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29 de junio de 2009

Cómo caza Hacienda a los defraudadores

Sería humanamente imposible que la Agencia Tributaria revisen manualmente la totalidad de las declaraciones que se presentan, las declaraciones que no se presenta por estar exentos, para ello disponen de unos avanzados mecanismos informáticos y tecnológicos para perseguir el fraude tributario.

Sin embargo, existen una serie de “trampas” que los contribuyentes pueden evitar sin muchas complicaciones, al menos para evitar que salten alertas innecesarias en la administración tributaria que conlleve una inspección o recibir las temidas declaraciones paralelas.

Los mecanismos de detección son básicamente tres, mediante el cruce de datos, revisión de declaraciones sensibles y mediante controles aleatorios entre las declaraciones no sensibles a fraude.

Cruce de datos

La mayoría de los datos que hemos de aportar a la agencia tributaria, ésta ya las conocen de antemano mediante un sistema de cruce de datos con otros organismos: Seguridad Social, el Catastro, el Ayuntamiento entre otros.

  • Relación laboral con empresa:
  • Igualmente las personas que mantiene alguna relación laboral con alguna empresa de la que perciben retribuciones, éstas comunican las retribuciones y las retenciones a la Agencia Tributaria.

    También cabe fijarse en los pagos que se consignan en el apartado de “en especie”, ya que luego se cruzan con los que presenta la empresa.

  • Rentas Inmobiliarios:
  • Los intereses que generan en las cuentas, los depósitos bancarios, fondos de inversión o las plusvalías por la compra venta de acciones también son comunicados a Hacienda, ya que los bancos están obligados a comunicar estas retenciones, y por lo tanto, si el contribuyente no lo declara, serán detectados automáticamente por los ordenadores del fisco.

    En este apartado, también es importante estar atento a determinados aspectos en productos de inversión, como los fondos de inversión, sobre todo no incurrir en atribuir la titularidad de los mismos a personas sin capacidad para financiar.

    Hemos de tener especial cuidado con los pequeños ingresos por ridículo que nos parezcan, porque a su sistema informático le da igual si es por una diferencia de 1 o 1.000€, la alerta es igualmente saltada.

    De todas formas, las declaraciones a devolver son por sistema más vigiladas que las a ingresar.

  • Declaraciones no presentadas:
  • La Agencia Tributaria tiene alertas para los contribuyentes que presentaron su declaración los años anteriores y que dejan de presentarlo. Hemos de presentarlo siempre que se esté en los límites de renta que nos obligue a ello. El fisco conoce nuestros datos y nos lo reclamará por supuesto fraude.

  • Proporcionalidad entre ingresos y gastos:
  • Declarar unas ganancias que no guardan proporcionalidad con las deducciones practicadas pone en alerta a los inspectores ante la posibilidad de que parte de los ingresos se esté recibiendo en negro. Si declaras ingresos de 8.000€, no deberías deducirte 9.000€ por la vivienda habitual.

  • Escriturar inmuebles por debajo del precio de venta:
  • Frecuentemente en la compra venta de un inmueble se escrituran el precio por debajo de la operación con el fin de ahorrarse la plusvalía por parte del vendedor y del Impuesto de Transmisión de Patrimonio (I.T.P) por parte del comprador. Hacienda puede detectar estos fraudes, ya que muchas Comunidades Autónomas cuenta con unas tablas de referencia para valorar las viviendas, por lo que si la cifra oficial dista mucho de lo declarado puede conllevar una inspección para descubrir la infracción.

    Otro punto que el fisco puede mirar para detectar el fraude de estas operaciones es las operaciones bancarias que han realizado los intervinientes de esta operación: solicitud de hipoteca, movimientos bancarios.

  • Vivienda habitual y los alquileres.
  • Se puede poner al contribuyente en el punto de mira de Hacienda es declarar rentas procedentes de inmuebles alquilados con excesivos gastos imputados a los mismos.

    Asimismo, si se ha comprado una nueva vivienda habitual habiendo practicado deducción por otra anterior, deberá tenerse presente que las cantidades invertidas en la nueva no será deducibles hasta que no superen las bases de deducción en vivienda habitual de las declaraciones anteriores.

    Hay que extremar también la atención cuando se alquila un piso y se decide no declarar el importe abonados por los inquilinos ya que es posible que estos, sobre todo si son estudiantes o gente joven, soliciten ayudas a organismos públicos que luego declaran. Cuando se produce el cruce de datos, automáticamente el alquiler queda fichado y por tanto al propietario de la misma. Es decir, que aunque luego no declare las rentas, sus ingresos no escapan al ojo del fisco.

  • Errores en los borradores.
  • A pesar de que los borradores lo elaboran el fisco, hemos de comunicar los errores que se observen en el borrador aunque sean beneficiosos para nosotros, ya que la responsabilidad última siempre es del contribuyente. Hacienda puede revisar tu declaración de los últimos 4 años.

