El pasado martes, la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, ha asegurado que procederá a transferir a la cuenta de los beneficiarios del Bono Social Térmico en «pocas semanas«.
Según Ribera, el proyecto de los PGE (Presupuesto Generales del Estado) de 2019 contempla 80 millones de euros a repartir entre unos 1.115.000 hogares.
La fecha límite para el pago de esta ayuda es el 31 de Marzo de 2019, pero de las palabras de la ministra se deduce que es posible que se cobre en el mes de Febrero.
¿Quién tienen derecho a esta ayuda?
Esta ayuda no es neceserio que se solicite, se otorga directamente a todos los beneficiarios del Bono Social Eléctricos a fecha de 31 de diciembre.
El número de beneficiarios del 2019 será algo más de 1,1 millones de hogares.
¿Cómo se paga?
La administración (autonómica, salvo este primer año que lo hará la estatal) pagará el dinero que corresponda a los beneficiarios durante el primer trimestre de cada año.
Según palabras de la ministra, es posible que los beneficiarios reciban el dinero durante el mes de febrero.
El pago se hará vía transferencia a la cuenta donde tengáis domiciliado el recibo de la luz.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la ayuda del bono térmico depende de la vulnerabilidad de las familias y de la zona climática, pero como mínimo será de 25€. Para la mayoría no llegará a 100€.
Valores definitivos:
Zona | Vulnerable | Vulnerable severo |
Alfa | 25,00 € | 40,00 € |
A | 29,00 € | 46,40 € |
B | 37,68 € | 60,29 € |
C | 59,84 € | 79,74 € |
D | 67,56 € | 108,10 € |
E | 77,46 € | 123,94 € |
¿Familias vulnerables?
Dependiendo de la composición de la unidad familiar y de sus ingresos se cataloga en vulnerables y vulnerables severos. Siendo los segundos con derecho a un 60% más de ayuda.
¿Zona climática?
En función de la rudeza del clima donde resida la familia recibirá más o menos ayuda.
¿Cómo solicitar el Nuevo Bono Social?
El bono social se puede solicitar:
- Por teléfono, a través del número disponible en la página web de vuestra comercializadora.
- En las oficinas de la comercializadora.
- Por fax o a través de la dirección de correo electrónico que comunique la comercializadora de referencia en su página web y en su factura.
- Por correo postal en la dirección que comunique la comercializadora en su página web y en su factura.
- A través de la página web de la comercializadora.
Para la acreditación de las circunstancias especiales el solicitante podrá dirigirse a los servicios sociales del órgano competente o al órgano que designe la Comunidad Autónoma, para que éstos expidan el certificado u otro documento que acredite que se cumple alguna de las circunstancias especiales.
Salvo en el caso de las familias numerosas, los consumidores con bono social deberán renovarlo cada dos años.
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aqui en coruña,estamos ya en octubre y no ha cobrado nadie
tengo concedido el bono social térmico, pero aun no me lon pagado……cuando lo pagaran ???
Gracias
Como tarde, dijeron en diciembre…
Salu2.
Cobrado ayer en Málaga