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8 de septiembre de 2015

Título de familia numerosa: ¿cómo y dónde se solicita?

Con la última modificación del BOE, ahora se seguirá considerando como familia numerosa a efectos de ayudas y beneficios aunque el hijo mayor cumpla 21 años. Así los hermanos pequeños podrán seguir beneficiándose también.

Vemos cómo y dónde se solicita ese el título de familia numerosa y la documentación a presentar.

¿Qué es el título de Familia Numerosa?

Documento oficial, con validez en todo el territorio nacional, que acredita la condición de familia numerosa.

Tipos de Familia Numerosa

Las familias numerosas, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:

a) Especial: las de 5 o más hijos y las de 4 hijos de los cuales al menos 3 procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.

b) General: las restantes unidades familiares.

No obstante, las unidades familiares con 4 hijos se clasificarán en la categoría especial cuando sus ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75% del IPREM vigente, incluidas las pagas extraordinarias.

Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

Documentación a presentar.

Para obtener el título de Familia Numerosa es necesario presentar la siguiente documentación:

1. – Solicitud (impreso a rellenar)

2.- Certificado de empadronamiento colectivo, en el que se incluyan a todos los miembros de la familia que vayan a figurar en el título de familia numerosa (requerido en algunas CC.AA)

3.- Declaración responsable de ingresos (impreso a rellenar)

¿Dónde hay que entregar la solicitud y documentación?

Se puede solicitar de forma presencial o a través de internet si dispone de firma eléctronica:

  • Presencial:

En la Consejería de Políticas Sociales y Familia de su CC.AA, o cualquiera de las Oficinas de Registro de su CC.AA, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de su CC.AA adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

  • Por Internet:

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por su CC.AA.

¿Lo entregan al momento?

Sí. El título se puede obtener presencialmente y en el momento, acudiendo con la documentación necesaria y previa cita solicitada por Internet.

También se puede solicitar en algunos casos a través de internet, vía telemática, adjuntando a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos requeridos, pero para ello es necesaria la firma electrónica avanzada.

¿Puede ir otra persona en mi lugar a solicitarlo?

Sí. Es posible autorizar para el trámite presencial a otra persona, siempre que ésta traiga consigo la correspondiente autorización firmada por el titular que realizó la solicitud.

¿Cómo se puede beneficiar toda la familia del Título de Familia Numerosa?

Solicitando el Certificado de Familia Numerosa:

Una vez reconocido el título de familia numerosa, se podrá solicitar la TARJETA INDIVIDUAL o Certificado de familia numerosa para aquellos miembros de la unidad que estén incluidos en el título de familia numerosa.

Para ello es necesario aportar:

1. Ser miembro de Familia Numerosa (Certificado individual).
2. Relación de personas que forman parte de la unidad familiar como familia numerosa (Certificado colectivo).

Requisitos

  • Estar en posesión del Título de Familia Numerosa.
  • Ser uno de los miembros
  • DNI

Información y presentación de solicitudes

  • ANDALUCÍA
    Dirección General de Infancia y Familias. Avda. Hytasa,14, 41071 Sevilla. Tel. 95 504 80 00. www.juntadeandalucia.es
  • ARAGÓN
    Dirección General de Familia. Camino de las Torres, 73, 50071 Zaragoza. Tel. 97 671 43 82. www.aragon.es
  • ASTURIAS
    Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia. Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo. Tel. 98 510 65 77. www.asturias.es
  • BALEARES
    Institut Mallorquí D’Afers Socials. C/ General Riera, 67, 07010 Palma de Mallorca. Tel. 97 176 33 25. www.imasmallorca.es
  • CANARIAS
    Dirección General de Protección del Menor y la Familia. Avda. San Sebastián, 53, Edificio Príncipe Felipe 2ª planta, 38003 Santa Cruz de Tenerife. Tel. 92 247 46 74. www.gobcan.es
  • CANTABRIA
    Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Hernán Cortés, 9, 39071 Santander. Tel. 94 220 77 76. www.serviciossocialescantabria.org
  • CASTILLA LA MANCHA
    Dirección General de la Familia, Menores, Promoción Social y Voluntariado. Avda. de Francia, 4, 45071 Toledo. Tel. 92 528 89 60. www.jccm.es
  • CASTILLA Y LEÓN
    Dirección General de Familia. C/ Las Mieses, 26, 3ª planta, 47009 Valladolid. Tel. 98 341 09 27. www.jcyl.es
  • CATALUÑA
    Departament d’ Acció Social i Familia. Avda. Paral-lel 52, 08001 Barcelona. Tel. 93 483 10 00. www.gencat.cat
  • CEUTA
    Consejería de Asuntos Sociales. Altos Mercado San José. C/ Santos Vilela, s/n, 51002 Ceuta. Tel. 85 620 06 84. www.ceuta.es
  • EXTREMADURA
    Dirección General de Política Social y Familia. Avda. de Extremadura, 43, 06800 Mérida (Badajoz). Tel. 92 400 60 12. www.gobex.es
  • GALICIA
    Secretaría Xeral de Política Social. Edificio Administrativo San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela. Tel. 98 095 70 27. www.xunta.es
  • MADRID
    Instituto Madrileño de la Familia y el Menor. Gran Vía, 14, 28013 Madrid. Tel. 91 580 35 26 (contestador 24 horas), 91 580 35 03 y 91 580 35 23. www.madrid.org
  • MURCIA
    Dirección General de Asuntos Sociales, Igualdad e Infancia. Avda. de la Fama, 3, 30071 Murcia. Tel. 96 836 51 32. www.carm.es
  • NAVARRA
    Dirección General de Política Social y Consumo. Paulino Caballero, 50, planta baja, 31071 Pamplona. Tel. 94 829 29 55. www.navarra.es
  • PAÍS VASCO
    Viceconsejería de Asuntos Sociales. Dirección de Política Familiar y
    Comunitaria. Donostia – San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz. Tel. 94 501 93 92. www.euskadi.net
  • LA RIOJA
    Dirección General de Política Social. Villamediana, 17, 26071 Logroño. Tel. 94 129 11 00. www.larioja.org
  • VALENCIA
    Dirección General de Familia y Mujer. C/ Naquera, 9. 46003 Valencia. Tel. 96 197 16 17. www.bsocial.gva.es

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23 comments to Título de familia numerosa: ¿cómo y dónde se solicita?

