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29 de junio de 2009

Cómo caza Hacienda a los defraudadores

Sería humanamente imposible que la Agencia Tributaria revisen manualmente la totalidad de las declaraciones que se presentan, las declaraciones que no se presenta por estar exentos, para ello disponen de unos avanzados mecanismos informáticos y tecnológicos para perseguir el fraude tributario.

Sin embargo, existen una serie de “trampas” que los contribuyentes pueden evitar sin muchas complicaciones, al menos para evitar que salten alertas innecesarias en la administración tributaria que conlleve una inspección o recibir las temidas declaraciones paralelas.

Los mecanismos de detección son básicamente tres, mediante el cruce de datos, revisión de declaraciones sensibles y mediante controles aleatorios entre las declaraciones no sensibles a fraude.

Cruce de datos

La mayoría de los datos que hemos de aportar a la agencia tributaria, ésta ya las conocen de antemano mediante un sistema de cruce de datos con otros organismos: Seguridad Social, el Catastro, el Ayuntamiento entre otros.

  • Relación laboral con empresa:
  • Igualmente las personas que mantiene alguna relación laboral con alguna empresa de la que perciben retribuciones, éstas comunican las retribuciones y las retenciones a la Agencia Tributaria.

    También cabe fijarse en los pagos que se consignan en el apartado de “en especie”, ya que luego se cruzan con los que presenta la empresa.

  • Rentas Inmobiliarios:
  • Los intereses que generan en las cuentas, los depósitos bancarios, fondos de inversión o las plusvalías por la compra venta de acciones también son comunicados a Hacienda, ya que los bancos están obligados a comunicar estas retenciones, y por lo tanto, si el contribuyente no lo declara, serán detectados automáticamente por los ordenadores del fisco.

    En este apartado, también es importante estar atento a determinados aspectos en productos de inversión, como los fondos de inversión, sobre todo no incurrir en atribuir la titularidad de los mismos a personas sin capacidad para financiar.

    Hemos de tener especial cuidado con los pequeños ingresos por ridículo que nos parezcan, porque a su sistema informático le da igual si es por una diferencia de 1 o 1.000€, la alerta es igualmente saltada.

    De todas formas, las declaraciones a devolver son por sistema más vigiladas que las a ingresar.

  • Declaraciones no presentadas:
  • La Agencia Tributaria tiene alertas para los contribuyentes que presentaron su declaración los años anteriores y que dejan de presentarlo. Hemos de presentarlo siempre que se esté en los límites de renta que nos obligue a ello. El fisco conoce nuestros datos y nos lo reclamará por supuesto fraude.

  • Proporcionalidad entre ingresos y gastos:
  • Declarar unas ganancias que no guardan proporcionalidad con las deducciones practicadas pone en alerta a los inspectores ante la posibilidad de que parte de los ingresos se esté recibiendo en negro. Si declaras ingresos de 8.000€, no deberías deducirte 9.000€ por la vivienda habitual.

  • Escriturar inmuebles por debajo del precio de venta:
  • Frecuentemente en la compra venta de un inmueble se escrituran el precio por debajo de la operación con el fin de ahorrarse la plusvalía por parte del vendedor y del Impuesto de Transmisión de Patrimonio (I.T.P) por parte del comprador. Hacienda puede detectar estos fraudes, ya que muchas Comunidades Autónomas cuenta con unas tablas de referencia para valorar las viviendas, por lo que si la cifra oficial dista mucho de lo declarado puede conllevar una inspección para descubrir la infracción.

    Otro punto que el fisco puede mirar para detectar el fraude de estas operaciones es las operaciones bancarias que han realizado los intervinientes de esta operación: solicitud de hipoteca, movimientos bancarios.

  • Vivienda habitual y los alquileres.
  • Se puede poner al contribuyente en el punto de mira de Hacienda es declarar rentas procedentes de inmuebles alquilados con excesivos gastos imputados a los mismos.

    Asimismo, si se ha comprado una nueva vivienda habitual habiendo practicado deducción por otra anterior, deberá tenerse presente que las cantidades invertidas en la nueva no será deducibles hasta que no superen las bases de deducción en vivienda habitual de las declaraciones anteriores.

