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28 de octubre de 2009

Herencia legítima: derecho de sucesión o línea de sucesión

El patrimonio de una herencia se divide legalmente en tres partes: la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición. Explicamos en este artículo todas las dudas referentes a la herencia legítima y cual sería el orden y los derechos de sucesión de los herederos forzosos dentro una dentro de una familia.

¿De qué partes consta una herencia?

El patrimonio de una herencia se divide por disposición legal en tres tercios: la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición.

  • La legítima: es la parte de los bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, ya que por ley se reserva a los denominados herederos forzosos, salvo que el testador decida desheredarlos expresamente.
  • La mejora: puede emplearse para favorecer en especial a alguno o algunos hijos o descendientes. Si no se especificara nada al respecto, incrementaría la cuantía de la legítima.
  • El tercio de libre disposición: con el cual el testador podrá hacer lo que crea conveniente.

¿Quiénes serían los herederos forzosos?

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

¿Cuándo tiene lugar la sucesión legítima?

  • Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido después su validez.
  • Cuando el testamento no especifica la institución de heredero en todo o en parte de los bienes.
  • Cuando falta la condición puesta a la institución de heredero, o éste muere antes que el testador, o renuncia a la herencia sin tener sustituto y sin que haya lugar al derecho de acrecer.
  • Cuando el heredero instituido es incapaz de suceder.

Por tanto, a falta de herederos testamentarios, la Ley defiere la herencia a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.

¿Cómo se determinan los niveles de sucesión?

La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones, de forma que cada generación forma un grado.

La serie de grados forma la línea, que se distingue en descendente y ascendente.

Descendente: une al cabeza de familia con los que descienden de él.

Ascendente: une a una persona con aquellos de quienes desciende.

Los parientes que se hallen en el mismo grado heredarán por partes iguales, salvo si concurriere doble vínculo (parentesco por parte del padre y de la madre conjuntamente), en cuyo caso aquéllos tomarán doble porción que éstos en la herencia.

Si hubiere varios parientes de un mismo grado, y alguno o algunos no quisieren o no pudieren suceder, su parte acrecerá a los otros del mismo grado.

¿Cuál es el orden de sucesión de la línea descendente?

La sucesión corresponde en primer lugar a la línea recta descendente.

Los hijos y sus descendientes suceden a sus padres y demás ascendientes sin distinción de sexo, edad o filiación.

Los hijos del difunto le heredarán siempre por su derecho propio, dividiendo la herencia en partes iguales.

Los nietos y demás descendientes heredarán por derecho de representación, y, si alguno hubiese fallecido dejando varios herederos, la porción que le corresponda se dividirá entre éstos por partes iguales.

Si quedaran hijos y descendientes de otros hijos que hubiesen fallecido, los primeros heredarán por derecho propio y los segundos por derecho de representación.

¿Cuál es el orden de sucesión de la línea ascendente?

A falta de hijos y descendientes del difunto le heredarán sus ascendientes.

El padre y la madre heredarán por partes iguales.

En el caso de que sobreviva uno solo de los padres, éste sucederá al hijo en toda su herencia.

A falta de padre y de madre sucederán los ascendientes

Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.

Si los ascendientes fueren de líneas diferentes, pero de igual grado, la mitad corresponderá a los ascendientes paternos y la otra mitad a los maternos.

En cada línea la división se hará por cabezas.

¿Y si no hubiera familiares ascendientes ni descendientes?

En ese caso heredarán el cónyuge y los parientes colaterales según el orden que indicamos:

A falta de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente, salvo que éste estuviera separado judicialmente o de hecho.

Los hermanos e hijos de hermanos suceden con preferencia a los demás colaterales.

Si no existieran más que hermanos de doble vínculo, éstos heredarán por partes iguales.

Si concurrieren hermanos con sobrinos, hijos de hermanos de doble vínculo, los primeros heredarán por cabezas y los segundos por estirpes.

Si concurrieren hermanos de padre y madre con medio hermanos, aquéllos tomarán doble porción que éstos en la herencia.

En el caso de no existir sino medio hermanos, unos por parte de padre y otros por la de la madre, heredarán todos por partes iguales, sin ninguna distinción de bienes.

Los hijos de los medio hermanos sucederán por cabezas o por estirpes, según las reglas establecidas para los hermanos de doble vínculo.

No habiendo cónyuge supérstite (el cónyuge que sobrevive cuando el otro fallece), ni hermanos ni hijos de hermanos, sucederán en la herencia del difunto los demás parientes del mismo en línea colateral hasta el cuarto grado, más allá del cual no se extiende el derecho de heredar abintestato.