  • isaac

    Ola me llamó Isaac estoy en paro y no cobro ningún tipo de ayudas estoy girado en la calle hay alguien k me pueda decir si hay algún tipo de ayudas por favor mi número es el 692948191 gracias mejor por whasap porfavor

    • Hola Isaac.

      Acude a los Servicios Sociales de tu localidad donde te podrán indicar sobre qué ayudas concretas podría haber en tu caso, explicándole tu situación

      Salu2 y ánimo

  • Marc

    Buenas,
    Somos padres con 65% de discapacidad y tenemos un hijo con 65% de discapacidad.
    Nos gustaría saber que podríamos ser familia numerosa y solicitar el título de ella?
    Un saludo muy cordial.

    • Buenos días

      Lo sentimos pero creemos que no estais en los casos en que se considera Familia numerosa respecto a discapacidad.. (es necesario tener dos hijos):

      – La familia formada por uno o dos progenitores con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de los hijos sea discapacitado.
      – La familia con uno o dos progenitores discapacitados, con un grado total de invalidez igual o superior al 65%, con dos hijos, sean o no comunes.

      En cualquier caso, no dudéis en confirmarlo con el organismo donde se solicita el Título de familia numerosa en vuestra CC.AA que podéis ver en el artículo superior.

      Salu2

  • Ana

    Buenos Días, hice la renovación hace 3 meses y aun no me llega el carnet de familia numerosa y me lo están pidiendo en Endesa antes del 20 de abril porque sino perdemos el bono social y es imposible comunicarme con ellos, saben de alguna manera de contactar con ellos.

    Saludos.

    Ana Delgado Franco.

  • Dorina

    Hola, me saque el carne de familia numerosa en Madrid en 2011 y el mismo año nos mudamos a Logroño. Este año me dijeron que no era valido y que me tengo que hacer otro de La Rioja pero me piden los certificados de nacimiento de los niños traducidos y somos ciudadanos de la Unión Europea cosa que ya no se nos tiene que pedir traducido. Que puedo hacer? Gracias!

    • Hola

      Lo siento pero tendrás que presentar lo que te solicitan.

      Es posible que haya diferencias de unas CC.AA a otras, y en eso no hay mucho remedio.

      Salu2 y ánimo

  • jose antonio

    Hola, tenemos el TITULO de Familia Numerosa General, somos mi mujer ,yo , una hija y otra hija discapacitada, por eso tenemos la condición de familia numerosa, mi pregunta es:

    Si mi hija con discapacitada, en la revisión del IMSERSO, le quitaran la condición de discapacitada, también podríamos disfrutar de la condición de familia numerosa con la ley nueva o lo perdemos, gracias.

  • Fatima

    Hola,tengo tres hijos y mi marido con discapacidad del 65%,podría solicitar el título de categoría especial?
    Gracias

    • Como se indica arriba para ser considerado especial:

      – 5 hijos.

      – 4 hijos, si los ingresos anuales de la familia, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75% del IPREM vigente, incluidas las pagas extraordinarias.

      – Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

      Salu2

  • Elsa Raquel

    Hola yo soy de Burgos y tengo el libro de familia numerosa ,mi esposo es el único que trabaja con un sueldo de 900€ y he solicitado todas las ayudas y me las deniegan ,aún teniendo hipoteca .no se porque dicen que las familias numerosas tenemos ayudas

    • Pero depende de qué ayuda hayas solicitado y habría que ver si cumplías las condiciones.

      Por otro lado, el tener una hipoteca o un crédito o tener muchos gastos, no afecta nunca a la solicitud de una ayuda. Afecta sólo los ingresos.

      Salu2.

  • Ana Astola

    Soy viuda con dos hijos de 21 y 16 tengo pareja y tambien tengo a mi padre conmigo todos empadronados en el mismo domicilio estamos dentro de familia numerosa?

    • Al haber fallecido uno de los progenitores, teniendo 2 hijos menores se tiene derecho al título de familia numerosa.

      Salu2.

    • Eso sí, el hijo mayor debe de tener discapacidad o estar incapacitados para trabajar o si cursa estudios que se consideren adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.

      Salu2.

  • redwan

    hola,tengo 3hijos, uno de ellos tiene discapasidad de 39 por ciento,que tipo de titulo voy a tener?numerosa o especial?gracias.

    • De entrada sería una familiar numerosa general, salvo que los ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75% del IPREM vigente, incluidas las pagas extraordinarias.

      Salu2.

  • Jai

    Hola yo tengo carnet de familia numerosa general pero acabo de tener el cuarto
    Que tengo que hacer

    • Sigue siendo familia numerosa general… salvo que tengáis pocos ingresos o alguno de los hijos tenga discapacidad, en tal caso sería «especial» y habría que solicitarlo en tu Comunidad Autónoma el cambio.

      Salu2.

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