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14 de diciembre de 2018

El nuevo subsidio para parados mayores de 52 años no requerirá trabajar previamente entrará en vigor en 2019

El Gobierno y los sindicatos están negociando el nuevo subsidio de desempleo para mayores de 52 años, que flexibilizará los requisitos de acceso y tendrá mejores condiciones para los parados.

Es uno de los puntos recogido en el Presupuesto General del Estado de 2019, y que podría ser aprobado finalmente vía Real Decreto.

Este nuevo subsidio sustituirá el actual subsidio para mayores de 55 años con los siguientes y principales cambios:

  • El actual subsidio de mayores de 55 años, pasará a ser para mayores de 52 años, tal y como estaba antes de 2012.
  • Se exigirá sólo que el solicitante de la ayuda carezca de rentas (75% del SMI), sin importar las rentas de la unidad familiar.
  • El subsidio se pagará hasta la edad de jubilación ordinaria  o hasta que el desempleado opte por una jubilación anticipada. Ahora, el subsidio deja de pagarse cuando el parado alcanza la primera edad con derecho a un prestación contributiva.
  • Cuando se cobra el subsidio de mayores de 52 años, SEPE volverá a cotizar por el desempleado por el 125% de SMI, en lugar del 100% actual.
  • Los parados cobrarán el 100% del subsidio aunque su último empleo haya sido a tiempo parcial.

Acceso a la ayuda

El punto más importante y que dejaba a muchos desempleados sin el subsidio, es que para acceder a la ayuda ya no será necesario que el parado termine de cobrar una prestación o subsidio de desempleo o un empleo de al menos 3 meses y ser despedido de forma no voluntaria.

¿Qué ocurre con las personas que no pudieron acceder a la ayuda por las condiciones más exigentes del subsidio de mayores de 55 años?

Si todo sigue como está escrito, podrán pedir la nueva ayuda de mayores de 52 años sin problemas, gracias al cambio realizado en el «acceso a la ayuda»:

  • Fueron despedidos con menos de 55 años pero mayor de 52 años.
  • Las rentas del cónyuge provocaba que no cumplía las condiciones de carencia de rentas familiares.

Tened en cuenta que el nuevo subsidio NO exige que vengas inmediatamente de un despido o de un despido y después cobrar la prestación o subsidio. Puedes estar en el paro sin cobrar nada y solicitar el nuevo subsidio de mayores de 52 años.

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173 comments to El nuevo subsidio para parados mayores de 52 años no requerirá trabajar previamente entrará en vigor en 2019

  • jose antonio

    tengo 58 he cotizado 22 años entre autónomo y 7 años por cuenta ajena, he estado como fijo discontinuo los últimos 3 años en un almacen de naranjas (me cotizaban 4 días al mes total 36 días esta campaña )asta el 8 de febrero que me di de baja voluntaria por que me salio un trabajo en una empresa de ingeniería (soy delinieante)el contrato es de finalización de obra, se termina el contrato el dia 22, puedo pedir la ayuda a mayores de 52 años??

    gracia

    • El problema es la baja voluntaria y que en este último empleo no vas a durar 3 meses.

      Vete a SEPE y consulta.

      Salu2.

    • Mari

      Hola tengo todos los requisitos para el sudsidio de los 52 pero no pase revisión de paro seguida luego trabaje en 2015 un mes y desde esa fecha he estado pasando revisión del paro tengo derecho al sudsidio gracias

    • Yo creo que esa interrupción del paro, no afecta, al haber trabajado después.

      Vete a SEPE y consulta.

      Salu2.

  • RAFAEL LOPEZ PEREZ

    hola tengo acotizados mas 25 años en regimen general no cobro nada actualmente y tengo 54 años puedo solicitar el nuevo subsidio de los 52 años aunque este sin cobrar nada gracias

  • RAFAEL LOPEZ PEREZ

    hola quisiera decir que sienpre he trabajado en la construccion por regimen general pero el ultimo trabajo fue agricola se cnsidera tambien cuenta ajena muchas gracias

  • José martinez

    Una de las condiciones para el subsidio es haber trabajado 3 meses o mas, mi pregunta es :Si trabajo 3 meses por lo agrario tengo derecho a solicitar el nuevo subsidio de los 52 años?gracias

  • RAFAEL LOPEZ PEREZ

    hola de nuevo tengo una duda cobrando el subsidio de lo 52 años tiene derecho a baja medica y si tiene derecho seguiria cobrando el subsidio gracias

    • Si estás cobrando el subsidio de mayores de 52 años, tienes que estar dado de alta en la demanda de empleo y disponible para trabajar.

      Si por enfermedad, tu médico te da de baja, no hay problemas, tienes que comunicar a SEPE de dicha baja, ellos te suspende de la demanda de empleo (estar de baja y no podrías trabajar) y seguirías cobrando el subsidio.

