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3 de junio de 2015

Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

Los contribuyentes que recibieron la ayuda del Plan PIVE en el año 2013 que no lo incluyó en la declaración de la Renta del 2013 están recibiendo un requerimiento del fisco para que se ponga al día.

Concretamente, estos contribuyentes deben de tributar por esa ayuda de 1.000 euros para comprar un automóvil como ganancia patrimonial en el IRPF y que al no haberlo hecho en plazo deben presentar una declaración complementaria sujeta a recargos que pueden llegar al 15% de la cuota a tributar.

Por nuestra parte hemos estado avisando desde el principio que estas ayudas (Plan PIVE, Plan 2000E) hay que tributar en el IRPF.

¿Cómo hago esa declaración complementaria?

  1. Debes conseguir una copia de la declaración de la renta 2013.
  2. Descarga el programa Padre de la renta 2013.
  3. Rellena con los datos de la declaración presentada (si presentaste entonces la declaración con el Programa Padre seguramente no tengas que hacer los 3 primeros pasos y tengas los datos guardados en el ordenador.
  4. Vete a la página 2 (IV) y rellena la casilla 120, y la cuantía a pagar/devolver de la declaración presentada.
  5. Vete a la página 9 (I) y rellena la casilla 242 (otras ganancias no derivadas de una transmisión).
  6. Imprime la declaración y preséntalo en la Agencia Tributaria. El resultado a pagar van del 247,5 euros hasta 520 euros dependiendo de nuestro nivel de ingresos. (Ver aquí).

¿Y si no presenté la declaración?

Aunque estuvieras exento de hacer la declaración en 2013, al recibir la ayuda del Plan PIVE te obligaba a presentarlo.

En tal caso, has de elaborar tu declaración y presentarlo ahora, aunque fuera de plazo.

Tendrás una sanción de 100 euros por presentarlo fuera de plazo, si no ha sido a requerimiento de Hacienda.

¿Cuál es la sanción?

  • Los que no presentaron la declaración de la renta y que recibieron la ayuda del Plan PIVE han de realizar una declaración fuera de plazo con una sanción de 100€ si no ha sido requerido por Hacienda.
  • Todos los que han sido requerido con una masiva en el que le indica tener de hacer una complementaria, tendrá una sanción de hasta el 15% de la cuota diferencial resultante de dicha declaración complementaria.
  • En el peor de los casos, que Hacienda de momento no lo está haciendo, sería un procedimiento de comprobación que incluye sanciones de entre el 50% y el 100% la cuota diferencial.

¿A qué viene eso ahora, si yo confirmé el borrador que Hacienda me envió?

Hacienda se suele «olvidarse» de ciertas cosas en el borrador de la renta (ver lista). Sin embargo, no te exime de la responsabilidad al confirmarlo.

Hacienda presume que al confirmar tu la declaración, estás conforme con los datos que figuran y que son correctos, y si finalmente no lo es, te sancionan.

¿Y si recibí la ayuda en 2014?

Si has recibido la ayuda del Plan PIVE en el 2014, has de incluirlo en la declaración de la Renta del 2014 que se puede presentar hasta el 30 de junio.

Si ya has presentado la declaración y te has olvidado este dato, has de presentar una complementaria y no tendrá ningún recargo, al estar todavía en el periodo voluntario de presentación de la declaración de la renta del 2014.

Para hacerlo has de seguir los pasos indicados arriba (pero con el programa Padre del 2014).

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112 comments to Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

  • salvador

    Gracias por la respuesta , pero si sobre la declaración de 2013 tengo que hacer la complementaria cuando rellene la casilla 120 y la casilla 242, se modifican los datos finales , es decir a devolver o a ingresar de la declaración de 2013 y en vez de devolverme como lo hicieron 100 euros ,ahora me toca pagar 98 euros el declarante y como yo los 100 euros ya los he cobrado se supone que hacienda me tendría que cobrar 198 y el conyuge en función de su declaración . En definitiva si en la misma declaración de 2013 tengo que hacer la complementaria varían los datos finales de tal manera que aparecería a pagar 98 euros el declarante, cuando en realidad son 198.Que tengo que hacer, o eso ya lo contempla hacienda . Muchas gracias

    • En la pantalla de la complementaria, debes de indicar lo que te devolvieron entonces (o si fue a pagar lo que se pagó, que no es tu caso).

      En la nueva declaración saldría a pagar los 98, pero el resultado de la complementaria tiene en cuenta lo que te devolvieron y el nuevo resultado y la liquidación sería de 198.

      Salu2.

  • Jose

    Buenas tardes!

    Mi madre se compro el coche en Septiembre del 2013 y no sabía que había que declarar el Plan PIVE en la renta de ese Año. Ha recibido una carta por correo ordinario (No Certificada)de Hacienda indicándole que debo declarar por el PIVE que recibió. No presentó la declaración del 2013 por estar exenta, ya que en el borrador de la declaración que pedimos a Hacienda como siempre, le salía que no debía presentar declaración por estar exenta aunque le salía a pagar. podría ir mi madre a Hacienda para que le hagan allí la declaración del 2013, pidiendo cita? o por el contrario tiene que presentarla con el programa Padre de la Renta de ese Año?

    Gracias!

    Un saludo.

    • Tiene que utilizar el programa padre o pedir ayuda a una asesoría/gestoría fiscal.

      Por haber recibido la ayuda, te obliga a hacer la declaración.

      Además por presentarlo fuera de plazo, está expuesta a una sanción de 100€.

      Salu2.

  • Toni

    Buenas tardes,

    En el 2013 compré un coche con el plan PIVE y no tenía ni idea de que tuviera que tributar por la ayuda.