  • Donaciones y/o préstamos.
  • Los jóvenes han de vigilar sus ingresos no declarados y obtenidos por donación o préstamo paternos. Tanto en uno u otro caso, se hay que tributar el impuesto de donaciones o la renta de los intereses del préstamo salvo que demuestren que el préstamo sea a tipo 0.

  • Cuentas de gastos de las Pymes.
  • No hay que abusar de los gastos de comida, coches e informática. En lo últimos tiempo la Agencia Tributaria están intensificando sus esfuerzos para evitar que estas empresas engorden su cuenta de gastos.

  • Sociedades inactivas.
  • Es un error habitual y depierta el interés de la Agencia Tributaria el dejar sociedades inactivas y crear nuevas sociedades paralelas con distinta denominación con los mismos socios, misma sede y con distinta denominación. Si existen deudas tributarias pendientes, podría dar lugar a la apertura de un expediente de derivación de responsabilidad, o de sucesión de empresas.

    También los inspectores se fijan en si se producen operaciones entre sociedades matrices y filiales residentes en España y el Extranjero o se constata la utilización de paraísos fiscales como domicilio a efecto de pagos impuestos.

Controles aleatorios

Si no fuera suficiente con los controles anteriores, otra vía para cazar a los contribuyentes es mediante los controles aleatorios, que llevan a cabo periódicamente entre determinados colectivos profesionales estén o no vinculados a asuntos donde se sospecha que puede estarse produciendo fraude como el sector inmobiliario, autónomos y ciertas pymes.

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342 comments to Cómo caza Hacienda a los defraudadores

  • yovany

    Hola a todos, me gustaría saber si hay alguna sentencia del tribunal supremo por la cual se ANULA el certificado policial y declaración jurada de los vecinos,haciendo referencia a vivienda habitual.De hecho y asta el momento hacienda me lo sigue denegando.
    GRACIAS POR TODO.

  • yovany

    Pues a un asesor si,pero no lo sabe,aunque esta sorprendido por la negacion de hacienda,ahora pasare al tribunal de hacienda y si no me lo da por valido tendre que ir al juzgado.
    Por eso busco sentencias en las cuales el juez de por validas dichas pruebas.
    La verdad es increible que hacienda diga que la policia hace las investigaciones basadas en hechos incontrolables…
    Ahora busco sentencias para ver,,,es importante para presentarselas ante el tribunal
    .GRACIAS ,si alguien puede ayudar,,,,

    • Sentimos no poderte ayudar ya que no solemos leer sentencias judiciales.

      Pero lo que nos cuentas nos parece increíble y te deseamos suerte.

      A ver si alguien que lea este blog te puede echar una mano.

      Salu2.

  • alfredo

    hola soy autonoma y el año pasado tuve un cliente intracomunitario y cobre 4 ingresos
    2 son de 180 uno de 1000, y otro de 3200, dada la cantidad y al no estar dada de alta en intracomunitarios,- la verdad es que no tenia ni idea del tema -,
    no lo puse en la declaracion de la renta de este año,

    pero ahora me han dicho que hacienda recibe de los bancos todas las transferencias y cualquier otro tipo de operacion de mas de 3000 en un modelo que ha salido este año no se si era el 171 , ¿podrias decirme si esto es asi?

    ¿crees que podrian llamarme por esto o sulen mirar que sean cantidades mas altas o sean varias transferencias?

    Habia pensado en caso extremo hacer una declaracion complementaria y incluirlo ,pero como tengo que sumarlo a la base imponible con el resto de ingresos integros , yo no se si eso va a ser al final peor y me llamen porque no coincide la base imponible de la renta con el 390 o incluso la base imponible de la renta con las retenciones practicadas (tengo un epigrafe profesional y me retienen un 15 % en todas las facturas que emito).
    ¿como lo ves seria mejor hacer la complementaria o como comentaba antes esto hara que haya un descuadre y les salte la alerta a ellos? ,la verdad es que estoy de los nervios y no se que hacer , te rogaria a ver si me puedes hechar una mano
    Muchas gracias .

  • SONIA

    Hola a todos, hablais de que hacienda controla las ingresos de mas de 3000, pero si tu tienes una serie de ingresos a lo largo del año , como distingue hacienda si es un ingreso no declaradi de los que tu declaras , porque aunque sumara los ingresos superiores a 3000 , tu puedes tener factutas de 2000 de 1000, que al final del año suman mas que las de 3000, podrias aclararme como controla esto hacienda?

    Gracias.

