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3 de noviembre de 2016

Vender coche comprado con descuentos por minusvalía antes de los 4 años, ¿cuánto toca liquidar en Hacienda?

Tener minusvalía superior al 33% y además movilidad reducida, supone poder beneficiarse de importantes descuentos en la compra de coche nuevo, como son la exención del Impuesto de matriculación, así como la aplicación del IVA reducido al 4%.

Pero Hacienda exige que el vehículo no pueda ser vendido ni transferido antes de que transcurra un plazo de 4 años.

En caso de incumplimiento, ¿cuánto habría que liquidar a Hacienda?   ¿La totalidad, o se prorratea?   … lo vemos.

Descuentos en la compra de coche con minusvalía

Existen 3 principales descuentos (o beneficios fiscales) a la hora de comprar un vehículo para las personas con minusvalía:

1.- Exención del Impuesto de matriculación

2.- Aplicación de IVA reducido al 4%

3.- Exención del Impuesto municipal de circulación

Las 2 condiciones de Hacienda para los descuentos por minusvalía

A la hora de poder beneficiarse de estos descuentos por minusvalía, Hacienda exige dos condiciones:

1.- Prohibido vender o transferir el vehículo en el plazo de 4 años

  • En el caso de desee comprar un nuevo vehículo aplicando otra vez los citados descuentos por minusvalía, debe transcurrir al menos un plazo de 4 años desde la compra del anterior vehículo. Excepto si hubiera habido un siniestro total en el vehículo que se intenta sustituir con la compra de uno nuevo.
  • En el caso de que decida vender el vehículo adquirido con los descuentos de Hacienda por minusvalía, la transferencia debe realizarse en una fecha posterior al plazo de 4 años a contar desde la fecha de matriculación del mismo.

2.- Uso exclusivo para la persona con minusvalía

Los vehículos matriculados con los beneficios fiscales por minusvalía deben ser para uso exclusivo de la persona con discapacidad.

Si vendo el coche antes de los 4 años, ¿cuánto habría que liquidar en Hacienda?

En caso de que no haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de la matriculación del vehículo adquirido con los descuentos por minusvalía, para que éste se pueda vender o transferir a una tercera persona, habrá de liquidarse en Hacienda la totalidad de las cuotas ahorradas en su día al matricular el vehículo en cuanto a Impuesto de matriculación e Iva reducido.

Habría por tanto que liquidar e ingresar los impuestos por el valor del vehículo en la fecha de matriculación.

No se aplican reducciones ni prorrateos por el tiempo transcurrido desde la fecha de la matriculación hasta la venta.

Una vez realizada esta liquidación, podría volver a comprar un nuevo vehículo aplicando de nuevo todos los descuentos por minusvalía.

¿Podría comprar otro vehículo nuevo con los descuentos por minusvalía manteniendo el anterior coche?

Sí. Puede comprar un nuevo vehículo aplicando otra vez los descuentos por minusvalía manteniendo el anterior coche a su nombre.

Sólo tiene que tener en cuenta que:

  • En el caso de que NO haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación del anterior coche comprado con los descuentos por minusvalía, para poder adquirir uno nuevo volviendo a aplicar esos beneficios fiscales, deberá liquidar todo lo ahorrado en su día en el momento de la matriculación del anterior vehículo.

Una vez liquidado esto, podrá matricular el nuevo vehículo aplicando de nuevo esos descuentos.

  • En el caso de que SI haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación del anterior coche comprado con los descuentos por minusvalía, sí que podrá volver a adquirir un nuevo vehículo aplicando los mismos descuentos, manteniendo el coche anterior y sin tener que liquidar nada en Hacienda por ello.

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167 comments to Vender coche comprado con descuentos por minusvalía antes de los 4 años, ¿cuánto toca liquidar en Hacienda?

