Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
5 de febrero de 2018

RAI 2018 (Renta Activa de Inserción): la ayuda para mayores de 45 años de 430€ al mes

La RAI (Renta Activa de Insercción) es una ayuda de 430€ para todos aquellos que se encuentren en paro y ya no tengan derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo.

Se considera una ayuda para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

Vemos qué edad hay que tener para para poder solicitarlo, durante cuánto tiempo se cobra, y demás condiciones a cumplir, y resolvemos las dudas que os surjan sobre ello.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberán buscar activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad.

La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Durante cuánto tiempo se cobra la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2018.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Y si encontrara trabajo?  ¿Perdería la RAI?

Dependiendo de si te haces autónomo o trabajas por cuenta ajena a jornada completa, o si trabajas sólo a jornada parcial pueden darse estos dos casos:

  • Si comienzas a trabajar como autónomo o te colocas por cuenta ajena a tiempo completo, se suspende el pago de la RAI y tienes derecho a una ayuda equivalente al 25 % de la cuantía de la misma durante un máximo de 180 días, sin que ello reduzca la duración de la RAI pendiente de percibir.
  • Si te colocas a tiempo parcial se deducirá del importe de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado y el período pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad, se ampliará en la misma proporción.

Artículos relacionados:

59 comments to RAI 2018 (Renta Activa de Inserción): la ayuda para mayores de 45 años de 430€ al mes

  • Maritza

    El caso mio es en septiembre tiene de cobrar la RAI ahora me llega un documento que tengo que devolver 100,40 euros por pago indebido que consta del 24 de 8 al 30 del 8 por no presentación de documento el dia 24 a mi me llegó una giratoria al inem la cual me presenté con mi DNI y la verdad no leo bien o no interprete bien el documento tambien pedía pasaporte pero pense que era si no tenia DNI le dije al funcionario si te parece te lo traigo mañana hace más de diez años que no salgo al extranjero el funcionario me contestó no hace falta sera por eso que me están cobrando una multa de cien euros cuando no estoy cobrando nada desde septiembre

  • MARIA

    CUANTO TIEMPO PUEDEN DEMORAR EN DAR RESPUESTAA LA SOLICITUD CON TODA LA DOCUMENTACION PRESENTADA SELLADA POR SEPE????
    MUCHAS GRACIAS MARIA

  • luisa gomez

    CUanto tiempo tengo que esperar ala contestecion. Gracias

  • Elena Cuñado

    Mi marido quiere solicitar la RAI. Cumple todos los requisitos. El único que no tenemos claro es el de las rentas. Nuestra unidad familiar somos los dos, y mi nómina es de 1119 brutos incluidas las pagas prorrateadas. En una de las oficinas del SEPE, le informaron que si no superaba los 1120 se la concedían, pero no me cuadra con el 75% del salario mínimo interprofesional. Me podrían informar, por favor. Gracias!!

  • May

    Mi marido cobra 1,450€ con pagas incluidas somos 4 miembros el yo y dos niñas pequeñas yo estoy en paro, yo tendría derecho de cobrar la RAI?

  • maria torres

    Mi madre tiene discapacidad de 40% y empieza ahora a cobrar la ayuda RAI, una vez finalizada la puedo volver a pedir o tengo que esperar a que este 12 meses apuntada en el paro para volver a solicitarla.

  • Leo

    Sigue un vigente esta prestación ? E el SEPE me dijeron que no y que se me ha terminado la ayuda familiar saludos

  • raul torras

    Tengo 55 años discapacitado/ pensionista ipt y acabo la primera rai el 13 de junio (la ultima nomina por cobrar es en julio)después de cobrar esta ultima, tengo 15 días para presentar papeles de renovación?
    y por ultimo tengo hija de menos de 26 años (25) que no vive conmigo , es unidad familiar? si trabaja me influye en max rentas? he de avisar al sepe?.en prestación sepe me pone hija pero no se si todo esto influye.
    gracias ,saludos.

    • No es renovación es solicitar una nueva RAI.

      Puedes hacerlo al día siguiente del último día con derecho a la ayuda.

      No hay plazos, cuando lo pidas, te lo concederán.

      En cuanto al a hija, si no convive contigo… no debe de formar parte de tu unidad familiar.

      Salu2.

  • Rosario Jimenez Jime

    El mes que viene termino los 11 meses de Rai después qué comemos

    • Intenta buscar trabajo, es lo que hay.

      Hay que ponerse las pilas…, no hay más ayudas.

      .. quizás en tu comunidad autonoma existe la ayuda: Renta Social o similar…

  • Ellena

    Quiero saber si tengo.derecho.ala.rai ya que hace 9.años no.trabajo unos.por.enfermedaf. Y otros por la crisis .tengo.una.discapacidad del 69 % y mi esposo gana un mínimo no tiene pagas extras grqci as espero su respuesta

    • Por los datos aportados parece que sí, pero no te podemos garantizar, ya que no expones toda la información necesaria.

      Leete el artículo de arriba y verifica si cumples todas las condiciones.

      SAlu2.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>