    El propietario del coche viejo era mi padre, aunque el conductor habitual era yo (el seguro estaba a mi nombre). Supongo que como el beneficiario del plan fui yo, el que tiene que hacer ahora la declaración complementaria soy yo y no él. ¿Es correcto?

    Por cierto, en las negociaciones con el concesionario conseguí que me regalaran el sensor trasero (valorado en 300€), ¿esto también tributa?

    Muchas gracias y un saludo.

  • paco

    yo compre un coche en diciembre del 2012 mi pregunta es ¿desde que año se tiene que declarar a hacienda los 1000 euros del plan pive ?

  • Francisco

    Yo soy otro afectado por la ayuda encubierta del gobierno (Plan PIVE).
    – Compré un coche en 2013 con los pocos ahorros que tenía y me acoji a este plan, que para nada considero «ayuda», ya que yo recibo mil euros a cambio de entregar mi coche con 10 años, cuyo valor es muy superior. Además de que si el Gobierno, Hacienda, Concesionario, medios de comunicación, etc…nos hubieran comunicado el tener que declarar tal ayuda, no la hubiera aceptado y me hubiera quedado con el vehículo, que buena falta nos hace. Pues yo como cualquier ciudadano pueden imaginarse que no me levanto de la cama todos los dias para leer el BOE, el DOG, etc…
    – Mi situación personal y familiar ha cambiado, soy parado de larga duración, pues llevo 3 años en el paro, mi mujer está de baja, tengo dos bebés, una hipoteca que pagar, servicios basicos como agua, luz y gas, comunidad, comida, medicinas y pañales para los bebés, tengo que vestirlos, IBI, impuesto de rodaje, gasolina para el vehiculo, recogida de basuras, saneamiento y alcantarillado, etc,… Y esto tanto a Hacienda como al gobierno les «resbala», por ello no puedo hacer frente a este pago y su recargo.
    – Tengo muy claro que con este «robo masivo» a las clases más desfavorecidas es como van a financiar el siguiente Plan PIVE, y que esto ocurre porque a las clases más pudientes y grandes fortunas se les están perdonando impuestos a través de la «Amnistía Fiscal» de Montoro, no se investigan tramas de corrupción, dejan que prescriban, o simplemente no se presentan como acusación (doctrina Botin), como Gürtel, Panamá, Palmarena, Noos, ERE’s Andalucia, Pokemon, etc…(pues un gobierno corrupto como el PP no va a investigarse a si mismo).
    – Por otro lado eso de que hay que tributar por todas las ayudas recibidas que no sean de transmisión patrimonial, es falso, sino como es que percibo la ayuda de los 100 euros para mis dos hijos menores de 3 años de Hacienda y no se declara.
    – Como me veo en una situación de completa indefensión y no puedo hacer frente al pago de tales impuestos + recargo, ¿que puedo alegar o como oponerme a tal injusticia?
    ¿Que puedo hacer?

  • Toni

    Buenos días,

    Primero de todo, gracias por la respuesta a mi consulta anterior.

    Me he descargado el programa PADRE del 2013 y he introducido los datos que presenté en su día. Me sale lo que entonces: Hacienda me devolvía 150€. Hasta aquí todo perfecto.

    El problema me surge una vez introducidos los nuevos valores:
    – casilla 120 marcada y con el valor de 150€ introducido en el apartado «Devoluciones acordadas por la Administración»
    – casilla 242 con el valor de 1000€.

    Pues resulta que me sigue dando que me tienen que devolver 150€ y me dice que hay un error, el 100R079 que dice: «Para la casilla de declaración complementaria que ha marcado, el resultado de la declaración ha de ser «a ingresar: en otro caso, los errores u omisiones padecidos en la declaración originaria deben subsanarse a través de la presentación de una solicitud de rectificación de la declaración o de devolución de ingresos indebidos.»

    Pero, no se supone que la complementaria es precisamente para eso. No entiendo nada. ¿Podéis ayudarme?

    Muchas gracias y un saludo.

    • Acabo de hacer lo mismo que tú y me ha salido correctamente la declaración complementaria.

      Me sale lo que tengo de pagar por la declaración complementaria.

      Salu2.

  • Toni

    Muchas gracias por las molestias que os estáis tomando.

    Pero yo me estoy volviendo loco, porque siempre me sale igual. He desinstalado el programa y lo he vuelto a instalar. He vuelto a introducir los valores. Y nada, siempre me sale que Hacienda me devuelve 150€ y el error 100R079.
    Si subo a 10.000€ la ayuda del PIVE sí que se me modifica el resultado de la declaración (me sale a pagar mil y pico euros), pero con 1.000€ no se altera el resultado.
    Esto parece un expediente X.

    Un saludo y muchas gracias.

    • Ya sé que puede ser.

      Ese año tuviste pocos ingresos y a pesar de meter los 1.000€ te sigue teniendo que devolver lo mismo, los 150€.

      En tal caso, no se puede presentar una complementaria, porque no afecta al resultado de la declaración.

      En este caso, debes de presentar un escrito dirigido a Hacienda indicando los errores cometido y solicitar su rectificación que no cambia el resultado de la declaración.

      Salu2.

  • Fran

    Buenos dias. tengo el mismo caso que toni. Despues de introducir los datos me sale la liquidacion del 2013 y si aumnento la ayuda a 10000 en vez de 1000 si modifica la liquidacion y me sale a pagar 2000 y pico. vaya lio

  • Fran

    Por cierto, decir que tb me sale el mismo error…100R079.
    Muchas gracias y un saludo

  • Fran

    Grcias. Y que sesupone que debemos hacer

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