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23 de noviembre de 2016

¿Cómo calcular lo que Hacienda debe devolverte por tu Prestación maternal? 6 pasos

Para solicitar a Hacienda la devolución del IRPF abonado por la Prestación maternal, ya facilitamos el Modelo de rectificación con todos los datos que hay que rellenar.

Está vez indicamos cómo Calcular la cantidad que Hacienda te debe devolver por el IRPF que pagaste por las 16 semanas de prestación de baja maternal.

En el caso de la reciente sentencia del TSJ de Madrid Hacienda está obligada a devolver 3.135€ a la madre que lo solicitó.

¿Cómo calcular cuánto te tiene que devolver Hacienda por la prestación maternal?  7 pasos

Te indicamos cómo calcularlo en 7 pasos.

1º.- ¿En qué año nació tu hijo?

Lo primero debes fijarte en qué año nació tu hijo, para saber en qué año/s te beneficiaste de la Prestación maternal (y por tanto saber a qué ejercicio fiscal afecta):

Se puede solicitar a Hacienda la devolución de los impuestos pagados (irpf) de la Prestación maternal cobrada a partir del 2012.

Hay que tener en cuenta también que las Declaraciones de la Renta se hacen por años naturales, pero una misma prestación maternal se puede cobrar en 2 años naturales. (Los niños que hayan nacido a partir del 10 de septiembre, parte se cobra en el año de nacimiento y parte al año siguiente).

Ejemplo: Martina nació el 12 de Noviembre de 2013, por lo cual su madre cobró la Prestación maternal parte en ese año 2013 y parte en 2014

  • En caso de que se cobrara la Prestación maternal sólo en 1 año, sólo hay que solicitar la devolución de la autoliquidación (declaración de la renta) de ese año.
  • En caso de cobrarlo en 2 años naturales, supone algo más de trabajo ya que habrá que solicitar la devolución de 2 autoliquidaciones

En el caso de Martina, su madre deberá solicitar la devolución correspondiente a la parte cobrada en 2013 y a la parte del 2014)

2º. Averiguar la cuantía de la prestación maternal cobrada de cada ejercicio fiscal.

Para cada ejercicio fiscal (año natural) que solicites la devolución, has de obtener la cuantía total de Prestación maternal cobrada en dicho año.

En el caso de Martina, su madre deberá averiguar cuánto cobró de Prestación maternal cobrada en 2013 y cuánto en 2014.

Se puede averiguar de varias formas:

  • A través de los DATOS FISCALES del BORRADOR:

Si tienes guardado el Borrador de la declaración de la renta de ese año y/o los datos fiscales, si te fijas en el listado de ingresos figura la Prestación maternal que te pagaron ese año.

Si no se tiene el Borrador se puede descargar de AEAT:

->> Descargar e imprimir Borrador, eso sí, sólo deja para los ejercicios 2013, 2014, y 2015 y has de tener Certificado Digital, Clave PIN o el Número de Referencia para poder descargarlo. Para el año 2012 hay que acudir a las oficinas de Hacienda a solicitarlo.

Ejemplo de la imagen:   Prestación maternidad  7.421,12€

  • A través de la BASE DE COTIZACIONES:

Hay que averiguar la base de cotizaciones durante los meses que se cobró la prestación maternal (las 16 semanas siguientes a la fecha de nacimiento de tu hijo).

Puedes ver tu Base de Cotizaciones de esos meses rápidamente tal como indicamos en:

->> ¿Cómo conseguir tu Informe de Bases de Cotización en un minuto?

Obtenido este valor, se calcula la Prestación cobrada en ese año de la siguiente forma:

Base de cotizaciones / 30 * nº días con derecho a prestación en ese año

Si se cobró toda la prestación en 1 año natural, se multiplicaría por 112 días (son los días correspondientes a las 16 semanas con derecho a prestación).

Ejemplo de la imagen:    Para el niño Adrián que nació el 4 de Abril de 2012, la madre tenía de Base de Cotización en Marzo (se tiene en cuenta la base del mes anterior al del nacimiento)   1.987,80€

1.987,80€ (Base cotización) /30 * 112 = 7.421,12 €

3º.- Descargar el Programa Padre del año a solicitar la devolución e instalarlo:

Os facilitamos el enlace para descargarlo (debéis descargar el del año/s en que cobrasteis la Prestación de maternidad)

4º.- Introducir los datos de tu declaración de la renta del año en cuestión.

Es la parte más laboriosa pero es sencillo.

Sólo debes copiar todos los datos de la Declaración de la Renta del año/s en que cobraste la Prestación de maternidad en el Programa padre.

  • Si no dispones de una copia de la Declaración de la Renta de aquel año, la puedes descargar de la AEAT:

->> Descargar e imprimir Declaración de la Renta   (se requiere Certificado Digital, Clave PIN o Número de Referencia)

Pero sólo admite descargarla de los ejercicios de 2013, 2014 y 2015. Si tu hijo nació en 2012 y no te quedaste con copia de tu Declaración de ese año, tendrías que ir Hacienda a solicitarla.

Una vez introducido todos los datos, apuntar la cifra que figura en la Casilla con el Resultado de la Declaración (verificar que coincide con lo que figura en la copia de tu declaración para comprobar que has metido bien los datos):

Para cada año esa Casilla en la que te debes fijar es diferente:

  • 2012: casilla 770.
  • 2013: casilla 540.
  • 2014: casilla 620.
  • 2015: casilla 610.

