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6 de febrero de 2019

Miles de multas de radar recurribles, porque la DGT calcula mal la velocidad de los vehículos

Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Pontevedra ha dictado una setencia en contra de la DGT, porque ha estado aplicando incorrectamente los márgenes de error de los radares que ha motivado sanciones tanto económicas como en puntos por encima de lo fijado.

Según este juzgado, «la velocidad captada por los radares y que aparece sobreimpresionada en las fotografías debe corregirse en función del margen de error del cinemómetro”, cosa que no lo está haciendo la DGT.

Según la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre se marca los siguientes márgenes:

Velocidad detectada Margen Rádar Estático Margen Radar en movimiento
Igual o inferior a 100 km/h Restar 5 km/h 7 km/h
Velocidad detectada superior a 100 km/h Restar el 5% Restar el 7%

Hasta ahora se ha utilizado este margen para determinar si se ha cometido infracción o no, sin embargo NO ha utilizado este márgen para imponer el tipo de sanción.

Se aplica directamente la velocidad medida por el rádar sin aplicar el margen.

Lo que ha sentenciado el juzgado es que hay que aplicar este márgen en todas las sanciones.

¿Qué implica esto?

Si nos fijamos en la siguiente tabla de sanciones, si un conductor va en una autovía con límite de 120 km/h y el radar le detecta a 151 km/h, al restarle el margen, deja de ser una infracción de 300€ de multa y 2 puntos menos en el carnet, sin simplemente una multa económica de 100€.

Para recibir la sanción de 300€ habría que ir a más de 158 km/h si el radar es fijo o 162 km/h si el rádar está en un vehículo policial en movimiento.

Límite 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 Multa Puntos
Grave 31 41 51 61 71 81 91 101 111 121 100
50 60 70 90 100 110 120 130 140 150
51 61 71 91 101 111 121 131 141 151 300 2
60 70 80 110 120 130 140 150 160 170
61 71 81 111 121 131 141 151 161 171 400 4
70 80 90 120 130 140 150 160 170 180
71 81 91 121 131 141 151 161 171 181 500 6
80 90 100 130 140 150 160 170 180 190
Muy Grave 81 91 101 131 141 151 161 171 181 191 600 6

Tabla teniendo en cuenta el margen de error RADAR ESTÁTICO (5%)

Límite 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 Multa Puntos
Grave 36 46 56 66 76 86 96 106 117 127 100
55 65 75 95 105 116 126 137 147 158
56 66 76 96 106 117 127 138 148 159 300 2
65 75 85 116 126 137 147 158 169 178
66 76 86 117 127 138 148 159 170 180 400 4
75 85 95 126 137 147 158 168 179 189
76 86 96 127 138 148 159 169 180 190 500 6
85 95 105 137 148 158 168 178 189 200
Muy Grave 86 96 106 138 149 159 169 179 190 201 600 6

Tabla teniendo en cuenta el margen de error RADAR MÓVIL (7%)

Límite 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 Multa Puntos
Grave 38 48 58 68 78 88 98 108 120 130 100
57 67 77 97 107 118,2 129 140 151 161
58 68 78 98 108 119,3 130 141 152 162 300 2
67 77 87 118 129 139,8 151 161 172 183
68 78 88 119 130 141 152 162 173 184 400 4
77 87 97 129 140 151 161 172 182 194
78 88 98 130 140,9 152 162 173 183 195 500 6
87 97 107 140 150,5 161 172 182 194 204
Muy Grave 88 98 108 141 151,6 162 173 183 195 205 600 6

¿Puedo recurrir?

Si tienes una multa y aún no lo has pagado o te llega una, debes de hacer lo siguiente:

  1. Identificar si se trata de un radar móvil o fijo.
  2. Comprueba la tabla de infracciones (la que corresponda).

Comprueba que la sanción impuesta es la correcta, si es negativo, reclama, que ganarás, al menos eso es lo que ha sentenciado este juez.

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