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3 de febrero de 2015

Deducción de 1.200 euros para familias numerosas o con discapacidad al igual que para madres trabajadoras

Las familias numerosas o con discapacitados a su cargo podrán solicitar desde este martes las nuevas ayudas fiscales en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Hacienda abrió el plazo el pasado 7 de enero para su solicitud vía electrónica o a través del teléfono.

Esta ayuda es una ampliación de la deducción que viene disfrutando las madres trabajadoras.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la nueva deducción?

  • Familias numerosas.
  • Familias con 2 miembros y con ascendientes o descendientes con alguna discapacidad a su cargo

Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

¿Qué requisitos han de cumplir?

El padre o la madre ha de cotizar a la Seguridad Social o mutualidad alternativa.

Ha de tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad o que tengan ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre formando parte de una familia numerosa.

¿Cuánto hay que cotizar para tener derecho a la ayuda?

  • Contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
  • Contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
  • Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.

¿Cuánto es la deducción?

La deducción es de 1.200 euros anuales en la declaración de la renta, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente a cada uno de ellos.

¿Casos especiales?

, cuando la familia numerosa es de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.

¿Quién tiene que solicitar la ayuda?

La solicitud puede ser colectiva o individual:

  • Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
  • Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.

Las deducciones en el Impuesto de la Renta, de 1.200 euros al año por cada situación o cien euros mensuales en caso de reclamar el cobro anticipado, se podían pedir en el teléfono 901 200 345 o por internet desde el pasado 7 de enero.

¿Cómo se pide la ayuda?

Existe 2 alternativas:

  • Solicitarlo los 1.200 euros en la declaración anual de la renta.
  • Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales.

En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).

En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:

  • Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
  • Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.

Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.

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