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1 de octubre de 2019

¿Cuándo se puede y da derecho a solicitar el Subsidio de Mayores de 52 años?

El subsidio de mayores de 52 años es una ayuda de 430€ al mes hasta la edad de jubilación. Es un salvavidas de las personas mayores que pierden o hayan perdido su empleo.

Es como si fuera una jubilación anticipada, pero con una pensión sensiblemente inferior, pero te garantiza unos ingresos ya de por vida: quien tiene derecho al subsidio tendrá derecho a la pensión de jubilación.

Para acceder a esta ayuda existe varias situaciones:

1. Tener 52 años o más y perder el empleo

Si has perdido el empleo de forma involuntaria, y puedes acreditar cotizaciones de 90 días o más tienes derecho al subsidio de mayores de 52 años siempre que cumplas el resto de los requisitos.

Eso sí, si cuentas con 360 días de cotizaciones o más, cobrarás previamente la prestación de desempleo y después puedes solicitar el subsidio.

El plazo para solicitar la ayuda es de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que cumpla el plazo de espera de un mes o acredite situación legal de desempleo.

El subsidio se paga desde el día siguiente del mes de espera.

2. Tener menos de 52 años y perder el empleo.

Si cumples todo lo del punto anterior, pero resulta que NO tienes 52 años, tienes que mantenerte inscrito en la demanda de empleo de forma ininterrumpida.

Podrás solicitar la ayuda en el plazo de 15 días hábiles siguientes al cumplimiento de dicha edad.

Si cuando cumplas dicha edad estás cobrando otra ayuda, se cambiará a la de mayores de 52 años.

Se considera inscripción ininterrumpida cuando cada una de las posibles interrupciones en la inscripción como demandante de empleo haya tenido una duración inferior a 90 días, no computándose los periodos que correspondan a la realización de una actividad por cuenta propia o ajena.

En el caso de la persona trabajadora por cuenta ajena no podrá acceder al subsidio cuando el cese en el último trabajo haya sido voluntario.

3. Cambio de ley del 13 de marzo de 2019

Si a esa fecha, tenías 52 años y no pudiste acceder al subsidio porque era para mayores de 55 años, tuviste que haberlo solicitado en el plazo de 15 días hábiles siguientes al 13 de marzo de 2019. Cobrarías la ayuda a partir del día 14 de marzo de 2019.

Si no lo solicitaste entonces, aún puedes solicitarlo, si cumples las condiciones y has estado de alta de forma ininterrumpida en la demanda de empleo, eso sí, la ayuda se cobra desde el día siguiente de la solicitud, perdiendo los días desde el 14 de marzo que sí que tenía derecho, pero que no lo solicitaste en tiempo.

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23 comments to ¿Cuándo se puede y da derecho a solicitar el Subsidio de Mayores de 52 años?

  • Miguel Angel

    Buenos días. Tengo una duda sobre el subsidio de desempleo para mayores de 52 años. Si en la actualidad estás con un contrato a tiempo parcial de duración temporal (8 meses), como no se tiene el tiempo cotizado suficiente para cobrar el desempleo, una vez finalizado el mismo:
    – ¿Se puede solicitar en el plazo que corresponda, el subsidio para mayores de 52 años?
    – La cuantía que corresponde por ese contrato a tiempo parcial ¿es la de 430 euros, como se indica en la normativa del Sepe, o se cobra la parte proporcional al tiempo trabajado en ese contrato temporal vencido?
    Gracias y un saludo,

    • 1. Sí, en el plazo de 15 días hábiles. Eso sí, mira a ver si cumples los requisitos. Si no fuera así, podrías optar por un subsidio normal.

      2. La ayuda es siempre de 430€ independientemente de la jornada laboral.

      Salu2.

  • Jorge

    Estoy con subsidio de 52 años voy a vender mi coche por 4000€. Tengo que comunicarlo? Y dividido por 12 me quitaran algo del subsidio gracias

    • No, no es que tengas una ganancia patrimonial, el patrimonio ya lo tenías, simplemente conviertes un bien en dinero.

      Si fuera una vivienda, que puede que se haya revalorizado, te podría influir, pero un coche casi nunca se revaloriza.

      De todas formas, para evitar cualquier problema, comunícalo o pregunte en SEPE antes de hacer nada.

      Salu2.

