Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
3 de noviembre de 2016

Vender coche comprado con descuentos por minusvalía antes de los 4 años, ¿cuánto toca liquidar en Hacienda?

Tener minusvalía superior al 33% y además movilidad reducida, supone poder beneficiarse de importantes descuentos en la compra de coche nuevo, como son la exención del Impuesto de matriculación, así como la aplicación del IVA reducido al 4%.

Pero Hacienda exige que el vehículo no pueda ser vendido ni transferido antes de que transcurra un plazo de 4 años.

En caso de incumplimiento, ¿cuánto habría que liquidar a Hacienda?   ¿La totalidad, o se prorratea?   … lo vemos.

Descuentos en la compra de coche con minusvalía

Existen 3 principales descuentos (o beneficios fiscales) a la hora de comprar un vehículo para las personas con minusvalía:

1.- Exención del Impuesto de matriculación

2.- Aplicación de IVA reducido al 4%

3.- Exención del Impuesto municipal de circulación

Las 2 condiciones de Hacienda para los descuentos por minusvalía

A la hora de poder beneficiarse de estos descuentos por minusvalía, Hacienda exige dos condiciones:

1.- Prohibido vender o transferir el vehículo en el plazo de 4 años

  • En el caso de desee comprar un nuevo vehículo aplicando otra vez los citados descuentos por minusvalía, debe transcurrir al menos un plazo de 4 años desde la compra del anterior vehículo. Excepto si hubiera habido un siniestro total en el vehículo que se intenta sustituir con la compra de uno nuevo.
  • En el caso de que decida vender el vehículo adquirido con los descuentos de Hacienda por minusvalía, la transferencia debe realizarse en una fecha posterior al plazo de 4 años a contar desde la fecha de matriculación del mismo.

2.- Uso exclusivo para la persona con minusvalía

Los vehículos matriculados con los beneficios fiscales por minusvalía deben ser para uso exclusivo de la persona con discapacidad.

Si vendo el coche antes de los 4 años, ¿cuánto habría que liquidar en Hacienda?

En caso de que no haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de la matriculación del vehículo adquirido con los descuentos por minusvalía, para que éste se pueda vender o transferir a una tercera persona, habrá de liquidarse en Hacienda la totalidad de las cuotas ahorradas en su día al matricular el vehículo en cuanto a Impuesto de matriculación e Iva reducido.

Habría por tanto que liquidar e ingresar los impuestos por el valor del vehículo en la fecha de matriculación.

No se aplican reducciones ni prorrateos por el tiempo transcurrido desde la fecha de la matriculación hasta la venta.

Una vez realizada esta liquidación, podría volver a comprar un nuevo vehículo aplicando de nuevo todos los descuentos por minusvalía.

¿Podría comprar otro vehículo nuevo con los descuentos por minusvalía manteniendo el anterior coche?

Sí. Puede comprar un nuevo vehículo aplicando otra vez los descuentos por minusvalía manteniendo el anterior coche a su nombre.

Sólo tiene que tener en cuenta que:

  • En el caso de que NO haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación del anterior coche comprado con los descuentos por minusvalía, para poder adquirir uno nuevo volviendo a aplicar esos beneficios fiscales, deberá liquidar todo lo ahorrado en su día en el momento de la matriculación del anterior vehículo.

Una vez liquidado esto, podrá matricular el nuevo vehículo aplicando de nuevo esos descuentos.

  • En el caso de que SI haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación del anterior coche comprado con los descuentos por minusvalía, sí que podrá volver a adquirir un nuevo vehículo aplicando los mismos descuentos, manteniendo el coche anterior y sin tener que liquidar nada en Hacienda por ello.

Artículos relacionados:

167 comments to Vender coche comprado con descuentos por minusvalía antes de los 4 años, ¿cuánto toca liquidar en Hacienda?

  • Manuel Gonzalez Perez

    No soy minusválido y quiero comprar un coche con mas de 4 años y que tuvo exenciones por minusvalía.
    Tengo que pagar algún impuesto que no pago cuando se matriculo ?