  • José Vicente

    Buenas noches, mi padre falleció y tenia un coche comprado hace 3 años con minusvalia , el coche por herencia me correspondió a mi el cual puse a mi nombre, lo puedo vender antes de los 4 años de la compra original del coche, sin pagar la diferencia del iva que no pagan los minusválidos , muchas gracias.

  • jose

    buenas.
    tengo un vehiculo el cual lo compre en 2012 de segunda mano, actualmente esta a mi nombre, la intención es poner ese vehiculo a nombre de mi madre que tiene minusvalía.
    la duda es las siguiente, si he puesto el vehiculo a nombre de mi madre en 2018 y lo vendo en 2019 que puede pasar?

  • katherine solis

    Buenas tardes
    herede un coche de mi esposo que compramos en su dia con minusvalia lo quiero vender es del 2015 pero cuando herede me pusieron a mi nombre ahoara lo quiero vender estoy olbligada a pagar algu valor porque en el informe de trafico me aoarese cargas grabamen
    me podria ayudar que prsederia a yo vender el vehiculo
    gracias

  • luis

    mi mujer y yo nos vamos a separar. compramos un coche sin pagar el impuesto de matriculacion por su minusvalia. Ahora ella me lo quiere vender ya que no puede conducirlo.
    mmi pregunta es¿cuanto debo pagar del impuesto ahorrado y si debo pagar los impuestos anuales del ayuntamiento respectivo?
    el coche tiene 3 años.

  • Laura

    Buenas tardes,

    Como ya he podido leer si vendo un coche, antes de los 4 años,del que me he beneficiado de la exencion del IM, tengo que pagar íntegro el IM, pero el IVA?? Si lo he comprado al 4% tendria que pagar el restante 17% si lo vendo antes de los 4 años?? si es asi, como lo tendría que hacer??(porque el IM es pagarlo y hacer un 576).

    Muchisimas gracias!!!!!!

  • Luis

    Hola buenos días si le compro un coche a mi hijo de 11 años con minusvalía y todos lo beneficios pero me lo quiero llevar al extranjero y lo tengo que dar de baja en la dgt puedo hacerlo gracias un saludo

  • Sergio

    Hola, mi padre compró un coche en el año 1999 con minusvalía. Lo sigue utilizando el. La pregunta es si puedo utilizar yo el coche algún día si el mío está en el taller.
    Gracias.

  • Maria jose Brito florencio

    Buenas noches,me compre un coche en el 2017 y bueno por motivos ajenos a mi voluntad he tenido que dejar de pagarlo,una empresa ha comprado la deuda al concesionario,mi pregunta es,tengo que pagar ese 17%cuando el coche va a ser parte de ese pago a la financiera?

  • Francisco

    compre un coche hace 3 años por minusvalía y movilidad con todos los descuentos, ahora he sufrido una amputación y necesito otro con cambio automatico ¿ puedo acogerme a los descuentos sin que pasen los 4 años? GRACIAS

  • Raúl

    Buenas,

    Mi hermano que es minúsvalido, compró un coche el año pasado con el beneficio de la reducción de IVA al solo el 4%. Ahora resulta que por publicidad engañosa (sin mala fe), la marca está retirando los coches y devolviendo el dinero a los afectados. El coche se publicitó con unos extras muy caros de seguridad que no tiene.

    La marca va a devolver el dinero pagado y ofrece un pequeño extra por la diferencia de precio que había cuando se compró al precio actual para los que quieran comprar el modelo en su versión que equipa los sistemas de seguridad escatimados en la versión vendida.

    Eso obliga a mi hermano, el beneficiario del descuento a liquidar con hacienda un 17% de Iva del que estaba exento. Por razones que son ajenas a su voluntad. ¿Que puede hacer?.

    Saludos y gracias.

    • Puede hacer 2 cosas:

      – Recibir la compensación, en tal caso, ha comprado el coche y lo mentiene durante los 4 años exigidos, y no hay que devolver nada.

      – Si acepta el cambio de coche, tendrá que devolver lo deducido del anterior coche y aplicarse el descuento en el nuevo.

      Salu2.

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