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8 de agosto de 2017

¿Tener Pensión por Incapacidad permanente es suficiente para solicitar los Descuento por minusvalía?

Muchas personas con tienen Pensión por Incapacidad permanente se preguntan si teniendo ese tipo de pensión o jubilación es suficiente para poder comprar un vehículo nuevo y aplicar los Descuentos por minusvalía correspondientes.

No están seguros de si es necesario presentar Certificado del Inserso justificando la minusvalía o basta con tener reconocida la Pensión por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

Resolvemos la duda.

¿Es suficiente tener reconocida la Pensión por Incapacidad permanente para solicitar los descuentos por minusvalía?

Sí. Ya que a los efectos, directamente se considera que tienen una minusvalía igual o superior al 33% las personas Pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocidas una Pensión de Incapacidad permanente en el grado de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, así como a los Pensionistas de Clases pasivas que tengan reconocida una Pensión de Jubilación o retiro por incapacidad permanente para servicio.

Con esto es suficiente para dar por acreditado el grado de minusvalía a la hora de solicitar la Exención en el Impuesto de matriculación (IEDMT), sin necesidad de aportar Certificado de minusvalía o invalidez del Inserso o Entidad gestora. (R.D. 27/2003 art.67 RIRPF)

¿A qué descuentos por Minusvalía tienen derecho los Pensionistas con Incapacidad Permanente?

Quienes posean Pensión o jubilación por incapacidad permanente tienen derecho a la aplicación de los siguientes descuentos en la compra de coche nuevo sin matricular (no se aplica a los KM0 ni a los vehículos de ocasión)

  • Exención de Impuesto de matriculación (al considerarse personas con minusvalía superior al 33%)
  • IVA reducido al 4% : UNICAMENTE en el caso de que además tengan la movilidad reducida acreditada (no basta con tener la Pensión o jubilación por incapacidad para poder solicitarlo)

Y además, independientemente de que el vehículo que adquieran sea nuevo, de ocasión, segunda mano o KM0, tienen derecho a solicitar en su Ayuntamiento:

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88 comments to ¿Tener Pensión por Incapacidad permanente es suficiente para solicitar los Descuento por minusvalía?

  • pedro loal

    hola tengo discapacidad,el coche esta a nombre de mi pareja que no tiene carnet,soy yo el único que conduce, puedo solicitar la exención del impuesto de circulación o como va a su nombre ya no?
    gracias.

  • angela

    tengo reconocida una incapacidad de grado menor a 33% . estoy jubilada y por pertenecer a Clases Pasivas por incapacidad permanente para el servicio a efectos de la Ley51/2003 puedo acreditar una disminución igual al 33% para ello necesito una certificación y no sé dónde acudir. pertenezco a la comunidad de catalunya

  • Isabel

    Buenas tengo una minusvalia reconocida del 33% pero no se si tengo movilidad reducida reconocida o solo el 33% y tambien tengo una pension de incapacidad permanente total reconocida,mi marido y yo estamos pensando en comprarno un coche porque el nuestro tiene mas de 15 años y ya nos falla mucho, yo no tengo carnet lo tiene mi marido y mi hija que conviven con migo pero si lo necesito sobretodo ahora para los viajes mas continuos a los distintos medicos por mi enfermedad, tendria derecho a algun Beneficio, a cual de ellos?.

    • Buenos días

      Con la minusvalía igual o superior al 33% o con la incapacidad permanente reconocida (ambas cosas sirven) tendrías derecho a:

      – Exención del Impuesto de matriculación en Hacienda del vehículo que te compres (sólo vehículos nuevos sin matricular). Se solicita antes de matricularlo.

      – Exención del Impuesto municipal de circulación: da igual si es nuevo o usado. Se solicita en vuestro ayuntamiento una vez comprado el vehículo.

      Para aplicar además el IVA reducido al 4%, debes tener acreditada la movilidad reducida como tal, indicando el grado de movilidad, desplazarte en silla de ruedas, pertenecer a la ONCE o disponer de tarjeta de aparcamiento para personas con minusvalía. Si no dispones de algo de esto, no podrás beneficiarte del Iva reducido.

      Aunque no dispongas de carnet puedes solicitar los descuentos a tu nombre y figurar tú como titular del vehículo y como tomador del seguro (eso no quiere decir que tengas que ser tú quien lo conduzca no te preocupes. En el seguro indica como conductor los datos de la persona que lo vaya a conducir y ya está.)

      Salu2 y esperamos haberte aclarado un poco.

