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12 de abril de 2019

Beneficiarios del subsidio de mayores de 52 años ya han cobrado sin parcialidad, pero no 430€ en Abril

El pasado 13 de marzo entró en vigor la nueva ley del «subsidio de mayores de 52 años«, en el que se otorga el 100% de la ayuda a todos los perceptores de esta ayuda independientemente de la parcialidad de empleo desde que accedió a la ayuda.

Sin embargo, el pago de la mensualidad del mes de marzo realizado en el día 10 de abril, no todos los beneficiarios han cobrado los 430€ (el 100% de la ayuda) y la explicación es sencilla:

Los que tenían concedido la ayuda con parcialidad, se la ha pagado los primeros 12 días de marzo con la parcialidad de siempre, y sólo desde el día 13 de marzo y hasta el 31 de marzo, la ayuda sin parcialidad.

El perceptor habrá experimentado un incremento en su ayuda, pero no los 430€, que sí que lo cobrará en el próximo pago, el día 10 de mayo.

Otros cambios:

  • El subsidio ahora es para mayores de 52 años, aunque no tengan responsabilidades familiares.
  • Se cobrará la ayuda, hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación o hasta que cobre una pensión contributiva.
  • Todos los perceptores cotizarán por el 125% del SMI, en lugar del 100% del SMI.

Condiciones de acceso

El cambio más importante es que los parados que perdieron su empleo antes de cumplir los 52 años, siempre que se mantuvieran dados de alta en la demanda de empleo hasta cumplir los 52 años, tienen derecho a la ayuda.

Las condiciones actuales serán:

  • Cotizar por desempleo al menos durante 6 años a lo largo de su vida laboral
  • Acreditar en el momento de la solicitud que se reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación (tener 15 años cotizados, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de la solicitud).
  • No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).

Se considera inscripción ininterrumpida cuando cada una de las posibles interrupciones haya tenido una duración inferior a 90 días, no computándose los períodos que correspondan a la realización de actividad por cuenta propia o ajena. En este último caso, el trabajador no podrá acceder al subsidio cuando el cese en el último trabajo fuera voluntario.

¿Qué pasa con las personas que pudieron acceder al subsidio, pero no cumplía la edad de 55 años?

Si entonces tenían derecho al subsidio, y el único requisito que no cumplía era la edad de 55 años, ahora puede acceder al subsidio siempre que no haya interrumpido la demanda de empleo.

¿Y los que quedaron fuera por tener ingresos familiares superiores?

También tendría derecho a la ayuda, siempre que no haya interrumpido la demanda de empleo.

¿Habrá retroactividad con estos parados?

No, este Real Decreto entra en vigor hoy, aplicando las nuevas reglas a todos.

¿Hay que hacer algo los que están cobrando el subsidio?

Como hemos dicho, se aplica a todos los beneficiarios, así que los que estuvieran cobrando un subsidio parcial, le deberían de pagar desde hoy el 100% sin tener que hacer absolutamente nada.

Casos dudosos que creemos que no tienen derecho

  • Los que han cotizado 15 años, pero los últimos años de su vida laboral anteriores a cumplir 52 años fueron autónomo
  • Personas que cumpla los 15 años cotizados después de llegar a la edad de 52 años y como autónomo
  • Los que tengan los 15 años cotizados pero 10 de ellos como autónomo por ejemplo, no cumple el requisito de 6 años cotizados para desempleo
  • Los que venían cobrando la renta activa de inserción (RAI) y ahora quieren pasar al subsidio.

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119 comments to Beneficiarios del subsidio de mayores de 52 años ya han cobrado sin parcialidad, pero no 430€ en Abril

  • jjavi

    buenas tardes viendo anteriores consultas sobre prejubilaciones mi consulta es la siguiente estoy recibiendo el subsidioo de 55 años y me han hecho una simulacion en la ss resulta que me dicen que me corresponden 904 euros al adelantar la jubilacion a los 61 que cumplo el 18 octubre de este año pero estando en casa veo que la simulacion me la hacen hasta agosto de este año porque no me incluyen septiembre y los 18 dias de octubre hasta los 61 pudiera ser que cuando vuelva a ir con los 61 años cumplidos me correspondiera algo mas aunque fuera poco un saludo

  • jose

    sabeis cuanto dinero se puede tener en la cartilla recibiendo el subsidio de 55 sin que te lo puedan quitar dicho subsidio un saludo

    • Deberías de tener una barbaridad.

      Lo que se hace es imputarle una rentas si el dinero no genera intereses.

      Como un 3%. Ese dinero imputado habría que dividirlo entre 12 meses. Eso sería las rentas generadas mensualmente y habría que superar el máximo de rentas permitidas.

      Salu2.

  • javi

    buenas tardes como afecta la nueva reforma de pensiones para los que este año nos podemos prejubilar con 61 podriamos seguir igual en 2022 o subirian los computos reductores es decir tendriamos derecho a la actual norma o ya en 2022 no valdria lo del 2021 y por ejemplo nos reducirian mas con 61 y6 meses o 62 años perdon por el lio

  • antonio

    hola estoy hecho un lio leo que por prejubilarte 12 o 24 meses antes te penalizarian mas con las nuevas normas pero he leido que si te prejubilas 4 años antes recibiendo el subsidio de 55 no te aumetaria la penalizacion sabeis algo de esto un saludo y muchas gracias por vuestras orientaciones

  • jose

    hola para aprobar las nuevas pensiones por ejemplo afavor psoe podemos ezqurra y pnv serian mayoria pero para esta reforma les valdria o tienen que estar de acuerdo tambien la oposicion estoy dudando de prejubilarme y estoy al filo pendiente si se apprueva porque mi fecha es el 18 diciembre y para 2022 cambiarian las normas gracias

  • jose

    hola una curiosidad me puedo prejubilar a los 61 he estado en la seguridad social y cuando me han pedido mis datos me comentan que aunque este soltero al tener un hijo a pesar de estar trabajando y tener 35 años me pertenece un complemento de minimos de 27 euros por hijo a parte de la pension llevando el libro de familia sabiais algo de esto un saludo

    • Este complemento para reducir la brecha de género está asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a. Este perjuicio, sufrido de forma abrumadora por las mujeres, de acuerdo con los datos de las carreras laborales analizados por la Seguridad Social, es una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la pensión

      Parte de una cuantía fija de 378 €/año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Es decir, una mujer con un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etc. La cuantía se abonará en 14 pagas.

      Salu2.

  • jose

    hola sabeis si cuando se apruebe las nuevas pensiones de escriba se podra elegir entre la misma o la ley antigua 45/2002 de 12 de diciembre para prejubilarte anticipadamente involutariamente a los 62 recibiendo el subsidio de 52 años en 2022 perdon por el lio gracias

  • lucas

    con respecto al pregunta de jose del 15 septiembre si cuando te jubiles has tenido un hijo te dan 27 euros aunque seas varon y estes soltero pero tienes que demostrarlo con el libro de familia y el carnet de la madre es asi gracias

  • joseluis

    hola me han comentado que van a subir el subsidio en 2022 a 463 que opinais gracias

  • lola

    hola viendo que efectivamente como decis en el anteror comentario van a subir a 463 me ha parecido oir que ademas podrian subir 15 euros mas a 475 por la subida del salario minimo que sabeis gracias por tener esta pagina para orientarnos un saludo

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