    Hay que extremar también la atención cuando se alquila un piso y se decide no declarar el importe abonados por los inquilinos ya que es posible que estos, sobre todo si son estudiantes o gente joven, soliciten ayudas a organismos públicos que luego declaran. Cuando se produce el cruce de datos, automáticamente el alquiler queda fichado y por tanto al propietario de la misma. Es decir, que aunque luego no declare las rentas, sus ingresos no escapan al ojo del fisco.

  • Errores en los borradores.
  • A pesar de que los borradores lo elaboran el fisco, hemos de comunicar los errores que se observen en el borrador aunque sean beneficiosos para nosotros, ya que la responsabilidad última siempre es del contribuyente. Hacienda puede revisar tu declaración de los últimos 4 años.

  • Donaciones y/o préstamos.
  • Los jóvenes han de vigilar sus ingresos no declarados y obtenidos por donación o préstamo paternos. Tanto en uno u otro caso, se hay que tributar el impuesto de donaciones o la renta de los intereses del préstamo salvo que demuestren que el préstamo sea a tipo 0.

  • Cuentas de gastos de las Pymes.
  • No hay que abusar de los gastos de comida, coches e informática. En lo últimos tiempo la Agencia Tributaria están intensificando sus esfuerzos para evitar que estas empresas engorden su cuenta de gastos.

  • Sociedades inactivas.
  • Es un error habitual y depierta el interés de la Agencia Tributaria el dejar sociedades inactivas y crear nuevas sociedades paralelas con distinta denominación con los mismos socios, misma sede y con distinta denominación. Si existen deudas tributarias pendientes, podría dar lugar a la apertura de un expediente de derivación de responsabilidad, o de sucesión de empresas.

    También los inspectores se fijan en si se producen operaciones entre sociedades matrices y filiales residentes en España y el Extranjero o se constata la utilización de paraísos fiscales como domicilio a efecto de pagos impuestos.

Controles aleatorios

Si no fuera suficiente con los controles anteriores, otra vía para cazar a los contribuyentes es mediante los controles aleatorios, que llevan a cabo periódicamente entre determinados colectivos profesionales estén o no vinculados a asuntos donde se sospecha que puede estarse produciendo fraude como el sector inmobiliario, autónomos y ciertas pymes.

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342 comments to Cómo caza Hacienda a los defraudadores

  • Yolanda martin

    Hola me podría decir si hacienda puede reclamarme la declaración de renta del 2009 en la cual me devolvió 1.200 euros y ahora me pide 800 euros de los cuales se ha cobrado ya de la mitad con la devolución de este año ..no he tenido notificación ninguna hasta el día 26 de agosto mediante carta certificada avisando me De ello ..me han dicho q estoy e senta ya de ese pago podría Ayudarme por favor

  • PATRIICIA ROSELL GUILLART

    Bunas tardes:

    Tengo conocimiento y pruebas que en una asesoría de Valencia trabaja un asesor fiscal que realiza todos los años las declaraciones de la renta a sus clientes enviándolas por internet con su certificado digital a su nombre y las cobra a todos los clientes en B (NEGRO) sin hacerles ninguna factura y por ello no declara el impuesto a Hacienda.
    ¿Se le puede denunciarlo ante la Inspección Tributaria? Ya que claramente esta cometiendo un fraude fiscal contra la Hacienda Pública. ¿Qué le podría ocurrir a dicho sujeto? En caso de que fuera denunciable, como procedería a realizar la denuncia?

    Agradecería que me contestaran a la mayor brevedad posible.

    Un saludo y muchas gracias.

    • Puedes denunciarlo, pero creo que deberías de aportar pruebas.

      Si en caso de que fuera cierto, le haría una inspección y le podría sancionar, y dependiendo de la gravedad, podría incluso ser un delito penado con cárcel.

      Salu2.

  • Uma

    Holaaa,
    Mi caso es que compre una casa en el 2006, en el 2011 la entregue con dacion en pago parcial (aun tengo hipoteca sin casa!!!) y el tema es que revisando los papeles me he dado cuenta que no declararon 11.000€, no sé si la financiera UCI o el vendedor (aunque estabamos los 3 sentados). Se puede denunciar? Mil gracias

  • Beatriz

    Buenos días,

    Mi marido y yo vamos a comprar una casa en la comunidad de Madrid por 80.000 euros, pero está tasada y valorada por hacienda por casi 100.000. El banco que nos ha concedido la hipoteca por el 80% del precio de la vivienda, nos obliga a escriturar por el 90% del valor de tasación, es decir, 90.000. La gestoria nos propone indicar que esos 10.000 de diferencia los hemos dado en arras y que paguemos el impuesto (itp) indicano como base liquiladora 100.000 para evitar la complementaria con sanción e intereses. ¿Esto se puede hacer?
    Gracias por tus comentarios, saludos.

