¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
| Duración subsidio desempleo | |||||
| Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
| Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
| < 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
| Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
| 45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
| Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
| 24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
| No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
| No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
| Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
| 4 | 80 | 4 | |||
| 5 | 80 | 5 | |||
| 6 | 80 | 21 | |||
| No | n.p. | 6 | 80 | 6 | |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Hola, mi caso es el siguiente: estuve cobrando un subsidio de 349 euros (por tener un hijo de 16 años)ya que al cotizar en el régimen general no tenía derecho a la prestación. Viajé al extranjero 41 dias y me sancionaron por no avisar al INEM a pesar de que luego recurrí y justifiqué el viaje por enfermedad de mi madre. Me han extinguido dicho subsidio y a devolver 1,400 euro. Tengo 59 años y no encuentro trabajo ¿puedo volver a pedir algún tipo de ayuda? ..Me han dicho en el Inem q he perdido todos los derechos ????
Podrás pedir alguna ayuda si vuelves a trabajar y pierdes involuntariamente el empleo.
Salu2.
Buenas si no me dan el certificado de empresa la cotizacion que he tenido en este tiempo reza en el inem o no cuenta?de todas formas no iba a solicitar todavía el subsidio porque me falta 1 mes y algo para los 6 meses, pero mi preocupación es que si el tiempo que he estado y no me han dado los papeles lo tengo en cuenta en el inem… Ya que e estado un mes y medio trabajando y quisiera saber si este mes y medio lo tengo acumulado,espero una respuesta muchísimas gracias
Te tienen que dar lo papeles.
Denuncialo ante el tribunal de lo social.
Perdón me refería al sepe
INEM es el antiguo nombre de SEPE; así que ya te había entendido 😉
Salu2.
Estoy cobrando el paro ya que me han concedido 2 años,y tengo incluida a mi hija de menos de 26 y que estaba en paro,y no cobraba.
Ahora le van a hacer un contrato de seis meses…¿tengo que comunicarlo al sepe? y si es asi…que documento les tengo que aportar para que vean que es cierto que la van a contratar, o solo es ir y decirlo.
saludos.
Debe de comunicarlo a SEPE, ya que puede afectar a la cuantía de la prestación de desempleo.
Si fuera un subsidio, más aún.
Debes de llevarle la información sobre lo que ganará en su trabajo.
Salu2.
Hola,
Tengo 60 años y hace dos años que cobro la ayudo de los 426 euros.
Tengo un hijo de 23 años. Cuando mi hijo cumpla 26 años me quitaran la ayuda por no ser ya carga familiar? o si encuentra un trabajo antes y se independiza me quitaran la ayuda?
Gracias
Depende de la ayuda que estés recibiendo y la situación económica de la unidad familiar.
Lo más normal es que estás cobrando el subsidio de mayores de 55 años que dura hasta la edad de jubilación.
Al dejar el hijo ser una carga (trabajar o mayor de 26 años), deja de formar parte de la unidad familiar. No contara como miembro ni sus rentas cuentan.
Salu2.
Hola toy deseparada y eche la ayuda por mi hija me quede embarazada de otra pareja tengo que renovar la ayuda por la primera o por las dos
No entiendo muy bien el problema.
Vete a SEPE.
Salu2
Hola buenas tardes,estoy cobrando la ayuda de 426 € y he estado trabajando con un contrato de suplencias que ha durado 10 dias y he cobrado 270 €.
Mi pregunta es,si me lo descontaran de los 426€
Gracias
Te descontará 10 días de ayuda.
Una vez que termines de trabajar, has de acudir nuevamente a SEPE para reactivar la ayuda y la demanda de empleo.
Salu2
Hola,
Una pregunta, sepe siempre revisa los ingresos de la unidad familiar? Si un mes no cumple con los requisitos, te lo reclaman y lo tienes que devolver? Cuando tardan en reclamartelo?
Cuidado, eres tú el que tienes que comunicar de los cambios.
Si es el SEPE, te sancionará.
Salu2.
Buenas estoy terminando de cobrar la ayuda familiar de 420€ que se me concedió por dos años…no tengo cotizado 15 años de ninguna manera y tengo 54 años. Me han ofrecido un trabajo de media jornada de 6 meses y tengo una hija a mi cargo. Quería saber si puedo solicitar algo después de este trabajo.Gracias
Después de los 6 meses puedes solicitar nuevamente un subsidio de desempleo.
El de mayores de 55 años no tienes derecho, ya que no tienes 15 años cotizados.
Salu2.
Hola, tengo 50 años. Me han concedido 6 meses de subsidio y me ponen que tengo derecho a 900 días. Mi marido trabaja y tengo dos hijos. Mi pregunta : si mi hijo mayor ( 21 años) encuentra trabajo, me quitan el subsidio?
Si se independiza mi hijo , lo mantengo?
Gracias
Cambiaría la situación familiar y económica.
Habría que estudiar el cambio: si el hijo se emancipa (1 miembro menos y sus rentas no cuenta), la cuantía de sus ingresos, etc.
Salu2.