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24 de mayo de 2016

¿Cómo solicitar las Ayudas a la guardería «Cheque de Educación Infantil» curso 16/17 en Madrid?

Aún estás a tiempo de solicitar las ayudas a la guardería para los niños de 0 a 3 años, llamadas «Cheque de Educación Infantil» para el curso 16/17 en Madrid.

Supone un importante ahorro para las familias con niños tan pequeños.

Te indicamos qué plazo hay para solicitarlas, de qué cuantía son, qué documentación debes presentar y las condiciones a cumplir para poder acceder a estas ayudas.

¿Qué son las ayudas del «Cheque de Educación Infantil»?

Son ayudas para la escolarización de niños menores de 3 años matriculados en el primer ciclo de Educación Infantil o con reserva de plaza para el curso 16/17 en centros privados que no formen parte de la red pública de la Comunidad de Madrid.

No vale por tanto cualquier centro privado.

Si desea usted saber si un centro privado que imparte el primer ciclo de Educación Infantil está autorizado por la Comunidad de Madrid, puede consultarlo en el buscador de centros.

¿Cuál es la cuantía de estas ayudas?

La cuantía de las ayudas es de 1.100 €, a razón de 100 euros mensuales, o de 1.760 €, a razón de 160 euros mensuales.

¿Qué niños pueden beneficiarse de estas ayudas?

Los niños menores de 3 años, y excepcionalmente, aquellos mayores de 3 años que deban permanecer escolarizados un año más en el primer ciclo de Educación Infantil por razón de sus necesidades educativas especiales.

¿Qué plazo hay para solicitarlo?

Del 18 de mayo al 3 de junio, ambos inclusive.

¿Qué condiciones hay que cumplir?

  • Los niños solicitantes deberán haber nacido después del 31 de diciembre de 2013 o estar previsto el nacimiento con anterioridad al 1 de noviembre de 2016.
  • Estar matriculado o tener reserva de plaza en el primer ciclo de Educación Infantil, en el curso 2016/2017, en un centro de titularidad privada o de titularidad de otras Administraciones públicas distintas a la Comunidad de Madrid que no formen parte de su red pública, autorizado por la Administración educativa a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué documentación hay que presentar?

Vemos la documentación a presentar:

y además:

1. Copia de NIF/NIE en vigor (si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será
necesaria su aportación).
2. Pasaporte (sólo extranjeros sin NIE)
3. Libro de Familia completo
4. Certificado médico con fecha probable del parto
5. Información de empadronamiento (sólo familias monoparentales).
5. Sentencia de divorcio, demanda de separación, certificado defunción
6. Título de Familia Numerosa expedido por la Comunidad de Madrid (si el ciudadano autoriza su
consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria su aportación).
7. Título de Familia Numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma
8. Certificado de discapacidad expedido par la Comunidad de Madrid (si el ciudadano autoriza su
consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria su aportación).
9. Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma
10. Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social del padre y/o de la
madre, incluidos los del Régimen Especial de Autónomos (si el ciudadano autoriza su consulta en el
formulario de solicitud, no será necesaria su aportación).
11. Recibo de pago bancario a Mutualidades asimiladas al Régimen Especial de Autónomos de padre
y/o madre (únicamente válido para trabajadores por cuenta propia no obligados a estar dados de alta en la
Seguridad Social)
12. Para Regímenes Especiales de Funcionarios no incluidos en el Régimen General de la Seguridad
Social: certificado de servicios prestados o de cuotas, expedido por la unidad de personal de adscripción,
el servicio de pagaduría u órgano correspondiente
13. Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género
14. Información de renta ejercicio 2014 (si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud,
no será necesaria su aportación).
15. Certificado de Servicios Sociales Municipales

¿Dónde y cómo hay que presentar la solicitud y documentación?

Hay dos vías, a través de internet o sino vía presencial tal como vemos:

1.- Por Internet (se requiere DNI electrónico o certificado digital)

Antes de nada tenga preparados los documentos necesarios escaneados y listos para adjuntar.

Después entre en el siguiente enlace de «Gestión» para cumplimentar el formulario de solicitud.

Además de presentar la Solicitud, deberá adjuntar el Anexo firmado por todos los integrantes de la unidad de convivencia (previamente imprimir el Anexo, firmarlo, escanearlo y adjuntarlo junto con la solicitud).

Una vez enviada la solicitud, el Registro Telemático le da la opción de imprimir una copia de la misma, ya registrada.

2.- Presencial:

Podrán presentar las solicitudes y documentación requerida en:

  • el Registro de la Dirección de Área Territorial correspondiente al centro escolar en el que el alumno esté matriculado
  • en el Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20)
  • o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

¿Cómo consultar el estado de mi solicitud?

Si ha indicado en la solicitud un número de teléfono móvil y/o una dirección de correo electrónico, una vez baremada la solicitud y publicadas las listas de solicitudes presentadas y excluidas correspondientes, se enviarán mensajes informando de que la solicitud ha quedado como “presentada” o “excluida”.

Aparte de esto, puede consultar en cualquier momento el estado de su solicitud en la página web institucional de la Comunidad de Madrid, a través del siguiente enlace:

->> Consulta estado solicitud «Cheque Educación Infantil»

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