  • luis

    Tengo 34% de minusvalia y certificado que lo acredita, me gustaria saber a que descuento tengo derecho en la compra de un coche nuevo.
    Por ahora soy (imdependiente) Gracias.

    • Buenos días

      Con esa minusvalía tienes derecho a:

      – Exención del Impuesto de matriculación en Hacienda (sólo si compras un coche que emita más de 119gr/km de Co2, ya que los que emiten menos, directamente no pagan ese impuesto, tengan o no minusvalía). Se solicita ANTES de la matriculación del vehículo.

      – Y también exención del Impuesto municipal de circulación en tu ayuntameinto. Se solicita después de la matriculación del vehículo.

      Al iva reducido al 4% no tendrías descuento porque para ello hay que tener acreditada además la movilidad reducida, y por lo que comentas no sería tu caso.

      Salu2

  • Ian Jett

    Hola. Muchas gracias de antemano. Tengo una discapacidad reconocida del 37% no es física ni intelectual. Trabajo en en un centro especializado y estaba pensando en comprarme una moto de 390 tengo carnet A. La reducción del iva aplica? Un saludo

  • Maria

    Con una gran invalidez se puede conducir? O si te dan el carnet nos comentan que le quitarían parte de la paga que cobra reposarían otra vez el grado ya que esta adto para conducir?

    • Pues depende de la invalidez, imagino.

      Si te reconocen x grado de invalidez, y pasas el reconocimiento médico para conducir… no creo que haya impedimentos.

      Habría que ver cada caso, imagino.

      Salu2.

  • Carmen

    Hola,acabo de recibir la resolución de incapacidad permanente y quiero saber si con ella puedo pedir en mi ayuntamiento a exención del impuesto para mi coche adquirido con anterioridad a la calificación de incapacidad permanente?

    • Buenos días

      En Hacienda admiten esa resolución como acreditación suficiente que justifica una minusvalía igual o superior al 33% que permite acceder a sus descuentos por discapacidad en la compra de coche.

      Así que en tu Ayuntamiento también debería valer. No obstante, al tratarse de la Exención de un impuesto municipal en este caso, debes confirmarlo con tu ayuntamiento ya que puede haber variaciones en la normativa y condiciones de unos municipios a otros.

      Salu2 y ya nos dirás a ver qué te indican.

  • Dei

    Hola, he leido los comentarios y algunas de mis dudas han quedado resueltas. Debido a mi enfermedad me han dado la incapacidad absoluta y con ello en la resolución enviada por el Inss me dicen que me pertenece una minusvalía igual o mayor al 33% pero no especifica nada mas. Entiendo que me pertenece evitarme el impuesto de matriculación y el imp. de circulación. He solicitado a la Xunta de Galicia que me reconozcan de cuento es mi discapacidad para la obtención de la reducción del iva. Si todo va bien, a finales de este año volveré a trabajar.. por lo tanto:
    1) No se si me la darán
    2) Si llegará a tiempo

    En que se basan para dar el grado de discapacidad?? El estar con el tratamiento de un cáncer que te deja casi sin poder andar se entiende como discapacidad??

    LLegará a tiempo?? gracias de ante mano. Espero que me puedan responder a estas preguntas.

    • Buenos días

      Así es, con minusvalía igual o superior al 33% te corresponde:

      – Exención del Impuesto de matriculación en AEAT (para los vehículos que emiten más de 120gr/km de Co2, ya que los que contaminan menos directamente no pagan ese impuesto. Hay que solicitarlo antes de matricular el coche.

      – Exención del Impuesto municipal de circulación: se solicita en el ayuntamiento.

      El reconocimiento administrativo de la situación de discapacidad y el grado de la misma se solicita en el IMSERSO.

      Puedes ver el procedimiento que siguen para valorar la minusvalía indicado en:

      http://www.imserso.es/imserso_01/autonomia_personal_dependencia/grado_discapacidad/index.htm

      La exención del Impuesto matriculación e IVA reducido deben solicitarse siempre ANTES de la matriculación del vehículo. No se aplican con carácter retroactivo, por lo que si lo solicitas después, no de reembolsarán ese dinero..

      Salu2 y mucho ánimo!

  • Angeles

    Hola, tengo la invalidez permanente total, desde hace años, y quisiera saber si puedo obtener la exención del impuesto de circulación del ayuntamiento, ya que el coche esta a mi nombre, pero yo no conduzco, por mi invalidez, ni tengo el permiso. gracias anticipadas.

  • susana Alamo Talavera

    Hola,
    Con una invalidadez permanente total tienes derecho a alguna decucción en la renta???
    Gracias.

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