  • Carmen Gordillo

    que ocurre si la persona con discapacidad fallece antes de los 4 años? al heredarlo los hijos deben pagar también la diferencia como si lo vendiera?

    • No, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:

      De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

      Eso sí, si el heredero decide venderlo a un tercero antes de que transcurran esos 4 años, sí que habría que pagar.

      Salu2!

    • Mac

      Hola. He heredado un coche importado, con excepcion del impuesto de matriculación, el cual ya está a mi nombre. Ahora quiero venderlo, pero no han pasado los 4 años. He estado varias veces en la oficina de la agencia Tributaria para ver la cantidad que debía abonar, y nadie ha cuadrado el mismo importe. He estado leyendo el boe sobre impuestos especiales y ninguna versión la veo fiable. Podrian ayudarme con eso?

  • Rosa

    Tengo un coche de 2 años con 5440 Km., completamente nuevo y que por mi discapacidad ya no puedo conducir.
    Ahora quisiera vender el coche comprado con dto. minusvalía, no quiero ningún otro coche.
    Por lo que contáis, tendría que pagar un montón o dejarlo en el garaje hasta que pasen 2 años más… no me parece lógico, tendrá que haber otra opción para estos casos, no?
    Un saludo.

    • Hola

      Sólo hay una opción, que lo vendas a otra persona con minusvalía. En este caso el nuevo comprador podría continuar con la exención y no habría que liquidar los impuestos que te ahorraste en su día…

      Salu2

  • Matias

    Tengo un veiculo matriculado hace tres años y cuatro meses, me ha salido una oportunidad de venta, este veiculo fue adquirido para mi uso en calidad de misnuvalido, con discapacidad de 76%, me beneficie de descuentos en el Iva y Matriculación, pregunta puedo benderlo sin tener que pagar nada a Hacienda. El Comprador me asegura que si por tratarse de un Industrial del mundo de la compra venta, y amí entra dudas, ruego me conteste a mi pregunta.

    • Buenos días

      La liquidación de esos impuestos que en su día te ahorraste te corresponderían a ti, y al no haber transcurrido los 4 años desde la fecha de matriculación aún no estás exento de no tener que abonarlos si lo vendes antes de ese tiempo.

      Aunque sea profesional de compraventa creemos que podría conllevarte problemas con Hacienda.

      Si te lo compra lo más probable es que te lo pague pero no lo transfiera a su nombre y haga sólo de intermediario (así evita gastos y el tener que dar garantía al nuevo comprador)

      Y una vez que lo venda a un tercero, si aún no han pasado los 4 años, tanto tú como el nuevo comprador podrías ser los que tuvierais los problemas, y él como intermediario lo único que ha hecho es cobrar el dinero…

      En tu caso salvo necesidad urgente de venderlo por causa mayor, esperaríamos a que cumpliera los 4 años, y así olvidarte de posibles problemas…

      Salu2!

  • Mac

    Hola. He heredado un coche importado, con excepcion del impuesto de matriculación, el cual ya está a mi nombre. Ahora quiero venderlo, pero no han pasado los 4 años. He estado varias veces en la oficina de la agencia Tributaria para ver la cantidad que debía abonar, y nadie ha cuadrado el mismo importe. He estado leyendo el boe sobre impuestos especiales y ninguna versión la veo fiable. Podrian ayudarme con eso?

    • Hola

      Aunque no te cuadren el mismo importe, más o menos la cifra debería ser similar de unos a otros… Puede que el modelo no figure en tablas exactamente y unos elijan un modelo y otros otro…pero siempre similares y por eso varíe un poco de uno a otro…

      Salu2

    • Mac

      Hola, el caso es que varia mucho, nadie me dice nada con certeza. El modelo del coche esta claro, pero unos dicen que tengo que liquidar arreglo a la edad que tenía el coche hace 3 años, pero yo creo que deberia ser a lo que vale a dia de hoy, o eso entendí yo al leer el boe. Podria corroborarlo? Gracias x contestar

    • Hola de nuevo

      Habría que liquidar e ingresar los impuestos por el valor del vehículo en la fecha de matriculación.