La sucesión de estos colaterales se verificará sin distinción de líneas ni preferencia entre ellos por razón del doble vínculo.

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330 comments to Herencia legítima: derecho de sucesión o línea de sucesión

  • Carlos

    Buenas tardes, mi tía murió hace 10 años, mi tío hace 6 meses y mi primo hace unos días. Mi pregunta es la siguiente. Mi padre era el hermano de mi tío, como mi primo no ha tenido descendientes. ¿Puede mi padre solicitar la legítima?. Gracias

  • carmen

    Hola..quisiera saber…mi madre falleció. ..en el testamento ha dejado heredero universal a su nieto es decir mi hijo y a mi la legitima estricta..que hereda mi hijo ?y que heredo yo?…un nieto hereda legitima si su madre esta viva?..muchísimas gracias

  • carmen

    Hola…quiero saber si un nieto al ser heredero universal. .tiene legítima. .si su madre esta viva y es la única hija legitima..gracias

  • Carmen

    Muchísima gracias ..también quisiera saber que es…el único y heredero universal de remanente de sus bienes…Que es lo que dice el testamento

  • Begoña

    Buenos días. Estoy casada, sin hijos, en régimen de separación de bienes, pero tengo 2 hijas de un matrimonio anterior.
    Mi marido, que no tiene hijos, hizo testamento a favor mío nombrándome heredera universal.
    Mi pregunta es: En caso de que yo falleciese antes que él, y el no hiciese otro testamento posterior, mis hijas tendrían algún derecho legítimo sobre su herencia cuando falleciese él tambien?
    Muchas gracias.

    • Debe de incluir a tus hijas también en la herencia en el caso que indicas.

      Ya que si no es así, tus hijas no son nada de él y no podría heredar si tu falleces antes.

      Otra opción es que tu marido adopte legalmente a tus hijas, y así serán hijas sus hijas.

      Salu2.

  • sandra janet contreras perea

    Hola quiero saber que porcentaje de herencia le corresponde a mi esposo siendo hijo de un solo vinculo por parte de padre. El padre fallecio a lo igual que la esposa, con mi esposo serian 4 hijos vivos . Gracias

  • Jacqueline Selva Ortiz

    Mi abuelo paterno murió hace 10 años y dejo testamento a sus 9 hijos y esposa que esta viva, pero mi padre murió hace 4 años y dicen los hermanos que debemos hacer una mutual y que se debe dividir entre los 6 hijos, esposa y madre de mi papá por esta viva la parte de mi papá, entonces el Abogado dice que además de hacer la mutual debemos pagarle el 10% de lo que cuesta la propiedad que fue lo dejo de herencia mi abuelo, es cierto todo lo anterior. Gracias

  • hector solano

    Buenos días, legitimo matrimonio con mi tía, bueno mi prima tiene 46, años su padre murió apenas ella tenia 6 años, pero el difunto padre había dejado fuera del matrimonio 4 hijos mas, su madre(mi tía), nunca reclamo nada ni los abuelos por parte del padre apoyaron a su nieta, en la actualidad mi prima se a enterado que su abuela paterna a vendido una casa , mi pregunta es si ella puede reclamar su parte, ya que ella tiene poca comunicación con sus tíos en general Familia del padre.(el abuelo paterno Falleció hace años).QUE TRAMITES PUEDO SEGUIR PARA PODER AYUDAR A MI PRIMA, SUS TÍOS Y ABUELA SON DE BUENOS RECURSOS ECONÓMICOS, MIENTRAS MI PRIMA PASA CALAMIDADES. BENDICIONES.

  • Baltasar

    Buenos días:
    Mi suegro falleció el año pasado, dejando testamento, mi mujer es hija única; que parte del testamento le corresponde a mi suegra y a mi mujer
    Gracias por su dedicación

    • Lo que indique el testamento.

      A su hija, al menos ha de otorgarle 1/3 de los bienes para que sea legal el testamento.

      A su suegra, le corresponde al menos 1/3 de todos los bienes en usufructo.

      Ten en cuenta que si el matrimonio era gananciales, la mitad de los bienes del matrimonio le corresponde a su suegra y la otra mitad forma parte de la herencia.

      Salu2.

  • Raul

    Hola una pregunta….mi padre falleció, al años fallecieron mis abuelos….quedamos mi mama y yo (ella casada legalmente con mi padre) la pregunta es, los bienes a nombre de mi abuelo , que falleció después de mi padre…le corresponden a mi madre y a mi ? O solo a mi ?

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