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24 de noviembre de 2015

El Plan PIVE 8 se prorroga hasta Julio de 2016: ayudas a la compra de coche.

El Ministerio de Industria acaba de anunciar que el Plan PIVE 8 se prorrogará hasta el 31 de Julio de 2016 proporcionando un alivio tanto a compradores como profesionales del sector.

Se resuelve así la preocupación de los concesionarios por los vehículos que por falta de stock iban a ser entregados después de que el Plan Pive 8 terminara en diciembre.

Recordamos en qué consiste el Plan PIVE 8 y vemos todas las novedades sobre este tema.

Se prorroga el Plan PIVE 8 hasta Julio de 2016

Así lo ha anunciado la secretaria general de Industria, Begoña Cristeto durante el III Congreso Europeo del Vehículo Eléctrico que se celebra en Madrid.

El plan PIVE 8 se prorrogará hasta el próximo 31 de julio,al menos mientras perduren los fondos que quedan disponibles del actual programa.

Esta prórroga de 7 meses exige una resolución del Consejo de Ministros (que se podría hacer efectiva el día 27 de noviembre o el 4 de diciembre).

El importe total de los remanentes del Plan Pive 8 que quedan no se conocerán hasta el próximo 31 de diciembre, fecha en que estaba previsto que el plan finalizara.

Se resuelve así la paradoja de si se podría aplicar o no el Plan PIVE a los vehículos que se estaban encargando en estos días de noviembre y que por falta de stock, van a ser entregados después del 31 de diciembre cuando termina legalmente el PIVE 8.

¿De qué cuantía es ahora la ayuda del Plan PIVE 8?

Hasta ahora el Plan PIVE (Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente) consistía en una ayuda de 2000 euros por la compra de un coche nuevo a cambio de desguazar un coche viejo que cumpla unas determinadas condiciones.

De esos 2.000€, el Gobierno aportaba la mitad (1.000€) y la marca o el concesionario otros 1.000€.

Desde ahora la nueva ayuda del Plan Pive 8, ya no es de 2.000€, sino que se reduce a:

  • General: 1.500€ (750€ aportados por el Gobierno y 750€ por el fabricante).
  • Familias numerosas y personas con discapacidad (movilidad reducida): 1.500€, condicionada a aplicación de descuento de al menos otros 1.500€ por el punto de venta en casos de familias numerosas para adquisición de vehículos turismos de más de 5 plazas y para personas con discapacidad que acrediten movilidad reducida y adquieran un vehículo ya adaptado.

¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo nuevo a comprar?

Para poder beneficiarse del Plan Pive, habrá que cumplir las últimas restricciones que se introdujeron en el pasado PIVE 7:

  • El vehículo a achatarrar deberá haber tenido en vigor la ITV a la entrada en vigor del Plan Pive 8, es decir, a fecha 16 de mayo de 2015.
  • El titular del vehículo a dar de baja, deberá haber tenido la titularidad del vehículo achatarrado al menos durante los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Es obligatorio presentar el último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, debidamente abonado, al menos desde 2014.

Estas restricciones provocan que muchos usuarios a pesar de tener coche viejo para desguazar, no podrán beneficiarse de las ayudas al contrario que en anteriores ediciones de las ayudas.

Además, el vehículo nuevo a comprar deberá ser alguno del tipo y condiciones que indicamos a continuación:

1.- Vehículos de turismo (categoría M1):

  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida, que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos”.
  • Eléctricos puros.
  • Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km.

2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):

  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km.
  • Eléctricos puros.

3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.

4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.

5.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los 25.000 euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida.

Exclusivamente para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas señalados anteriormente, se eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los 30.000 euros, antes de IVA.

¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo a desguazar?

Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de 10 años (M1) / 7 años (N1) desde su primera matriculación.

Aparte de las nuevas condiciones que ya indicamos antes pero recordamos de nuevo:

  • El vehículo a achatarrar deberá haber tenido en vigor la ITV a la entrada en vigor de este real decreto, es decir, a fecha 2 de marzo de 2015.
  • El titular del vehículo a dar de baja, deberá haber tenido la titularidad del vehículo achatarrado al menos durante los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Es obligatorio presentar el último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, debidamente abonado, al menos desde 2014.

