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9 de julio de 2018

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), la nueva ayuda de 431€ a desempleado de larga duración

En los Presupuestos Generales del Estado, ya aprobado, se incluye el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), una ayuda de 431€ a los desempleados de larga duración y con cargas familiares que reemplaza la PAE (Programa de Activación para el Empleo).

Esta ayuda entró en vigor, el pasado jueves, día 5 de julio y se puede solicitar desde ya en las oficinas de SEPE.

¿Cuál es a la ayuda?

La duración de la ayuda es de 180 días como máximo.

La cuantía es del 80% del IPREM vigente. En 2018, la ayuda es de 431€ al mes.

¿Quién se puede beneficiar de esta ayuda?

La ayuda está dirigida a los desempleados que previamente no hayan recibido la PAE, que tenga responsabilidades familiares y que se encuentre en algunas de las 2 siguientes situaciones:

  1. Desempleados que haya agotado el subsidio de desempleo desde el 1 de marzo de 2018.
  2. Parados de larga duración inscritas como demandante de empleo a 1 de mayo de 2018 y que hayan extinguido por agotamiento de algunas de las siguientes ayudas:
    • Prestación o subsidio de desempleo.
    • Renta Activa de Inserción (RAI).
    • Programa Temporal por protección por desempleo e inserción (PRODI).
    • Programa de recualificación profesional (PREPARA).

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Depende de cómo accedas a la ayuda:

  1. Supuesto 1) del apartado anterior:
    • Terminas de cobrar un subsidio de desempleo, desde la entrada en vigor de los PGE (5 de julio): dispones de 15 días a partir de que se cumpla 1 mes de espera desde el agotamiento del subsidio anterior.
    • Terminaste de cobrar un subsidio de desempleo entre el 1 de marzo de 2018 y el 5 de julio: Dispones de 5 meses desde la entrada en vigor de la ley (5 de julio).
  2. Supuesto 2) del apartado anterior: Sin plazo, sólo hay que demostrar que en el mes anterior se haya realizado acciones de búsqueda activa de empleo.

¿Se puede solicitar varias veces esta ayuda?

No, la SED sólo se puede recibir una única vez en la vida.

De igual forma, las personas que haya recibido la PAE no puede solicitar la SED.

¿Qué más requisitos exigen?

  • Estar dado de alta en la demanda de empleo.
  • Búsqueda activa de empleo.
  • Carencia de rentas
  • Tener responsabilidades familiares.

¿Qué es tener responsabilidades familiares?

Tener el cónyuge o hijos a cargo.

Se considera que está a cargo, cuando sus ingresos es inferior al 75% del SMI (551,93€ para 2018).

¿Vigencia de la ayuda?

La vigencia de esta ayuda es de 6 meses (hasta el 4 de enero de 2019) pero se prorrogará automáticamente si la tasa de paro esté por encima del 15%.

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190 comments to Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), la nueva ayuda de 431€ a desempleado de larga duración

  • Luis 26

    Buenas, tengo cita en el sepe para registrar la solicitud del subsidio extraordinario. Es tontería que vaya no teniendo cargas familiares verdad? Muchas gracias.

    • Exigen responsabilidades familiares, pero perder nunca es perder tiempo ir por si hay ayuda.

      Si no vas, seguro que es un no, si vas, tienes la posibilidad aunque sea mínima de que sea un sí.

      Salu2.

  • Isabel

    Buenas noches…yo al igual tampoco tengo cargas familiares pero nada cuesta ir…el no ya lo tengo garantizado.los parados sin cargas nos lo ponen algo complicado….. un saludo.

    • Sí, siempre hay que ir, aunque sea sólo para que se den cuenta de que hay otra gente que se quedan fuera por ese requisito y que son muchos.

      Salu2.

  • juanma

    Yo estoy cobrando el subsidio. Pero cuando lo termine de cobrar todavia no he cumplido los 55 años para solicitar el subsidio para mayores de 55 años que si cotiza. Para poder solicitar este subsidio para mayores de 55 años, hace falta estar cobrando el subsidio general. Cobrando el SED también se puede solicitar pasar al subsidio de mayores de 55 años, como pasaría si cobrara el subsidio «convencional»?

  • Carlos Martín

    Buenos días.
    En enero de 2018 terminé de cobrar la segunda RAI, la tercera y última sería en Enero de 2019. Tengo derecho a la SED?. (Si fuera así. Tengo un plazo para presentar la solicitud) Soy padre soltero y tengo a mi cargo un hijo de 21 años quien esta en la Univesidad.
    Agradeciendo vuestra importante labor
    Reciban un saludo

  • eduardo

    hola en el 2015 cobre el prepara ,podria ahora cobrar el sed

  • eduardo

    si en el ultimo 2anos he trabajado 100 dias en medio del subsidio puedo solicitar la SED

  • Miguel Ángel Cazorla Del Toro

    No se lo dan a los que no tienen cargas familiares para que se mueran ya de una puta vez. A ningún estado le interesa tener parados que reciba un ingreso mínimo vital, por eso lo llaman prestación. También llaman riesgo de pobreza a la miseria más absoluta, o riesgo de exclusión social a los que mueren sin nada como es el caso de los parados mayores de 50 años o los más de dos millones de parados que no perciben prestación.

  • Fada

    Hola, tengo más de cuarenta y cinco años y he agotado mi segundo año de R.A.I , no tengo cargas familiares, tengo derecho a alguna ayuda puesto que veo que están saliendo nuevas ¡¡¡Gracias .

    • Según se indica arriba, se puede solicitar la SED si has extinguido la RAI. Lo que no queda claro (en los docuemtnos de SEPE tampoco) es si exige que agotes una RAI o las 3 RAIs que se tiene derecho en la vida para poder solicitar la SED.

      Dicho esto, te recomiendo que acudas a SEPE y lo consultes.

      Si no tuvieras derecho a la SED hasta agotar las 3 RAIs, tienes que esperar 12 meses para pedir la tercera RAI.

      Salu2.

  • Lucia

    Hola he ido al SEPE y me han dicho que ya me llamarían por qué tienen un lío con el programa BAE que aún no saben.yo la verdad es que estoy en 33 termine el prepara en mayo, me pertenece la ayuda y aún así tengo que seguir esperando y tengo un niño de 2 años. Si alguien sabe de qué va el bae. Gracias

  • Abdeslem

    Hola puedo pedir el sed he cobrado el pae desde novembre hasta abril 2018.Gracias .un saludo.

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