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3 de abril de 2014

¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2013 (IRPF campaña 2014)?

Una vez que tengas el borrador de la renta 2013 obtenido por los medios indicados en otro post, debéis de verificar que todos los datos estén bien (leer puntos importantes a verificar) y si os dais cuenta de que existen errores (tanto a favor como en contra) tenéis la obligación de rectificarlo, y una vez ya exento de errores podéis confirmarlo cuando queráis hasta el 30 de junio.

¿Cómo rectifico el borrador?

La Agencia Tributaria pone diferentes medio para rectificar el borrador de la renta:

  • Personalmente: en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria; y si pedís cita previa, un técnico de Hacienda os ayudará a elaborar vuestra declaración.
  • Por Teléfono: llamando al 901 200 345.

En el primer caso, debes de llevar el DNI.

En el segundo caso, te pedirán tu NIF, tu número de cuenta corriente, tu número de referencia del borrador y el número de justificante.

También puedes acceder a la Sede Electrónica usando un Certificado Digital o el DNI electrónico.

Como novedad, este año han lanzado el nuevo sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, PIN24H.

¿Cómo confirmo el borrador?

Una vez verificado y corregido los posibles errores, ya podemos confirmarlo, y depende de si es a pagar o a devolver.

A DEVOLVER

Los medios disponibles son:

  • Internet: Necesitas firma electrónica o número de referencia.
  • Teléfono: llamando al 901 12 12 24 o 901 200 345, Te pedirán el NIF y el Nº de justificante.
  • SMS: enviando el siguiente mensaje al 7743:
  • Declaración individual: RENTA (espacio) nºjustificante (espacio) NIF.
  • Declaración conjunta: RENTA (espacio) nºjustificante (espacio) NIF primer declarante (espacio) NIF cónyuge.
  • A través del Banco: tanto a distancia como presencial
  • Agencia Tributaria.

A PAGAR

En esta caso depende si domicilias o no la declaración.

  • Domiciliando: Internet, Teléfono o en persona en la Agencia Tributaria requiriendo la misma información que el caso de las declaraciones a devolver.
  • No domiciliando: A través del Banco tanto a distancia como en persona. Se requiere el número de referencia del borrador.

Por último indicar que el hecho de solicitar el borrador NO obliga a su confirmación. Así que si estáis exento de hacer la declaración, y el borrador os sale A PAGAR, no lo confirméis.

Tampoco obliga a su confirmación en el caso de que esteis obligado a presentar la declaración, podéis realizar dicha declaración por otros medios como con el Programa Padre o pidiendo Cita previa: disponible a partir del 5 de Mayo hasta el 30 de Junio.

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20 comments to ¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2013 (IRPF campaña 2014)?

  • isabel

    hola no puedo hablar con hacienda para modificar mi borrador me lo han enviado conjunto y lo quiero separado como lo puedo hacer gracias

  • perico

    He confirmadobel borrador el dia 8/04/2014 y me pone su devolucion esta siendo comprobada,q tiempo tarda en ingresar el dinero.gracias

    • Ya han comenzado a realizar devoluciones. De hecho, durante las 2 primeras semanas devolvieron unos 500 millones de euros.

      Pero para saber cuándo exáctamente devuelven a cada uno, eso es una incógnita.

      Saludos.

  • dimitar nikolov

    qiero por internet ke asemost por renta 2013 por fabor audame a donde abrir enviar por internet

  • me

    hola
    espero que me aclaráis como lo puedo hacer, el problema es que he confirmado el borrador por internet después de haberlo modificado, pero me equivoque en la referencia catastral, he puesto la de la vivienda que tenia alquilada anteriormente.
    gracias

  • Luciana

    Hola:

    Soy nueva en esto. Acabo de confirmar por internet mi borrador 2014. cual es el siguiente paso. Debo imprimir la hoja con la modificacion (de trata de una devolucion) y llevarla al banco a que la sellen? o debo esperar a que se genere el borrador aceptado por parte de hacienda.

    Gracias

  • marina

    Mi hermana fallecio el año pasado, pero aún no hay declaración de herederos a pesar de tener testamento, (somo los hermanos vivos, vemos que se acaba el plazo de presentación de su declaración. Creemos que es por importe a devolver. Que tenemos que hacer?

    • Debéis de hacer su declaración de la renta y presentarlo, se puede hacer pidiendo sus datos fiscales y su número de refeerencia.

      Después debéis de solicitar la devolución con la presentación de un conjunto de papales:

      – certificado de defunción
      – libro de familia
      – certificado del registro de últimas voluntades
      – testamento (o, en su defecto, declaración de herederos)
      – justificante de haber satisfecho el impuesto sobre sucesiones y donaciones.
      – si hay más de un heredero, poder notarial facultando a uno de los herederos a percibir la devolución en nombre de todos ellos. Este requisito podrá ser sustituido por certificación de la entidad de depósito de la existencia de una cuenta abierta en la misma, cuya titularidad corresponda a todos los herederos.

      Saludos.

  • juan

    Hola, modifique y confirme borrados, al cabo de unos dias me entero,que no sabia, que havia que meter lo del plan pive, fui a haciende presente un papel alegando que faltaba dicho dato en mi declaracion para que la modificaran hantes de que ingresaran la devolucion, el dia 1 de septiembre me hacen la devolucion si haberla modificado, fui a preguntar y no saben porque paso si estaba en proceso de inspeccion, y ahora me dicen que no saben como arreglarlo, encima que cuando lo arreglen me llegara la carta para que devuelva lo correspondiente, pero seguramente con recargo y multa, que puedo hacer por si me viene con recargo,etc. Si yo ya avise dentro del periodo y por escrito, gracias

  • juan

    Hola, gracias por contestar.
    Si tengo el escrito con el sello que me pusieron, todavia no me han dicho nada, y estoy a la espera, cuando me llegue la carta si viene con recargo, que debo hacer? Ya que los de alli me parece que me van o me las van a liar mas. Gracias

  • juan

    Ok, gracias, ya comentare cuando sepa algo

  • Teresa Luz

    como imprimir el borrador que he modificado

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