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20 comments to El Plan PIVE 8 se prorroga hasta Julio de 2016: ayudas a la compra de coche.

  • Señor C

    Si quiero comprar un coche kilómetro 0 ¿ puedo pedir el plan Pive?

    • El Plan PIVE 8,deja fuera a los vehículos usados con menos de un año de antigüedad, por lo que tan solo recibirán la ayuda quienes compran un vehículo nuevo sin matricular.

      Para los KM0 no se puede aplicar.

      Salu2

  • JOSE M

    Seguiré usando mi 205 de 20 años que ademas es un mechero

  • Sobre el plan pive

    Qusiera información sobre el plan pive en si se puede comprar un coche nuevo ,sin tener uno viejo y poder echar mano del plan pive como ayuda para ello.

  • Lourdes

    Tengo una duda ¿Para poder optar a un plan pive es obligatorio q la baja y entrega en desguace la trámite el concesionario donde se realiza la compra del nuevo coche o se puede haber hecho por parte del propietario del vehículo?

    • No es necesario.

      Puedes tramitarlo tú por tu cuenta, llevándolo a un desguace autorizado (no vale cualquiera) que te emita el Certificado de destrucción necesario para aplicar el Plan PIVE.

      (eso sí, puedes pedirle al concesionario que te muestre un ejemplo de cómo es el Certificado de destrucción que te tienen que entregar enseñándote el ejemplo de otro coche y qué tiene que indicar el desguace en ese certificado para que te lo hagan correctamente)

      Así te aseguras que el coche se desguaza realmente.

      (Si lo entregaras al final al concesionario, asegúrate que el coche se da de baja, pidiéndole copia del Certificado de destrucción o acudiendo a Tráfico a solicitar el Historial donde figurará si está o no de baja)

      Salu2!

  • Jose

    Buenos días:

    deseo hacerles una consulta, dado que no se a quien dirigirme para encontrar una respuesta fiable. Mi duda es:

    Estoy amputado de la pierna izquierda y voy a comprar un coche nuevo, y me he he decidido por un cambio automático sin más y no tener que tocar el coche;

    la subvención que me corresponde con el PLAN PIVE, es de 750 € +750 €, ó de 1.500 € + 1.500 €, dado que que he preguntado en varios sitios y cada uno lo interpreta de una manera.

    Muchas gracias por su atención.
    Un saludo, quedo a la espera de sus noticias.

    • Buenos días

      La actual ayuda del Plan Pive 8, es en total de 1.500€ (750€ aportados por el Gobierno y 750€ por el fabricante) para el caso general.

      Y de 1.500€, condicionada a aplicación de descuento de al menos otros 1.500€ por el punto de venta en casos de familias numerosas para adquisición de vehículos turismos de más de 5 plazas y para personas con discapacidad que acrediten movilidad reducida y adquieran un vehículo ya adaptado.

      Por cierto, la cantidad de 750€ que aporta el Gobierno la tendrás que incluir en tu Declaración de la Renta del año siguiente al que te compres el coche, ya que hay que tributar por ella.

      Esperamos haberte aclarado y cualquier cosilla más, por aquí seguimos, ok

      Salu2 y que vaya bien la compra!

  • Jorge Saez

    Es compatible el PLAN PIVE con el descuento del IVA super reducido por minusvalia del 80%??

    Gracias!!!

  • Jose

    Continuando con mi pregunta anterior, a ver si me pueden aclarar entonces lo siguiente, si hacen el favor de cotejarlo:

    BOE NÚM. 116 DE 15/05/2015 Y PRORROGADO HASTA 07/2016
    PÁG. 41832 Y SIGUIENTES:
    ARTICULO 4.1.d y
    ARTÍCULO 5

    Muchas gracias por su atención.
    Un saludo, quedo a la espera de sus noticias

    • Buenos días.