  • jaime

    Hola
    en madrid están tardando más de 2 meses en dar respuesta a la ayuda para mayores de 52 años. ¿se puede solicitar la RAI también en este tiempo?
    Y, si solicitas la RAI cuando solicitaste la ayuda para mayores de 52, ¿te autoexcluyes de la solicitud dela ayuda para mayores de 52 años?

  • ana

    se tiene que hacer la solicitud de ayuda para mayores de 52 dentro de los 15 días hábiles de haber cumplido los 52 años? O pasados 15 días hábiles de cuando se cumplieron los 52 años
    si no cumples este requisito, se pierde automáticamente la ayuda?
    qué solución hay?
    salu2

    • No, se puede pedir cuando quieras, siempre que tengas 52 años o cumplas los requisitos.

      De hecho cuando tienes 52 años y cumples los requisitos y no lo solicitas en los 15 días, lo único que se pierde son esos días de ayuda, pero conceder, te lo concederán (siempre que te mantengas dada de alta en la demanda de empleo).

      Salu2.

  • ANA

    ana
    POR FAVOR NECESITO UNA RESPUESTA SEGURA PORQUE EN EL SEPE NO ME RESPONDEN CON SEGURIDAD, ME DICEN QUE ELLOS NO DECIDEN, SÓLO INFORMAN…
    es verdad que si tu última cotización ha sido de autónomo quedas excluido de la ayuda para mayores de 52 años?????
    … que si durante los últimos años (10-15) tus cotizaciones han sido por cuenta ajena (autónomo) nos excluyen de esta ayuda

    gracias!!!

    • Nosotros no damos una respuesta segura, sólo te indicamos lo que sabemos o lo que creemos, pero no somos abogados, ni juristas.

      Si tu última cotización es de autónomos, y te das de baja, no estás en situación para pedir el subsidio de mayores de 52 años (existe excepciones, como que has suspedido el cobro del paro para darte de alta y vuelves al paro en el plazo de menos de creo recordar 2 años).

      Tendrías que cotizar 3 meses por cuenta ajena y perder el empleo.

      Salu2

  • Andrea

    hola una pregunta siestas cobrando el subsidio de 52 años, y recibes una herencia familiar te quitan el subsidio de 52 años.gracias.

    • Un herencia es una ganancia patrimonial y se considera rentas.

      Si superas en rentas, te suspende la ayuda, y cuando vuelvas a cumplir los requisitos de renta (al año siguiente), puedes reanudarlo, siempre que te mantengas de alta en la demanda de empleo.

      Salu2.

  • Andriu

    hola mi pregunta es la siguiente tengo 48 años estoy en el paro desde el 2012 tengo 23 años cotizados cuando cumpla los 52 años tengo derecho al subsidio de 52 años. los 52 si o no.

    • Yo creo que sí, siempre que te mantengas dada de alta en la demanda de empleo de forma ininterrumpidamente.

      Si lo interrumpes, has de cotizar 3 meses por cuenta ajena y perder el empleo de forma no voluntaria.

      Salu2.

  • Antonio

    Hola tengo una duda si cobra una herencia antes del subsidio de 52 años tienes derecho al subsidio.52 años.

    • Si ha sido antes de solicitar el subsidio (1 mes antes), no lo van a tener en cuenta.

      Como este subsidio lo puedes pedir cuando quieras, siempre que estés dado de alta en la demanda de empleo, puedes esperar un poco, heredar todo y dejarlo todo bien atado y después solicitarlo.

      Salu2.

  • isabel

    hola mi consulta es la siguiente: acabo de cumplir 52 años y quiero pedir el subsidio,se me acabo el paro y estoy cobrando 6 meses de subsidio del que te dan cuando se te acaba el paro, me dijeron que me esperara a cumplir los 52 años para pedir el de mayores de 52, la cosa es que pedí una vida laboral y me faltan 20 días para los 15 años cotizados, tendré algún problema?

  • agustin

    hola . tengo 52 años tengo cotizados 19 años de los cuales tengo 7 en los ultimos 15 años ,en agosto de 2016 cotize 1 mejes a media jornada ,ahora acabo de termoinar un cotrato de 2 meses tambien a media jornada ,supuestamente creo que tendria derecho al subsidio ya que segun teengo entendido con 90 dias trabajados en los ultimos 6 años aunque sea a jornada parcial tendria derecho ya que tengo cargas familiares , mi duda es que en 2018 cobre la rai y el año pasado cobre el sed ,al cobrar estas ayudas pierdo el mes que tenia cotizado en 2016?

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