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21 de diciembre de 2020

En diciembre o enero el pago de la Prestación por Hijo a Cargo. Depende de tu banco

La Seguridad Social ha dicho claramente que ellos pagarán la Prestación por Hijo a cargo el día 16 de Enero de 2021, aunque puede que cobres antes si tu banco te adelanta el pago.

La Seguridad Social emitirá las nóminas el día 26 de diciembre de 2020 y lo enviará al banco para su pago el día 16 de Enero de 2021.

Quedará en mano de vuestros bancos el querer realizar un adelanto del pago de esta nómina al mes de diciembre, pudiendo ser ese mismo días (no laboral), y en los días siguientes (el 28 el primer día laborable).

Diferentes medios hablan de que Bankia, BBVA, CaixaBank, Santander y algunos bancos más adelantará el pago del IMV al mes de diciembre, una ayuda que reemplaza la prestación por hijo a cargo.

De igual forma, también están adelantando el pago de las ayudas de SEPE (prestación de desempleo de los ERTES por ejemplo). ¿Por qué no también la prestación por hijo a cargo como se hizo el pago anterior, que fue el día 26 de junio, en lugar del día 16 de julio?

Esta información es una pequeña esperanza para las familiares vulnerables, que esperan casi con desespero este dinero para poder darle unas mejores Navidades a sus hijos, que por cierto han sido unos auténticos héroes soportando lo que han soportado y sin quejarse el confinamiento por el COVID.

Repetimos, sólo es una suposición, no os podemos confirmar esta información, ya que los contactos que tenemos en estos bancos tampoco saben absolutamente nada.

¿Quién tiene derecho a esta ayuda?

Los residentes en España con hijos menores de 18 años a cargo y que NO tengan rentas anuales superiores a:

  • Con 1 hijo: 12.313€
  • Con 2 hijos: 14.159€
  • Con 3 hijos: 18.532€
  • Con 4 hijos o más: 18.532€ + 3.002€ (por cada hijo a mayores).

En caso de tener un hijo con discapacidad (puede ser mayor de edad), no hay límite de ingresos en la unidad familiar.

Para mayor facilidad, utilizad la siguiente calculadora para determinar si tienes o no derecho y la cuantía de la ayuda que te corresponde:

¿Cómo se solicita?

Has de rellenar el formulario de solicitud (descargar aquí) y entregarlo junto con la documentación requerida en INSS:

  • DNI o documento de identidad.
  • Certificado de empadronamiento
  • Libro de familia
  • Justificante de ingresos (Declaración de la renta).
  • En caso de separación o divorcio, pareja de hecho, etc, documento que lo acredite.
  • En el supuesto de hijo con discapacidad, título de discapacidad.
  • Familias numerosas, el título que lo acredite.

¿Cuánto tardan en contestarte?

45 días desde la solicitud. Si en ese plazo no te contestan, se considera denegada la solicitud.

¿Cuándo pagan?

Semestralmente, los días 16 de los meses de Enero y Julio.

En caso de ayudas para hijos con discapacidad, mensuales a mes vencido.

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