Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
21 de marzo de 2009

Préstamos entre particulares

¿Qué es y para qué sirve un préstamo entre particulares?

Realizar un préstamo entre particulares es una figura muy interesantes y suscita mucho interés entre particulares y más concretamente entre familiares para la adquisición de una vivienda habitual o para el aprovechamiento de los famosos depósitos de bienvenida que muchas entidades españolas ofrecen a los nuevos clientes.

Pero en realidad no existe ninguna diferencia si el préstamo se realiza entre amigos ya que lo importante es que se trata de un préstamo entre particulares sin la intervención de una entidad de crédito y por lo tanto el tratamiento fiscal es la misma tratándose de familiares o no.

¿Hay que tributar en el IRPF los préstamos entre particulares?

Sí, porque hacienda presume, salvo prueba en contra, que quien hace un préstamo recibe unos intereses iguales, al menos, al interés legal de dinero, que durante el año 2008 fue del 5,5% anual, independientemente de que los reciba o no. Esos intereses deben de ser declarados como rendimientos del capital mobiliario y no llevan retención.

¿Se puede hacer préstamos gratuitos y por lo tanto sin necesidad de tributar?

Sí, pero es el contribuyente quien tiene que probar que los intereses son menores al estipulado por ley o inexistentes (préstamos gratuitos o de tipo 0), en cuyo caso no se ha de tributar nada.

¿Cómo se puede probar un préstamo a tipo 0?

Existen 2 vías para probar la gratuidad de un préstamo:

  • Una escritura pública de reconocimiento de la deuda, o de préstamo personal. Este sistema es poco utilizado porque conlleva gastos notariales.
  • Un contrato privado, que se presentará a liquidación por el Impuesto de Transmisiones patrimoniales en la Consejería de Hacienda autonómica (o en el registro de la Propiedad, en poblaciones pequeñas).

Este trámite no conlleva ningún tipo de gasto, salvo el coste del impreso. Se ha de presentar 3 ejemplares del contrato y el impreso correspondiente, con esta mención: préstamo exento en el ITP artículo 45.1.B del RDL 1/93. Una de las copias se lo quedará el fisco y se entregará una copia sellada a cada una de las partes del préstamo.

Además del contrato privado, conviene guardar otras pruebas de la operación, como los resguardos de las transferencias bancarias.

Si no se realiza bien el contrato, el registro en el ITP y resguardos documentales del movimiento del dinero, hacienda puede considerar que en la operación ha habido una donación encubierta, y los impuestos que se ha de pagar es bastante alto.

¿Se puede deducir el dinero de un préstamo entre particulares si se invierte en la adquisición de una vivienda habitual?

Sí. Los préstamos entre particulares no tienen ninguna diferencia en el tratamiento del IRPF con respecto a los prestamos otorgados por las entidades financieras, y por lo tanto, independientemente si el dinero procede de un familiar, amigo o de una entidad de crédito, si el destino del dinero es para la adquisición de una vivienda habitual, el titular del préstamo tendrá derecho a desgravarse por el concepto inversión en vivienda habitual con financiación ajena.

Artículos relacionados:

622 comments to Préstamos entre particulares

  • javier

    Hola:

    Voy a recibir un prestamo de un particular colombiano de 250000 dolares a 120 meses y a un 7 por ciento de interes.Me lo ingresara a traves de un banco en Usa a una cuenta mia aqui en España.tengo que pagar impuestos hacienda? como lo tengo que tributar?.

    Gracias

    • Si eres la persona que recibe un préstamo no tienes que tributar nada, el problema lo tiene la persona que te lo presta y debe de pagar sus correspondientes impuestos.

      Ante estas operaciones internacionales, te recomendamos que acudas a un asesor experto en estos temas para que te ayuden, porque se trata de mucho dinero y asegurarte que todas las clausulas del prestamo sean las adecuadas.

      Salu2.

  • eva

    Hola, ponte en contacto conmigo a mi email.

    Saludos

  • RAFAEL

    Muchas gracias pues me ha sido de gran ayuda.
    Un saludo

  • marmar

    ¿Es posible y legal el préstamo entre cónyuges en régimen de gananciales a interés 0?
    Haciendo la declaración separada y no siendo el préstamo para la compra de vivienda habitual: ¿Cómo tributa la parte prestamista? ¿Y la prestataria?

    Saludos

    • No tiene mucho sentido un préstamo entre cónyuges en gananciales, el dinero es de los 2, salvo la parte privativa…

      De todas formas, los préstamos a tipo 0 no tiene que tributar nada a hacienda.

      Salu2.

  • Juan

    Hola, mi madre me ha prestar 5000€ para comprar un coche, me a hecho una transferencia y no se si eso puede ser un problema para la declaracion de la renta. Es mejor que saque el dinero en efectivo y lo lleve al concesionaro o puedo hace una trasnferencia?

