      En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por el conocidas.

      Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado.»

      Dales ese tiempo de plazo, pero no dejes de insistirles en que quieres una solución ya.

      Salu2 y ánimo

  • Sergio

    Buenos días.
    En julio realizamos un alquiler vacacional de un chalet con una agencia. Nos cobraron 300 euros de fianza que a día de hoy pasado más de un mes no nos han devuelto.
    El primer día de llegar al abrir un grifo nos quedamos con el asa en la mano porque el grifo estaba totalmente deteriorado por la humedad, pero nos ofrecimos a arreglarlo con la factura correspondiente.
    Independientemente de eso, el día de devolución de las llaves nos dijeron que la transferencia nos la devolverían por transferencia, pero luego nos escribieron mensajes al móvil con fotos diciendo que el piso estaba sucio, que habíamos lavado las sábanas pero no habíamos hecho las camas, que habíamos dejado una toalla sin lavar (la del último día de uso), tazas sin fregar, cristales sucios, cercos de óxido de las bombonas de butano, etc.
    Nosotros obviamente ni dejamos oxido en ningún lado (no creo ni que se pueda hacer en quince días), pusimos lavavajillas para lavar todo, barrimos, fregamos, pusimos lavadoras con todo.. pero sí, las camas no las hicimos por ejemplo, no lo habíamos hecho nunca en más de 20 años que llevamos realizando alquileres vacacionales.
    Cuando le reclamamos la fianza nos dijo que nos iba a descontar la limpieza, el grifo y desperfectos y que tenía un mes para devolverla, le pedimos especificación de todo pero no nos volvió a decir nada más, el mes ha pasado y no nos ha devuelto nada de la fianza. Hoy se la hemos vuelto a reclamar pero no nos ha contestado nada.
    Buceando en internet hemos visto un comentario de otro matrimonio que hace tres veranos les hizo exactamente lo mismo.
    ¿Como se debe proceder en este caso? ¿Lo primero sería enviar un burofax? ¿A la agencia? (en el contrato aparece un hombre como arrendador y lo firma la persona de contacto que hemos tenido de la agencia)
    Gracias,
    un saludo.

  • Diego

    Muchas gracias por vuestra información,ya me llamo el seguro y entregué el informe de valoración de los daños.saludos

  • Lerma Lucas María Jesús

    He realizado una compra por internet y quiero devolverla, porque no es del color ni la talla que pedí. En su página web sólo consta un correo electrónico de atención al cliente (al que he enviado tres mensajes pidiendo su dirección para enviarles la compra y que me abonen el dinero de la misma. No me han contestado) y un número de teléfono y fax. Por el prefijo se que es de China. Mi pregunta es si sólo tengo el n° de fax y el nombre de la página web ? les puedo enviar un burofax?. Gracias

  • son

    Hola, he recibido un burofax que dice que me tengo que presentar 7 dias desde la recepcion a las 13:oo horas. lo recibi el pasado viernes cuando seria el dia que me tengo que presentar no se sin son dias habiles o naturales solo pone dias. muchas gracias

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