Ejemplo:   Por Adrián su madre cobró 7.421,12 € total de Prestación de maternidad.   Adrián nació en el 2012. En la Declaración de la Renta de ese año a su madre en la Casilla 770 figuran 112€ de cantidad a pagar.

Hecho esto, no cierres el Programa Padre!!!, que vamos al punto 5º donde sólo tendrás que cambiar el valor de una casilla y volver a ver el nuevo Resultado de la Declaración

5º. Modificar casilla de Rendimientos de trabajo (casilla 001).

Hay que hacer una sencilla resta:

  • Debes restar de la cantidad que figura en la Casilla 001 (Rendimientos del Trabajo) del Programa Padre la cuantía de la Prestación maternal (la calculada en el Punto 2º)
  • Indica en la Casilla 001 ese resultado de la resta.

Estás así recalculando tu Declaración sin pagar Impuestos por la Prestación Maternal, como debería ser.

6º.- Vuelve a mirar la Casilla Resultado de la declaración.

La diferencia entre lo que marcaba el Resultado de la Declaración antes de modificar esa Casilla 001 y lo que marca ahora, es lo que HACIENDA te tiene que devolver de ese ejercicio fiscal y lo que debes solicitar en la Solicitud de Rectificación de Autoliquidación a presentar en Hacienda para que te lo devuelva.

Imprimir la Declaración modificada para adjuntarla en los documentos que hay que presentar la Solicitar la Devolución en Hacienda que podéis ver en:

->> ¿Cómo solicitar la devolución del IRPF de la Prestación por maternidad a Hacienda? – Modelo –

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254 comments to ¿Cómo calcular lo que Hacienda debe devolverte por tu Prestación maternal? 6 pasos

  • Sergio

    Buenas eso es sólo para las madres, sin un padre coge el permiso de paternidad y la lactancia le corresponde, o es sólo para el permiso de las mujeres de 16 semanas.

  • Amalia

    Hola,
    Yo dí a luz en octubre del 2014, gemelos.
    Un par de años después me dijeron que podía reclamar esto a Hacienda y así lo hice, recibiendo un escrito desestimando mi propuesta. No hice nada más al respecto, no presenté alegaciones ni nada…pensando que si iba a juicio «sería peor el remedio que la enfermedad»
    ¿puedo reclamar ahora?
    Gracias

    • Yo creo que sí, el ejercicio no está prescrito y puedes reclamar.

      Otro tema si fuera un ejercicio ya prescrito y como no seguiste el procedimiento, se te hubiera pasado el plazo.

      Salu2.

  • Diana

    Hola:

    una duda si alguien es tan amable de responderme. Si a la casilla de rendimientos del trabajo le resto la cifra de prestación por maternidad/30*x 112, el resultado me sale negativo…¿Cómo puede ser?

    De nuevo, gracias.

  • Aneruy

    Hola, tengo una duda…¿tendría derecho a la devolución con hijo nacido en noviembre de 2013?
    Gracias por adelantado
    Saludos

  • Gloria

    buenos días,
    Mi hijo nació en Noviembre de 2014, he modificado la renta de 2014 y me da como 800 € de de diferencia, de la que envié a la corregida, pero la de 2015 me sale el mismo resultado que la que envíe en su año. ¿es posible?
    como he estado leyendo, lo único que he restado de la casilla 01 es el importe del Instituto nacioanal de la seg.social las retenciones y gastos deducibles los he dejado igual.
    muchas gracias, un saludo

    • Es raro, has de restar lo que cobraste cada año.

      En 2014 la cuantía que sea (noviembre y diciembre), y en 2015 el resto.

      En un año puede que no te devuelve nada, porque no has cobrado poco dinero y estabas exenta ya de por sí aun contando con los ingresos de maternidad.

      Salu2.

  • Jose

    Buenas tardes.
    Mi mujer es funcionaria de carrera, ella cobró sus nóminas integras de la junta de Andalucía durante su periodo de baja maternal con sus correspondientes retenciones. Tiene el mismo derecho a la devolución de las retenciones como cualquier otra trabajadora?? Disculpad la pregunta pero al no tener ingresos por maternidad me surge la duda. Muchas gracias de antemano. Un saludo.

  • Nerea

    Buenas mi niña nació 14.11.2017 tengo derecho a reclamarla

    • Sí, reclama lo que cobraste en el año 2017 y lo que te haya pagado en 2018, lo tendrás que reclamar en la declaración de la renta del 2018 que se hará el próximo año.

      Salu2.

  • Antonio

    Las instrucciones que ofrece esta web para realizar la rectificación son incompletas. Falta un paso importante que es restar de los gastos del trabajo el importe que la seguridad social ha estado cotizando por la obligada mientras estaba cobrando la prestación por maternidad. Si no restamos estos gastos el resultado de la devolución no será el correcto.

  • Isma2100

    Hola, una duda que me surge, en mi caso tengo cobre la maternidad en el año 2015 (según mis datos fiscales) una cantidad de 4878,72€, con una retención de 243,94€ y unos gastos deducibles de 257,13€. A la hora de modificar mi declaración (punto 5º), solo quitaría la casilla de la cantidad de 4878,72€ ??? o también de la retención y los gastos deducibles??

    Gracias y un saludo

    • Sólo la casilla 1, los ingresos. El resto lo pagaste o te retuvieron.

      Lo que ahora declaran es que lo que te pagaron de Maternidad está exenta, así que fuera de los ingresos.

      Salu2.

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