      Lo sentimos pero ésta vez no hemos entendido bien tu consulta.

      Copianos directamente los artículos sobre los que tienes la duda… o escríbela directamente por favor.

      A ver si te podemos ayudar…

      Salu2!

  • Jose

    Buenos días:
    ARTÍCULO 5, punto 2 del BOE citado en mi anterior consulta

    En el caso de personas con discapacidad que acrediten su movilidad reducida y adquieran vehículos turismo (M1) y (N1) adaptados o que se adapten para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido, señalados en el artículo 4.1.d), y para el caso de solicitantes integrantes de familias numerosas, que adquieran vehículos M1 dotados de más de 5 plazas, el descuento total que deberá figurar en la factura con cargo al programa será, como mínimo, de 3.000 euros; un descuento mínimo de 1.500 euros, aplicado antes de impuestos y a cargo del fabricante/ importador o comercializador/punto de venta del vehículo adquirido, al que se añaden otros 1.500 euros por vehículo después de impuestos, a cargo del presupuesto del programa.

    A esto me refería cuando citaba en la anterior consulta
    BOE NÚM. 116 DE 15/05/2015 Y PRORROGADO HASTA 07/2016
    PÁG. 41832 Y SIGUIENTES:
    ARTICULO 4.1.d y
    ARTÍCULO 5

    • Buenos días Jose.

      Muchas gracias por copiarnos el artículo.

      Tienes toda la razón. Los 1.500€ (750€ de fabricante + 750€ del gobierno) es sólo para el caso general.

      En tu caso, por la movilidad reducida acreditada te corresponderían 3.000€ (1.500€ aportados por el Gobierno) y al menos otros 1.500€ por el punto de venta para personas con discapacidad que acrediten movilidad reducida y adquieran un vehículo ya adaptado.

      Ahora sí que está claro! Eso es lo que te tienen que aplicar.

      Muchas gracias por tu comentario y rectificamos tanto anterior comentario como en el artículo superior para que sirva de ayuda a todos los usuarios en el mismo caso.

      Salu2 y que vaya muy bien la compra!! Ya nos contarás 😉

  • Jose

    Sigo sin tener claro en mi caso, lo que realmente me corresponde, dado que yo compro un coche automático directamente en el concesionario sin ninguna modificación más añadida;

    «En el caso de personas con discapacidad que acrediten su movilidad reducida y adquieran vehículos turismo (M1) y (N1) adaptados o que se adapten para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido,… »

    ¿me corresponden entonces los 1.500 € + 1.500 €, aún a pesar de no hacer ninguna modificación más al coche, o por el contrario sólo tengo derecho a los 750 € + 750 € ?

    Esta es realmente mi duda, dadas las posibles interpretaciones que se pueden dar del artículo en cuestión.

    Espero puedan darme alguna orientación, pidiendo perdón por mi insistencia.

    Gracias, un saludo, Jose.

    • Buenos días Jose.

      No te preocupes. Seguro que hay muchos más usuarios en tu mismo caso a los que todo esto le será de mucha utilidad.

      Así que a ver si entre todos lo conseguimos aclarar… 😉

      Revisando el artículo indica «vehículos turismo (M1) y (N1) adaptados o que se adapten. siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido».

      –>> En tu caso el vehículo ni está adaptado ni necesita ninguna adaptación, ni va a figurar nada al respecto en la ficha técnica por lo que comentas, así que creemos que según eso te correspondería la cantidad de ayuda general de 750+750….

      ¿Y si llamas al IDAE que es el organismo encargado de la gestión de las ayudas a ver qué te indican? Te facilitamos el telf por si te sirve de ayuda:

      – telf: IDAE – 913 14 66 73 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes.

      Salu2 y ya nos contarás a ver si averiguas algo más. Animo!

  • JOSE

    Buenos días,
    tengo una moto de más de 10 años de antigüedad, lleva parada muchos años y esta sin itv, tiene la documentación y el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, al dia, podría solicitar el plan pive 8?

    Gracias

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