      No se aplican reducciones ni prorrateos por el tiempo transcurrido desde la fecha de la matriculación hasta la venta..

      Salu2 y suerte con la venta

  • jorge

    Menudos ladrones,luego estos politicos cerdos pierden todos sus ipads e iphones el primer año que se los dan en el congreso.

  • Javier

    He cambiado un BMV 525 tds por no poder entrar en él a causa de mi minusvalía por un monovolumen hace 3 años y me he beneficiado de IVA y matriculación por padecer una minusvalía del 80%. Antes caminaba con bastón, pero al avanzar la enfermedad me veo obligado a usar silla de ruedas electica. No cabe en mi actual coche y por ello tendría que comprarme uno adaptado, pero dado su precio, tendría que ser de segunda mano. Entiendo mi empeoramiento como una causa importante o excepción. ¿Podría vender mi actual coche sin tener que devolver lo que me han descontado o tendré que fastidiarme y esperar un año para poder hacerlo? Gracias.

    • Buenas tardes

      Hacienda no entiende de excepciones en estos casos. Tendrías que esperar a que cumpla 4 años desde la fecha de matriculación para poder venderlo sin tener que liquidar los impuestos que en su día te ahorraste por la minusvalía.

      Si lo vendes antes de ese plazo, tendrás que liquidar todo lo ahorrado para que el comprador pueda transferirlo a su nombre.

      Una vez liquidado esos impuestos, podrás volver a comprarte otro nuevo vehículo volviendo a solicitar los descuentos.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado.

  • Carmen

    Buenas tardes.
    Mi hermano tiene un turismo automatico des de hace 5 años comprado con el descuento de su minusvalia.
    El año pasado se compró una furgoneta para poder transportar su silla de ruedas electrica, tambien con su minusvalia.
    Se ha instalado una grua para poder entrar la silla de ruedas.
    Se tiene que hacer algo en la declaración de renta de este año????

  • Javier

    Hola
    Nuestro caso es un poco peculiar. A ver si podéis ayudarnos.
    Mi tío compro un coche hace menos de un año con los correspondientes descuentos de matriculación e IVA por minusvalía (desconozco exactamente ahora mismo los porcentajes)
    Lamentablemente mi tío ha fallecido hace un par de meses y mi tía, que no conduce, quiere proceder a la venta del coche.
    Puesto que el coche lo ha heredado mi tía y sus hijos, podrían proceder a la venta a un particular no discapacitado, sin que nadie tuviera que pagar los impuestos ahorrados.
    Gracias. Saludos
    Javier

    • Buenos días

      Lo clave es saber cuánto tiempo hace que compraron ese coche?

      Figura en el Permiso de circulación del vehículo, es la fecha de la 1ª matriculación.

      – Si hace más de 4 años cumplidos que lo compraron, el coche ha quedado totalmente exento y podría venderlo a quien quisiera sin tener que liquidar nada de lo que en su día se ahorró.

      – Si hace menos de 4 años, primero tendría que ponerlo a nombre de uno de los herederos (y en este caso no habría que liquidar los impuestos ahorrados en su día). Pero si éste heredero decide venderlo a un tercero, sin que hayan transcurrido esos 4 años, le tocará liquidar todos los impuestos que tu tío se ahorró por la minusvalía. Mientras no lo haga no se podrá tranferir.. Otra opción es esperar el heredero a el coche cumpla los 4 años y venderlo después… 😉

      Salu2 y esperamos haberte aclarado

  • Aitor

    Hola
    Yo tengo una minusvalía grande de mas del 65% y estoy en diálisis, pero no tengo movilidad reducida. ¿Me podría beneficiar del iva super reducido? Es que en un concesionario me han dicho que tengo que tener 7 puntos de movilidad reducida.

    Un saludo.
    Muchas gracias.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>