  • francisco martinez

    hola vamos a ver si una senora que cobra 300e de paga y tieneuna vivienda en alquiler en negro que cobra otros 300e y encima cobro los sudsidiosdel paro osea asi ya llega amas demil e mi pregunta es si eso se puede denuciar ante hacienda gracias

  • rodrigo

    buenas Noches.
    Mi caso es que mis padres me donaron en vida un negocio que tenían (bajo comercial + mercancia) y aunque no pasa de los 125.000 € ahora les pide Hacienda que pagen 22.000 €, y que puede presentar fácturas de la compra del local, etc. El caso es que este local fue comprado hace casi 30 años, tuvo hipoteca, y mi pregunta fue una empresa, y por ello todas esas facturas ya se demostraron en su dia, y para Hacienda esto es una ganancia para mis padres, aun siendo pagado con hipoteca hasta hace muy poco,¿Se puede hacer algo contra esto? Me refiero a que todo el fruto de trabajo para comprar un local, luego cuando mueran pagar yo la parte que me corresponda, y ahora encima pagar sin ello haber recibido nada a cambio, para que vale la pena molestarse en esta vida, si te lo va a j… Hacienda todo

    • Lamentablemente es así.

      Cuando se dona o se hereda un bien hay que pagar impuestos de donaciones o de sucesiones.

      Pero hayq eu tener en cuenta que en determinadas comunidades existen exenciones.

      En tu caso, al tratarse de una cuantía tan alta, te recomiendo que acudas a una asesoría fiscal para que te ayude a defenderte ante Hacienda y de esta forma pagar lo mínimo posible.

      Ten en cuenta que, como te ha «pillado» además de lo que tienes que pagar, habrá sanción.

      Salu2

  • maria

    En febrero de 2014 me notifican desde hacienda que presente facturas y documentos de pago y cobro de los años 2009 a 2011.
    Presenté la documentación y hasta la fecha no me han notificado nada.
    Prescribe? Que pasa después?
    Gracias!!

  • fernando

    Me llego una carta el otro dia de la agencia tributaria porque me tenia un error en la renta del 2010. Suopongo yo que era porque tenia a mi hijo solo a mi cargo en lugar de con mi pareja. Otra cosa que note ahora es que en la declaracion me pone conjunta en lugar de individual, eso q significa? yo no estoy casado ni pareja de echo ni nada. Vivo con mi pareja desde hace 10 años y a mi nunca me pidieron ningun dato de ella como para hacerla juntos, ademas que yo nunca dije ni cambie nada para hacerla conjunta, se cambio eso desde que nacio en 2009 nuestra hija. Es decir me reclaman ademas del error de mi hija, el echo de tenerla conjunta?????? Hoy mismo le llego una carta a mi pareja y supongo q sera por algo igual, aunque ella si que tiene a la niña en al 50, pero su declaracion dice conjunta tambien. Que es eso de conjunta exactamente? la del 2010 no prescribio ya?

    • Da igual quien te haya hecho la declaración.

      En el momento de firmar, aceptas que la declaración es correcta y asumes toda la responsabilidad.

      Todo apunta que has hecho la declaración incorrecta. Al ponerlo conjunta te has aprovechado de unas deducciones que no tenías derecho y ahora te lo reclaman.

      Te tocará pagar lo que te corresponda, intereses de demora y una sanción.

      Aceptalo y beneficiate de la reducción. No tienes nada que hacer.

      Salu2.

  • angel

    Hola, vivo en un piso alquilado, en mi contrato de alquiler soy el único inquilino, y, aunque no tengo autorización por escrito para subarrendar la casera lo sabe y me lo permite. Recientemente mi compañero de piso me ha pedido un recibo de lo que me paga de habitacion para pedir una ayuda al alquiler al ayuntamiento. Podria el ayuntamiento cruzar datos solo con ese recibo? Que consecuencias podria tener para mi, o para la casera que creo que cobra el alquiler en negro?
    Gracias

  • santiago

    mi padre fallecio en agosto 2014 pero la herencia no se ha firmado hasta principios del 2015. debo incluir en la renta del 2014 la herencia?

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