Hoy, 1 de abril, arranca la campaña de la declaración de la renta del 2013, coincidiendo con el primer día que se puede solicitar el borrador del IRPF, y se podrá hacer hasta el 30 de junio de 2014.
El borrador de la renta está disponible en la Sede Electrónica, a la que se puede acceder a través del portal de la Agencia en internet.
¿Qué necesitaré para acceder a mi borrador o datos fiscales en la Sede Electrónica?
Para poder visualizar tanto el borrador como los datos fiscales, te pedirán el NIF, el importe de la casilla 620 de la declaración del año anterior (2012) y el número de móvil donde quieres recibir el SMS con el número de referencia.
Si no dispones del importe de la casilla 620 (por diversas razones), puedes acceder a la Sede Electrónica usando un Certificado Digital o el DNI electrónico.
Como novedad, este año han lanzado el nuevo sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, PIN24H.
¿Y no me lo envían a casa?
Sí, te lo enviará por correo ordinario si lo solicitaste expresamente en la declaración del año anterior, y siempre que no lo hubieras obtenido con anterioridad a través de los medios telemáticos.
¿Cómo lo solicito?
- Por Internet: www.agenciatributaria.es
- Por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345 (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
- Personalmente: en las oficinas de la Agencia Tributaria.
¿Por qué no puedo ver mi borrador?
No todos los contribuyentes pueden realizar sus declaraciones de la renta a través del borrador. Este servicio sólo está disponible para aquellos contribuyentes que cumplas las siguientes condiciones:
1.- Contribuyentes con rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como derivados de letras del tesoro.
- Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles. A estos efectos no se tiene en cuenta la vivienda habitual, ni los garajes o trasteros, con un máximo de 4 inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y otras subvenciones no vinculadas con actividades económicas.
- Transmisión de valores públicos que al amortizarlos hayan tenido ganancia de rendimiento cero.
- Pérdidas patrimoniales derivadas de Instituciones de Inversión Colectiva.
- Renta básica de emancipación.
- Rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario de entidades en régimen de atribución de rentas.
¿Cuándo puedo confirmar el borrador?
El borrador de la renta se puede confirmar desde Hoy, 1 de abril a través de la Sede Electrónica o vía teléfono.
A partir del 5 de mayo se puede confirmar de forma presencial; pero desde ya podéis solicitar Cita Previa.
Se puede confirmar el borrador hasta el 30 de junio.
¿Quién tiene que presentar la declaración?
Los criterios no ha cambiado con respecto a la declaración de la renta del 2012, así que os remito al artículo de ese año, destacando los siguientes puntos:
- Los que tengan rentas de trabajo inferiores a 11.200 euros están exentos.
- Los que tengan rentas de trabajo de hasta 22.000 euros y que provenga de un sólo pagador, o de varios, de tal forma que los segundos pagadores no superen los 1.500 euros también están exentos.
>> Ver todas las condiciones para saber si estoy exento de hacer la declaración.
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alguien puede decirme donde coloco el plan pive, en que casilla
Hola Ismael, tenía la misma duda y he encontrado la casilla, te indico:
-Ganancias y pérdidas patrimoniales
-Otras ganancias imputables a 2013
-Despliega la casilla 242, y ahí ya indicada la subvención del plan pive.
En mi caso he puesto 1000 euros de Pive, y cuando cierras, te hace directamente el cálculo en el resultado, a mi me han descontado 300 euros de mi devolución, espero que te sirva mi explicación, un saludo
Efectivamente, es como te indica DEME.
Saludos
y no es mas correcto indicarlo en la casilla 239 ?
Espera, revisando los datos, la casilla donde hay que añadir es el 312: Otras ganancias patrimoniales no derivadas de una transmisión.
Al menos era así en la Renta 2012.
Salu2.
Buenas
A mi en la casilla 242, no se me despliega nada
Un saludo
Casilla 312 del programa padre.
A mi la casilla 242 no me despliega nada que diga plan pive. Sólo unas casillas vacías que me imagino que sera donde se deba poner los 1000 euros, es correcto? O algo estoy haciendo mal? Gracias
Tienes que ponerlo en la casilla 312 los 1000 euros.
Saludos.
A mi tampoco se me despliega la casilla 242 y no aparece la casilla 312, que puedo hacer?
Gracias
La casilla 312 figura en la página 9(I) del programa Padre.
Es posible que en el borrador no aparezca esa casilla y tengáis que hacer la declaración con el programa padre.
Salu2.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Biblioteca_Virtual/Canal_de_la_Agencia_Tributaria_en_Youtube/Renta/Renta_2013/Videos_Renta_2013__Como_modificar_y_confirmar_el_borrador_paso_a_paso/Videos_Borrador_2013__Modificacion_del_borrador/Modificacion_del_borrador__Subvenciones_o_ayudas.shtml
Casilla 242…
Muchas gracias por la respuesta de la casilla 312 del programa padre, pero alguna casilla sera en la modificación del borrador, sin falta de tener que descargar el programa padre no? No vale la 242?
Sí, vale; tal y como indica Bart Olome
Bien, le he entendido perfectamente.
Pero una duda; a mí me habían dicho que el Plan Pive ya la detectaba Hacienda (o sea, se lo comunicaba alguien, supongo que el concesionario al hacer la solicitud de subvención) automáticamente, sin embargo, en mi borrador de la Renta no me sale.
¿Es correcto así y hay que incluirlo manualmente -modificando el borrador- o debiera haberlo ya detectado Haciendo e incluirlo en el borrador?
Hacienda suele olvidarse de bastantes cosas cuando confeccionan los borradores, sobre todo de información de otras administraciones.
El Plan Pive es una de las cosas que suele no incluir que les perjudica, además de otros que les benefician:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/04/11/que-cosas-hemos-de-revisar-antes-de-confirmar-el-borrador-del-irpf-2012/
Pero está en tu deber incluirlo manualmente, porque es una información que dispondrá la Agencia Tributaria cuando cotejen los datos para pillar a infractores.
Saludos.
Hola, buenos dias, sería posible calcular el importe de la casilla 620 teniedo el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas?si es así, me podrías decir como calcularlo? Gracias
Básicamente es: Suma de todos los ingresos brutos – 5.500 € (mínimo familiar, si tienes hijos hay que añadir más) – 2.600 (reducción por rendimiento de trabajo) – gastos deducibles – retenciones.
Salu2.
Buenos días,
Una vez visto el borrador de la renta de 2013, no tengo claro si la vivienda habitual desgrava. Mis renta bruta ronda los 32000. Soy funcionario y no sé si tendría derecho a deducir este gasto, o si bien, por el contrario, interesaría más que fuese mi pareja, también funcionaria, que hace su propia declaración y no supera los 17.000, la que, si fuese posible, intentase deducir este alquiler.
Un saludo y gracias.
A nivel estatal no te puedes deducir por tener ingresos superiores a los 24.000 euros.
En cambio tu pareja sí que se puede deducir:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/20/deducciones-por-alquiler-de-vivienda-habitual-a-nievel-estatal/
Salu2.