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25 de abril de 2016

¿Cómo incluir la Deducción por maternidad en la Renta 2015? Vídeo explicativo

Si eres mujer trabajadora, por cada hijo menor de 3 años que tengas puedes beneficiarte de la deducción por maternidad de 1.200€ en el IRPF, o de la ayuda de su pago anticipado de 100€ al mes.

Tanto si lo deduces en la renta como si solicitas su pago anticipado, debes incluirlo en la Declaración de la Renta modificando tu Borrador con el Renta Web.

Es sencillo, te indicamos cómo paso a paso.

¿Quiénes pueden solicitar la Deducción por maternidad?

Se pueden beneficiar de la deducción de 1.200€ las mujeres con hijos menores de 3 años cuando:

  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de 3 años.

O sino el padre o tutor cuando:

  • Haya fallecido la madre.
  • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
  • Cumpla los requisitos del punto anterior.

¿Cómo se incluye la Deducción por maternidad en la Declaración de la Renta?

Para incluir la Deducción por maternidad en la Declaración de la Renta 2015 sólo hay que cumplimentar correctamente la pantalla de «Datos identificativos» con los datos de los hijos, y acceder a la Casilla 546 donde se debe indicar el importe de la deducción.

Si ya en el año 2015 solicitaste y percibiste el abono anticipado de los 100€/mes por cada hijo menor de 3 años, en  este año debes incluir ese dado en tu Declaración de la Renta, a través de la Casilla 547.

Os dejamos el vídeo explicativo de la AEAT para que lo podáis ver mejor paso a paso:

Esperamos que os sirva de ayuda, y si tenéis alguna consulta no dudéis en comentárnoslo.

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18 comments to ¿Cómo incluir la Deducción por maternidad en la Renta 2015? Vídeo explicativo

  • Maria

    Hola, mi hijo nació en enero de 2015 y desde septiembre estoy de excedencia por cuidado de hijo, pero sigo dada de alta en el régimen de la Mutualidad. Mi pregunta es si tengo derecho a la deducción por maternidad en la Renta de este año de los cuatro últimos meses que no he trabajado.
    Gracias

    • Hola

      Durante el periodo en que se está de excedencia no corresponde aplicar la Deducción por maternidad.

      Los meses anteriores a la excedencia sí. Así que inclúyelos en tu Declaración para beneficiarte.

      Salu2

  • Carmen

    Hola me he pedido la excedencia ni buen culminar mi baja maternal tengo derecho a la deducción de madre trabajadora estoy haciendo la declaración y no se en que apartado se refleja, si el 546 o 547 gracias

  • María José

    Buenos días,

    Me gustaría resolver una duda, he sido autónoma hasta el 30/04/2015, tuve a mi hijo el 12/01/2015, ¿tengo derecho a la deducción por maternidad durante el periodo de baja de maternidad?, corresponde del 09/01/2015 hasta el 30/04/2015 , durante ese tiempo estaba dada de alta en hacienda, pagaba mi seguro de autónomo, y cobraba la prestación de la seguridad social por baja de maternidad con su correspondiente retención del IRPF de un 9%. Después de darme de baja, estuve cobrando el subsidio por desempleo durante 5 meses y después solicité el subsidio de ayuda familiar. Sé que desde que empecé a cobrar el paro 1/5/2015 hasta final de año, no tengo derecho a la deducción por maternidad.

    He leído que la prestación de la baja de maternidad corresponde como si fuera una especie de nómina, es decir, que hay ingresos económicos, según entiendo yo.

    Saludos y gracias.

    • Desde el momento de nacimiento.

      Se puede solicitar el pago por adelantado de 100€ mensuales o solicitar la totalidad en la declaración de la retna.

      Salu2.

    • María José

      muchas gracias por la contestación.

      Otra pregunta,¿ podrían decirme en que ley podría encontrarla?, lo pregunto porque ayer me llegó una carta de agencia tributaria diciendo que hay que comprobar lo de la deducción de maternidad, hoy he estado, y según la funcionaria, no se puede deducir porque no ejercía ninguna actividad y que no tenía ingresos económicos, he hecho mis correspondientes alegaciones y estoy a la espera de su contestación

      Saludos y gracias!

    • Cuidado, que para deducirte eso tienes que estar en ejercicio de tu profesión.

      Si la baja maternal se genera ya dado de baja de tu trabajo, no tienes derecho a la deducción.

      Es decir, que tu empresa te tiene que seguir cotizando para cobrar la ayuda, si no es así, no se tiene derecho.

      Salu2.

  • sara

    Hola he encontrado este foro y me gustaría saber si mepodeis contestar a mi duda..el año pasado trabaje a 12 horas desde 8 de junio hasta 8de diciembre,no solicite el anticipo 100 euros porque no cumplia requisitos perosi podría hecerlo en la declaración..mi pregunta es en la declaración te dice que marques meses que estabas en activo en la empresa y claro deser asi marque junio,julio,agosto,sep,oct,nov y mi duda marque diciembre porque hasta el 8 estuve trabajando es correcto?gracias

  • Monica

    Hola! Tengo una consulta.
    Yo me di de alta en autonomos en marzo del 2016, me cogi la baja por riesgo en el embarazo y tuve a mi hija en septiembre de 2016. La baja por maternidad se acabo en enero del 2017, y e estado cobrando los 100 euros anticipados.
    Debo marcar alguna casilla de la declaración de la renta por maternidad?
    Gracias, un saludo

    • Sí, debes declarar que tienes derecho a la maternidad y además, que cobraste los 100€.

      Las casillas, aún lo desconocemos. Aún no hemos entrado en el programa Renta Web de este año, suele cambiarlo todos los años.

      Salu2.

  • Antonio

    Si el Tribunal superior de Justicia de Madrid considera en su sentencia de julio de 2016 que la deducción por maternidad debe estar libre de IRPF y no incluirse como rendimiento de trabajo, ¿por qué hay que declararla en la Renta?

  • CRIS

    Buenas
    he presentado la declaracion de la renta y ya me han echo la devolucion, pero creo que tengo un error que no sé si es muy importante, no afecta al importe de la devolucion ni en deducciones pero…
    me explico.
    No estoy casada , pero tenemos una niña de dos años y medio, hemos cumplimentado la casilla 80 con vinculacion 3, la casilla 81 con orden 1, Pero…la casilla 82, por error un 3. He mirado y parece que se refiere a discapacidad, que No es el caso
    Debo hacer rectificativa, lo dejo así porque no influye en la devolucion…y si tengo que hacer rectificativa , como la hago

    gracias, de antemano
    Cris

  • Sandra

    Hola
    Tengo una duda en la deducción
    Cuando habla de los meses de actividad, ¿se refiere a los que has trabajado o a los que has cotizado? Es que yo por ejemplo trabaje hasta septiembre, me dieron baja médica y luego mi bebé nació en noviembre.noviembre y diciembre me dieron ayuda y no sé cómo rellenarlo.Gracias x la ayuda

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