  • alfredo

    muchas gracias por tu rapida respuesta solo una duda.
    Entonces si presento la complementaria al no coincidir la base imponible de la renta (los ingresos integros) con el modelo 390 ,¿es seguro que salta la alarma informatica de forma automatica? . y me llamen o no es necesario que coincidan

    • Sí que es necesario que coincidan, pero la infracción porque no coincida es menor que por no declarar un benenficio y te pillan.

      Te recomiendo que acudas a la Agencia Tributaria o pidas la ayuda de un asesor fiscal para que te arreglen los papeles con Hacienda.

      Salu2.

  • Yol

    Hacienda me ha mandado una carta pidiendome la copia de mi escritoria, empadronamientos, etc. Yo tengo un piso al 50 % me separé de mi pareja y he seguido deduciendome la vivienda en la declaración, me empadrone en Barcelona para tener derecho a un aparcamiento en zona verde, ya que trabajo alli. Que puede exigirme hacienda?

  • Renata

    Hola tenía una declaración de la renta a devolver, al no ingresarla he preguntado y me han retenido la renta de este año por discrepancia en la deducción de vivienda. Mi renta la hacía una entidad financiera con la que tengo la nómina y nunca me dijo nada de tener que vivir en ella, es mi primera vivienda pero nunca he residido allí por motivos de trabajo, estoy totalmete sorprendida y preocupada.
    Mis preguntas son:
    1.- que me puede pasar en el mejor y peor de los casos
    2.- cuantas declaraciones me pueden revisar
    3.- cómo calculo yo el importe de deduccion que me han practicado en la declaracion para saber que tendría que devolver
    4.- si de veras están mal hechas las declaraciones no ha habido ninguna mala intencion, eso influye en algo
    Gracias

    • 1. Si no vives en dicha vivienda, entonces no es tu vivienda habitual y te tocará devolver todo lo deducido por dicha vivienda desde que lo compraste con un máximo de 4 años reclamables.

      2. Te pueden revisar hasta de 4 ejercicios.

      3. Tienes que aplicarle un 15% sobre lo que hayas pagado anualmente en la hipoteca (en algunos casos es algo más). ¿Por qué no revisas las declaraciones de años anteriores, allí viene lo que te has deducido anualmente.

      4. La no intención o el desconocimiento no te exime de cumplir la ley.

      Salu2

  • Renata

    Hola de nuevo, he estado mirando y pago unos 6500 euros de hipoteca al año, aproximadamente 3800 son de amortizacion y 2700 de intereses ¿cuanto me habrá deducido hacienda por la vivienda?
    Perdonar por tanta interveción es que estoy preocupada.
    Gracias de nuevo.

    • Te tocará devolver aproximadamente un 15% de 6.500 euros anuales, es decir, 975€.

      Además te impondrá intereses de demora que será aproximadamtne un 5% sobre el importe defraudado por cada año.

      Adicionalmente te impondrá una sanción.

      Salu2.

  • Renata

    Muchas gracias por la información que me habéis dado. Quisiera haceros otra consulta. Yo estoy divorciada y tengo un hijo de mi primer matrimonio, después tuve otro hijo con otra pareja. La declaración me la hacen con el primer hijo a mi cargo y el segundo hijo al 50%.

    Me han comentado que con el primer hijo podría hacer una declaración conjunta (no se lo qué es) y me saldría bastante bien, y que si hacienda me revisa puedo pedir me revisen todo y me hagan la conjunta con el mayor.
    1.- Es posible hacer una conjunta con mi hijo mayor de 13 años.
    2.-En caso de revisarme hacienda la declaración, puedo decir que me hagan la conjunta ya que en eso también había un error y así no me saliese a pagar tanto.
    Un saludo y muchísimas gracias por vuestra ayuda.

  • daniel

    Muy buenos días.

    Hoy recibí a pagar 5.750€ referente a la declaración IRPF del año 2006.
    Me han dicho que solo se pueden reclamar los 4 últimos años.
    ¿Es así?
    Y hace una y dos semanas las del 2009 y 2008, respectivamente: 1500€ y 910€.
    No tengo dinero ni para comer ya que salgo de un divorcio y la vente de la casa ha sido desastrosa y hemos tenido que pedir un préstamo adicional. Pago un alquiler, ese préstamo, unas tarjetas de crédito, otros gastos básicos, comer y demás. y solo gano unos 1450€ mensuales con pagas incluidas. No tengo bienes ningunos, ni casa ni coche, nada de nada.
    Tengo toda la documentación de todos los años, lo que pasa es que tanto en tenerife que aquí en Madrid me la redactaron en el Corte Inglés y la verdad que las personas que están allí no parecen muy enterados ya que se van consultando el uno el otro y poniendo cara de «no se».
    Así que me temo que algo está mal hecho o que hacienda quiere recaudar como y donde sea.

    Saludos, Daniel Baratella Rossi
    danybora@gmail.com

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