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2 de febrero de 2016

¿Te ha sancionado SEPE por no renovar la demanda? Recurre, SEPE no puede sancionarte

El pasado día 22 de enero de 2016 se publicó la Sentencia del Tribunal Constitucional declarando, inconstitucional que el SEPE (Servicio Estatal de Empleo), antiguo INEM, sancione a los trabajadores que no renueven la demanda de empleo cada 3 meses o que no tengan actualizados sus datos de notificación.

Este tribunal considera NULOS los artículos legales donde se atribuían al SEPE las sanciones. Si las comunidades tienen la competencia en materia de empleo, también son ellas las que tienen la capacidad sancionadora.

¿Entonces si a mi me han sancionado, puedo recurrir?

  • Los procedimientos abiertos antes de la publicación se anularán.
  • Si aún estás a tiempo de interponer recurso, éste se estimará, por mucho que la infracción se hubiese cometido con anterioridad a la publicación de la Sentencia.
  • Las personas que tenga sentencia firme o que ya hayan sido sancionadas, no podrán hacer nada.

Según la sentencia de Tribunal Constitucional, la declaración de inconstitucionalidad de las sanciones de SEPE sólo se aplica pro futuro; esto es, en relación con nuevos supuestos o con los procedimientos administrativos y procesos judiciales donde aún no haya recaído una resolución firme.

¿A partir de ahora dejan de sancionar las infracciones?

No. Lo que impiden es que el SEPE (El Servicio Estatal de Empleo), antiguo INEM, sancione.

Quien debe de sancionar es la oficina de empleo de cada Comunidad Autónoma.

En la práctica esto significa que de momento no habrá sanciones por no mantener la inscripción como demandante ni tampoco por incumplir las obligaciones cedidas a las comunidades autónomas, ya que por falta de personal no se está llevando a cabo.

¿Qué pasa mientras tanto?

Para las personas que incumplan algunas de las condiciones que hasta ahora se sancionaban con pérdida de la prestación o subsidio de desempleo, las ayudas se quedarán suspendidas cautelarmente hasta que vuelvan a cumplir las condiciones.

El beneficiario no pierde tiempo de ayuda, sino que lo cobra después (la ayuda se suspende y se reanuda por el tiempo pendiente que le faltara por cobrar). Es similar a que una persona encuentra trabajo, suspende la ayuda mientras trabaja, y lo reanuda después.

Todo es así, hasta que se ponga en funcionamiento la maquinaria sancionadora de cada Comunidad Autónoma.

¿Cuáles son las infracciones y las sanciones?

SEPE calificaba las infracciones en 3 grupos: leves, graves y muy graves, que siguen vigente, y en función de estos grupos y de la reincidencia se sancionaba de una u otra forma, también vigente.

>> Ver infracciones y sanciones de SEPE

Lo que cambia es que ahora, las sanciones las deben imponer las Comunidades Autónomas, no el SEPE.

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39 comments to ¿Te ha sancionado SEPE por no renovar la demanda? Recurre, SEPE no puede sancionarte

  • manuel

    Se me paso ya hace mucho sellar, estando cobrando el RAI, y me faltaban varios meses por cobrar, puedo reclamar para cobrar el resto de esa ayuda?. A dia de hoy sello religiosamente cada tres meses y no he faltado a ninguna charla de búsqueda de empleo, cuando me lo han solicitado. Muchas gracias. Espero su respuesta.

  • Antonio

    Hola, es la segunda vez que se me pasa por unos días sellar como demandante de empleo, la primera vez se al volver a inscribirme se me dijo que los días que no cobre se me pagarían al final y que no habría problemas.

    Esta segunda vez la chica que me atendido me ha comunicado que no sabría decirme con exactitud pero que puede que sea penalizado con un mes sin cobrar la prestación, pero he llamado al SEPE via telefónica y le ha dicho que no tienen constancia de que se me vaya a penalizar por nada. Alguien que me pueda aclarar un poco el tema?

    Muchas gracias

    • Ten en cuenta que la gestión de las demandas de empleo está cedida a las comunidades autónomas y en algunas dan cierto margen para las renovaciones.

      A ver si has tenido suerte… en caso contrario, te sanciona como se indicar en el artículo de arriba.

      Sal2.

    • Victor

      Hola muy buenas, a mi se me olvido renovar una vez y me dijeron lo mismo que a ti, que no pasaba nada que lo cobraria o algo asi pero que la fecha en la que me depositaban el.paro habia cambiado, creo que era la misma en la que yo fui a renovar por olvido. Alguien me puede ayudar?

  • Pedro-Málaga

    Buenos dias. Cobro la ayuda de mayor de 55 años y se me ha pasado 7 dias renovar el paro. ¿Me pueden sancioner y qué importe me pondrán?

  • José A.

    Buenas tardes.

    Me han sancionado desde el SEPE con un mes de suspensión de la prestación porque llegó una carta certificada a mi domicilio indicando que debía presentarme al día siguiente (jueves) en la oficina de Empleo. La carta la recogieron mis padres, yo me encontraba de viaje y no volví hasta el domingo, acudiendo a la oficina el lunes. Por favor, ¿se podría reclamar? Hacía casi 10 años que no cobraba ningún tipo de prestación y ni siquiera tenía constancia de esta obligación de presentarse en la oficina en un plazo de 24 horas. Muchas gracias.

    Un saludo,
    José A.

  • Sandra

    Hola soy madre de un niño de 3 años con retraso cognitivo de 1 año pero no le han dado la discapacidad pueden quitarme la ayuda aunque sea lo unico que cobro

  • Sandra

    Soy sandra del anterior decir que es la segunda vez que se me pasa tengo tantos problemas en la cabeza que se me paso por completo sellar y mi pregunta es esa pueden quitarme el subsidio aunque sea lo unico que cobro?

  • Ivanka

    Hola .SEPE me ha denegado RAI,por interrupción de su demanda de empleo./24.de marzo/La carta he recibido el 7de mayo ….Cobraba subcidios de desempleo 215ev.Estaba en busco de trabajo i empezé a trabajar a20horas semanales /21de diciembre hasta 31 de enero/Desde SEPE no me he aviso que me ha sancionadoNo tenía conciencia ,que tengo presentarme el INEM.,pensando si estoy de alta por seg.social se hace todo autonicamente .Tengo discapacidad44% i desde el marzo no cobro nada .La carta lleve muy tarde .Tengo que reclamar,pero no tengo ni idea como ?.Que hago?Saludos.

    • Si comienzas a trabajar, se te suspende de la demanda de empleo, eso es automático.

      Pero si te quedas nuevamente sin empleo, tienes que solicitar el alta nuevamente.

      Salu2.

  • Manuel

    Soy Alberto, tenía que sellar el paro el día 7 de Mayo y se me olvidó, he sellado el 24 del mismo mes, estoy cobrando la RAI, me quitarán toda la prestación como sanción?. Agradezco la respuesta

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