      Salu2.

  • Alejandro Jimenez del Campo

    El punto más importante y que dejaba a muchos desempleados sin el subsidio, es que para acceder a la ayuda ya no será necesario que el parado termine de cobrar una prestación o subsidio de desempleo o un empleo de al menos 3 meses y ser despedido de forma no voluntaria.
    Tened en cuenta que el nuevo subsidio NO exige que vengas inmediatamente de un despido o de un despido y después cobrar la prestación o subsidio. Puedes estar en el paro sin cobrar nada y solicitar el nuevo subsidio de mayores de 52 años.

    Todo esto que anunciaron ustedes es falso,porque no han eliminado lo de los tres meses.Para ello hay que estar inscrito sin interrumpir desde que se cobra por ultima vez el subsidio.Por favor,estén seguros de lo que informan.Y esto no lo informaron,ya que de esta manera estamos casi peor de lo que estábamos.

    • Nosotros desde aquí ayudamos en lo que podemos y facilitamos la información que recopilamos de diversos medios.

      El nuevo subsidio, NO exige:

      1. Que vengas inmediatamente de un despido o de un despido y después cobrar la prestación o subsidio.

      Puedes estar en el paro sin cobrar nada (dado de alta en la demanda de empleo) y solicitar el subsidio de mayores de 52 años cuando han sacado la ley o cumplir los 52 años después de sacar la ley. No se pudo solicitar la ayuda (cuando cumplía los requisitos) por falta de edad o porque no sacaron la nueva ley.

      2. Nunca hemos dicho que elimine lo de los 3 meses, sino que elimina lo de los 3 meses cotizados de forma INMEDIATAMENTE anterior a solicitar la ayuda.

      Lo que cambiar es el momento de la CAUSA de la ayuda. Antes exigía de forma inmediata, y ahora no hace falta, siempre que estés dado de alta en la demanda.

      Una diferencia sutil, pero muy importante.

      Salu2.

    • Martinez

      Tienes razón el requisito de los 3 meses en realidad sigue en vigor lo único que no tienen que ser de forma inmediata,esto es una traba importante ya que muchos trabajadores por dejadez o ignorancia al no cobrar nada dejan de sellar.Mi opinión debería de bastar con tener la edad y estar parado y tener activa la tarjeta de demanda,otra o duda no se si trabajando 3 meses por el régimen agrario valdría para pedirlo?

    • Puede ser, pero es que es lo único que se exige, si quieres ayudas actuales o futuras, hay que estar dado de alta en la demanda. Sólo hay que hacer un par de clicks en el ordenador cada 3 meses!!!

      En cuanto a lo agrario, en mi opinión no sirve, habría que preguntar en SEPE. Tened en cuenta que por lo agrario se cotiza para desempleo de lo agrario.

      Salu2.

  • Carmen

    Hola, el 17 de mayo cumplo 52 años. Tengo cotizados 16 años, dejé de trabajar en 2013. Ahora en abril tenino de cobrar la segunda ayuda de RAI. ¿puedo solicitar el subsidio de 52 años?

  • pedro

    Buenas tardes, reuno todos los requisitos excepto los tres meses cotizados inmediatamente antes de solicitar el subsidio, o su alternativa, haber tenido continuidad en la demanda de empleo desde el agotamiento de la ultima prestacion por desempleo.
    la única alternativa que me queda es cotizar de nuevo durante tres mese antes de solicitar el subsidio.
    Segun esto me surgen varias dudas:
    1.-¿Este periodo de cotizacion por tres meses tiene que ser forzosamente por cuenta ajena o puede ser como autónomo?
    2.-Y si la respuesta anterior es solo por cuenta ajena…¿puede ser en cualquier régimen: general, agricola (rea) o de empleados de hogar?

    Gracias.

    • 1. Por cuenta ajena.

      2. Se refiere a cotizaciones por desempleo que genere derecho a prestación de desempleo o subsidio de desempleo por el régimen general.

      Salu2

  • RAFAEL LOPEZ PEREZ

    hola y si me dan la baja cobrando el subsidio de los 52 años por enfermedad puedo solicitar para pasar por el tribunal medico y cuanto tiempo tengo que estar de baja gracias

    • Aq te den de baja, sigues cobrando el susbidio hasta que cobres una prestación contributiva.

      Eso sí, al darte de baja médica, tienes que pedir la baja en la demanda de empleo.

      Vete a SEPE y pregunta todo lo que tienes que hacer.

      Salu2.

  • RAFAEL LOPEZ PEREZ

    hola se puede pasar por el tribunal medico sin dalte de baja cobrando el subsidio de los 52 años gracias

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