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26 de febrero de 2015

Nueva ayuda de 1.200 euros a las familias monoparentales (solteros, separados o divorciados) con 2 hijos

El Gobierno ha anunciado en el Debate del Estado de la Nación, una nueva ayuda de 1.200 euros para las familias monoparentales con 2 hijos.

En realidad esta ayuda ya existía para las madres trabajadores, las familias numerosas y familias con ascendientes o descendientes con discapacidad, y que ahora también se podrá beneficiarse las familias monoparentales con al menos 2 hijos.

De esta nueva ayuda se beneficiará 186.000 familias y costará 180 millones a las arcas del Estado.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la nueva deducción?

  • Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos, es decir, un padre o una madre solter@, separad@ o divorciad@, al tiempo que cuentan con 2 hijos menores de 25 años
  • Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).

Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

Las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones. De esta forma, una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.

¿Cuánto hay que cotizar para tener derecho a la ayuda?

La ayuda está dirigida a trabajadores, parados con derecho a prestación de desempleo y pensionistas.

En el caso de trabajadores en activo:

  • Trabajadores  del Régimen General o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar:
    • Con contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
    • Con contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
  • Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.

Para los parados cobrando prestación y pensionistas:

  • Deben de tener una familia numerosa a cargo o un miembro de la familiar con discapacidad de al menos 33%

¿De cuánto es la ayuda?

La deducción es de 1.200 euros anuales en la declaración de la renta, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.

¿Se puede pedir varias ayudas?

Sí, las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones. De esta forma (algunos ejemplos):

  • Una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.
  • Una familia con 2 hijos dependientes con discapacidad superior al 33% tiene derecho a 2.400 euros de ayuda.
  • O en caso de familias numerosas de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.

¿Quién tiene que solicitar la ayuda?

La solicitud puede ser colectiva o individual:

  • Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
  • Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.

Las deducciones en el Impuesto de la Renta, de 1.200 euros al año por cada situación o cien euros mensuales en caso de reclamar el cobro anticipado, se podían pedir en el teléfono 901 200 345 o por internet desde el pasado 7 de enero.

¿Cómo se pide la ayuda?

Existe 2 alternativas:

  • Solicitarlo los 1.200 euros en la declaración anual de la renta.
  • Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales.

En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).

En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:

  • Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
  • Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.

Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.

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441 comments to Nueva ayuda de 1.200 euros a las familias monoparentales (solteros, separados o divorciados) con 2 hijos

  • Elisabet

    Yo hize la declaración por internet al ver que tardaba tanto vine a un centro a que me la hizieran y me dijo que esa ayuda de los 1200 por tener 2 hijos a cargo que me corresponden. Lo que no tengo sentencia ni nada que se le parezca. El está en Mallorca y yo en Asturias y no tenemos ningún contacto.. Me la aceptarán la ayuda?

    • Según tengo entendido, puede pedir el convenio regulador.

      Pero vamos, píde la ayuda para ver qué te dicen.

      Salu2.

    • Elisabet

      Ya imagino queel convenio regulador abra que hacerlo en los juicios… Yo de momento no tengo nada y en la declaración que me lohicieron los de Hacienda me salía esa ayuda porque yo trabaje y cobre el paro y me dijo la chica que si tenía derecho a ella y la del 2015 también que me izo un papel para llevarlo a hacienda. Imagino que si la chica me dijo que si tenía derecho… No creo que me la echen para atrás o si???

    • El convenio puedes hacerlo amistosamente, eso sí, lo tiene que validarlo un juez.

      Si la ayuda que pides por tener un hijo menor de 3 años, sin problemas.

      Pero si estás pidiendo la ayuda de familia monoparental, tienes un problema.

      Salu2.

    • Elisabet

      A ver no me refiero a eso….en la declaración me salía que me correspondía esa ayuda y la chica de hacienda me lo puso! Lo qie no se si por no tenerlo bajo juicio me pertenece esa ayuda. Gracoas y perdona

    • No entiendo. Si te dice la chica de Hacienda que sí, pues así será. No le comentaste tu situación completa.

      Yo ya me estoy perdiendo, si estás pidiendo la ayuda de niños de menor de 3 años o la ayuda familiar monoparental.

      Salu2

    • Elisabet

      A ver yo hize la declaración de la renta y ahí me salió la ayuda por familia monoparental….y la chica de Hacienda me dijoque tenía derecho a ella! Yo no le dije nada sobre la situación que tengo con el padre más que nada porque hace 8 años que vivo yo con las niñas en Asturias y el en Mallorca.. I y no lo he llevado a juicio y nada. Vamos que no tengo sentencia y nada que se le parezca, imagino que si no tuviera derecho, no me saldría dicha ayuda. La ayuda es la de familia monoparental pero de la declaración,mis niñas tienen 8 y 14años

    • La ayuda te sale, y tu eres el que tienes que ver si tienes o no derecho.

      Por mucho que hacienda te ponga en el borrador algo, tu tienes que confirmarlo que está bien.

      Hacienda indica que para tener derecho a la ayuda monoparental: «ha de estar separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos, sin derecho a percibir anualidades por alimentos y por los que tengan derecho a la totalidad del mínimo por descendientes previsto en el artículo 58 de la Ley 35/2006.»

      Estos últimos puntos, salvo que no haya reconocido el padre al menor, debe de haber un convenio regulador donde debe de venir fijado.

      Salu2.

    • Elisabet

      No tenemos vinculo matrimonial porque no estamos casados solo figura en el libro de familia…..

    • “Los ascendientes sin vínculo matrimonial con dos hijos sin derecho a anualidades por alimentos, tendrán derecho a aplicar la totalidad del mínimo cuando no haya convivencia con el otro progenitor y ambos hijos convivan única y exclusivamente con un ascendiente.”

      Salu2.

    • Elisabet

      Osea que aunque no tenga nada judicial posiblemente me la den no? Porque me salía en la declaración.. ..imagino que es porque tengo derecho a ella

    • Lo que dice la ley ya te lo he puesto. Toma tu la decisión.

      Salu2.

  • Cheng

    Hola quisiera saber si puedo optar a los 1200 soy discapacitado , no tengo familia . Gracias

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