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22 de septiembre de 2009

Prestación del desempleo: penalizaciones por no renovar la demanda de empleo

Uno de los pocos requisitos que exige la Oficina del Empleo durante el periodo de recepción de las prestaciones del desempleo es ir puntualmente a sellar la demanda de empleo. Su no renovación es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal penalice con la denegación del pago de una, tres o seis mensualidades en función de la reincidencia de esta inflación.

La renovación de la demanda es una obligación de los beneficiarios de prestaciones de desempleo. Por ello, el olvidar renovarla en fecha (salvo motivo de fuerza mayor) es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal inicie un procedimiento sancionador por infracción leve cuya penalización (tiempo sin prestaciones) depende de la reincidencia:

  • Un mes: si es la primera vez que se incumple.
  • Tres meses: si es la segunda vez
  • Seis meses: si es la una tercera
  • Pérdida total del derecho: si se produce un cuarto incumplimiento.

Para los supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción, cuando entre la comisión de una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.

En el caso de haber solicitado o ser beneficiario del programa de Renta Activa de Inserción, la no renovación de la demanda supone la baja definitiva desde el primer incumplimiento.

En definitiva, no hay que olvidarse de ir puntualmente a sellar la demanda de empleo, ya que el dinero nunca sobra, y menos cuando uno se está en el paro.

Debátelo en el: Foro de Trabajo.

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828 comments to Prestación del desempleo: penalizaciones por no renovar la demanda de empleo

  • javier

    olvide sellar la demanda de empleo cuando estaba cobrando el subsidio,era la segunda vez que me pasaba y se que me penalizan eso fue en febrero de 2009 cuando me quedaban 2 meses para su finalizacion despuesde eso no volvi a sellar asta octubre o asi y ahora solicite el prodi y me lo han denegado porque no termine de cobrarlo ¿puedo hacer algo?

    • No puedes hacer nada.

      En primer lugar estás fuera de plazo para poder solicitar el prodi, en tu caso tenías 60 días desde que se publicó en el Boletín Oficial de Estado (BOE) del Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto.

      En segundo lugar, por no sellar la segunda vez la demanda, te tienen que penalizar 3 meses, y como sólo te quedaba 2 meses, te falta 1 mes de penalización.

      Salu2.

  • María

    Buenos días,

    Tenía que haber ido a sellar la tarjeta del paro el 19 de febrero pero estuve durante este tiempo enferma y luego se me ha pasado ir a sellarla, por lo que ha pasado 1 mes, tengo alegaciones suficientes por parte del medico, ¿a alguien le ha pasado algo similar y ha podido recuperar la prestación?.

  • miller

    hola estoy cobrando la ayuda de los 426 € y se me ha olvidado renovar y asta el lunes no puedo ir y habran pasado 7 dias pierdo toda la ayuda o sloun mes?? estoy muy preocupado si alguien le ha pasado igual compartamelo gracias

    • Seguramente te penalizarán que consiste en no percibir el subsidio durante 1 mes si es la primera vez que te ocurre, salvo que puedas demostrar que ha sido por fuerza mayor.

      Salu2.

  • maikel

    mi pregunta es:tenia k sellar la demanda de empleo el dia 15/3/2010/ y se me ha pasado voy a ir el lunes el viernes de esa misma semana era fiesta dia del padre me prodian decir si me van a quitar el subsidio por pasarme 4 o 5 dias porfavor responderme estoy acojonado ya que tengo k pagar cosas sabeis si con un justificante medico valdra muchas gracias un saludo

    • Te pueden sancionar con 1 mes sin cobrar por no sellar en el día que corresponde.

      Si tienes una causa mayor como estar enfermo, es suficiente justificación por no haber sellado en el día.

      Salu2.

  • Carlos

    maikel,

    Yo tenía que sellar el viernes pasado (día 12) y he podido sellar hoy viernes (día 19).

    No ha habido problema ni ha hecho falta ningún justificante médico (que ya tenía preparado gracias a un colega que es médico).

    Ya puedes dormir tranquilo. Eso sí, el lunes puntual.

    • Eso depende de cada comunidad autónoma que tienen cedido el procedimiento de renovación de las demandas de empleo.

      Algunas comunidades son más flexibles que otras, pero la regla general es que tienes que sellar en el mismo día que figura en la demanda.

      Salu2.

  • Carlos

    Bueno pues, los que sean de la comunidad autonómica de Cataluña, tienen 1 o 2 días de plazo para sellar (y hasta 7 en mi caso)

  • maikel

    perdona carlos pero tu de que comunidad eres porq estoy cagao tio encima es mi ultimo mes de cobro y estoy un pokino angustiao ya k se me viene encima la letra del coche un saludo carlos gracias.

    • Carlos

      Soy de Cataluña. No creo que te digan nada.
      De todas formas, el mes que viene lo vas a cobrar igualmente. El que no cobrarias (en caso de falta), sería el segundo mes.

  • Kike

    Hola:

    Acabo de recibir una notificación por pérdida de la prestación un por un mes. Os cuento mi situación. En octubre me hicieron un contrato a media jornada con el que aún estoy trabajando y, me comentaron que podía compatibilizarlo con el cobro de la mitad del subsidio. Presenté la solicitud y me lo concedieron. El caso es que al echar la solicitud pregunté que si era necesario renovar la demanda de empleo y, me dijeron que no, que si estaba trabajando no era necesario. Con esa contestación, me quedé conforme y, no me he preocupado de renovar ni en diciembre 14/12 que me tocaba ni ahora en marzo 14/03 que también me hubiera tocado. El 18 me llegó la carta de propuesta de suspensión y, sinceramente, no entiendo nada.

    Por un lado, me dijeron que, si estaba trabajando no hacía falta. Por otro lado, los días que tenía que renovar o, era domingo (14/3) o lunes (14/12) y de lunes a jueves trabajo. Ahora no sé qué hacer, con éste procedimiento que me ha llegado y, el que seguramente me llegará por el de este mes. Sé que puedo presentar alegaciones debidamente justificadas por escrito para evitar el procedimiento sancionador pero, qué podemos entender por alegaciones debidamente justificadas…

    Muchas gracias por vuestra ayuda

    • Las alegaciones que puedes presentar entre otro son:

      – Enfermedad.
      – Entrevista de trabajo y por lo tanto ese día no podías acudir.
      – Coincidencia horario trabajo tiempo parcial e INEM.

      Cuando la fecha de renovación cae en domingo, puedes acudir el lunes.

      Salu2

  • KIKE

    Hola:

    Visto que estás bastante puest@, me lanzo con otra duda que me ha surgido. Al no haber «fichado» el 14/12/2009, me pone que de forma cautelar causo baja desde 14/12/2009. Como la notificación me ha llegado el 20/03/2010, ¿se considerará como segunda falta el no fichar el 14/03/2010 o, al estar de baja cautelar no cuentan las fechas posteriores hasta que no resuelva esta primera?

    Muchas gracias, de nuevo.

  • kim

    hola. tube que sella el 10 de marzo de este año pero no mire bien la fecha de sellado. hoy dia 23 he ido al inem y me han dicho que voy ha recibir una carta de sancion. mi pregunta es: si estar en tratamiento psicologico vale como alegacion a mi falta como causa mayor?
    gracias.

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