    Gracias y un saludo

    • Al transferirle el dinero por transferencia, hacienda va a saber que le ha dado un dinero.

      Generalmente el fisco no se mete en estos temas cuando la procedencia del dinero es clara.

      Estrictamente hay una donación y habría que pagar los impuestos de donación, pero se podría justificar que tu padre te había prestado el dinero y que en unos días le vas a devolver… o algo similar.

      Salu2.

  • Carlos

    Buenas, un familiar me a dejado 33.000 euros para la entrada de una vivenda en regimen de cooperativa, de los cuales 26.500 me a hecho una transferencia desde su cuenta a la mia y el resto que son 6500 lo ha ingresado en mano en mi cuenta. Si quiero declarar ese dinero para desgravarlo en años posteriores, que cantidad deberia poner? los 33.000 o los 26.500? Solo con rellenar el contrato privado que poneis aqui vale? Esque no se que pasos debo de seguir, pero el prestamo es a tipo de interes 0% y se lo pagaria mes a mes en mano y se haria un recibí. Que cantidad mas o menos me conviene poner a pagar mensualmente?.
    Gracias de antemano y perdon por tantas preguntas.
    Un saludo y feliz navidad a todos.

    • Tal y como se describe en el artículo, haz un contrato privado entre las partes en que se establece el plazo y las cuotas de la devolución del dinero del préstamo. Firmalos, y registralo en hacienda.

      Posteriormente se recomienda realizar transferencias bancarias o ingresos a cuenta para tener un recibo de terceros para justificar la devolución.

      Salu2.

  • roberto

    hola, mi padre me va a donar 30 000 euros para la compra de un terreno, ese terreno sera destinado a la construccion de mi primera vivienda, ¿que pasos devemos de seguir para hacerlo correctamente sin tener problemas con hacienda? se que si el dinero me lo dejara para comprar una primera vivienda ya construida, pagariamos un porcentaje muy pequeño a hacienda por ese dinero, ¿pero es el mismo caso que el terreno primera vivienda aunque aun no se empiece la construccion? por otro lado ¿puedo abrir una cuenta ahorro vivienda y cancelarla cuando compre el terreno con el fin de pagarlo?

    • Yo creo que sí, siempre que el dinero se destine a la inversión en la vivienda habitual, en tu caso construcción de la vivienda habitual.

      Igualmente, la cuenta vivienda sirve también para la construcción de la vivienda habitual.

      De todas formas te recomiendo que lo consultes con hacienda.

      Salu2

  • Javier

    Buenos días:

    He solicitado un préstamo a mi empresa para poder realizar un máster.

    Ahora que todo esta en marcha y le han facturado el coste del máster, me dicen que tengo que devolver el dinero en máximo un año pues sino se verían obligados a cobrarme intereses.
    Me fastidia pues antes de empezar yo les indique como queria ir pagandolo y nadie me dijo que no era posible.

    ¿es cierto que deben cobrarme intereses a partir del año?

    • Eso no existe ninguna norma que lo regulen, depende de cómo hayas pactado con tu empresa.

      Por regla general cualquier préstamo supone el pago de unos intereses.

      Por último decirte, en el Estatuto de los trabajadores establecen lo siguiente:

      1. El trabajador tendrá derecho:

      – Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

      – A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.

      2. En los convenios colectivos se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos.

      Salu2.

  • sergio

    Hola, he realizado un contrato privado en el cual se especifica que yo presto una cantidad economica a otro particular y dicha cantidad sera devuelta en un plazo de 2 años, mi pregunta es si el dinero que yo he prestado no se puede demostrar su procedencia legal (procede de trabajos sin declarar) en el caso de presentar una demanda por no devolmerme el efectivo, qué tipo de problema legal tendria si al final me tuvieran que devolver mi dinero e ingresar en mi cuenta? Habria posibilidad de rapidamente sacar esa cantidad de la entidad bancaria? o si por el contrario el juez decide de devolverme mi dinero que problema tendria si lo mantuviera en mi cuenta?.

    gracias y cuantas mas opiniones mejor…

    • El tema del contrato privado de préstamo es intentar que sea claro ante la vista de Hacienda, es decir, hacer que Hacienda conozca dicha operación para que no os cobren impuestos y por su puesto después poder exigir el cobro del dinero prestado.

      Por lo tanto, es ilógico querer utilizar el dinero negro para esta operación.

      El dinero negro es para ponerlo en una caja fuerta e irlo gastando en el día a día.

      Salu2

  • Eduardo

    hola, quisiera prestar a mis padres 130000€, a un interes de 0% para que los inviertan por mi en un banco claro pagando ellos el irpf del veneficio que produzca esa cantidad. y declarandolo en hacienda con un contrato privado y que me lo van a devolver en 30 años a 311.10€ al mes. ¿esto seria posible y legal?

Leave a Reply to lazaro

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>