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16 de diciembre de 2010

Garantía compra-venta coches segunda mano entre particulares

A la hora de comprar un coche de ocasión uno de los problemas que más nos preocupa es qué tipo de garantía tendremos o cómo podremos reclamar ante cualquier avería.

Por ello es importante saber que la garantía legal que tiene que ofrecer un concesionario o compraventa es diferente de la que tiene que dar un particular.

Indicamos las diferencias y cómo reclamar si fuera necesario.

¿Es igual la garantía en la compra de un coche de ocasión a un particular o a un concesionario?

No es el mismo tipo de garantía. Cuando se realiza una compra o venta de un vehículo entre particulares no se aplica la Ley de Garantías en la venta de Bienes de Consumo sino el Código Civil.

La Garantía en la Venta de Bienes de Consumo se aplicaría sólo en el caso de que quien venda sea un concesionario o compraventa profesional y quien compre un particular, es decir un consumidor tal como define la Ley.

De esta forma, cuando el comprador particular no puede exigir los mismos derechos a un vendedor particular que a un concesionario o compraventa profesional.

¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?

La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.

No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.

En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.

¿Qué derechos se tendrían respecto a la compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares?

  • El comprador dispone de un plazo de 6 meses desde la compra del vehículo para presentar reclamación judicial según el código civil (art. 1490)
  • El vendedor estará obligado a la reparación por los defectos ocultos que tuviera el vehículo; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. (según art. 1484)

¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?

Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).

¿Tendría derecho a indemnización en caso de rescindir el contrato?

En los casos anteriores, el comprador podrá optar entre:

  • Desistir del contrato, teniendo que serle devueltos los gastos que pagó.
  • Rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos.
  • Indemnización por daños y perjuicios: además, si optará por la rescisión del contrato, el comprador tendrá derecho también a indemnización por daños y perjuicios si el vendedor conociera los vicios o defectos ocultos del vehículo y no los manifestara al comprador. (art. 1486.)

¿Qué garantía tendría si por el contrario comprara el vehículo a un concesionario o compraventa profesional?

La garantía Comercial que tienen que ofrecer los concesionarios y compraventas profesionales debe cubrir el plazo de 1 año desde la fecha de la venta del vehículo de ocasión.

Como consecuencia de esta garantía, el vendedor responde del buen estado y de las cualidades del vehículo vendido, de modo que si presentase algún defecto, el consumidor podría recurrir contra el vendedor mediante arbitraje de Consumo.

El consumidor tendría derecho a la reparación gratuita de los defectos originarios, sustitución del coche por otro de idénticas características, o devolución del precio pagado.

Guía de vehículos de ocasión:

1.272 comments to Garantía compra-venta coches segunda mano entre particulares

  • JOSE MARIA

    Soy paritucular y vendi una motocicleta hace algo más de un mes a otro particular, se llevo la motocicleta durante cuatro dias para probarla y en ese tiempo tambien la llevo a su mecáncio de confianza que se la revisara, dandole el visto bueno para la compra. Pasado el mes me llama y me dice que la moto a roto el cilindro porque se ha quedado sin aceite el motor, todo esto según su mecanico de confianza y me reclama ahora la repación, unos 600 €, cuando yo se la entregue estaba en perfecto estado, el aceite se lo cambie en el mes de junio y solo ha circulado la moto 2.500 km desde ese momento. ¿Que responsabilidad tengo yo de que en este tiempo no le hayan mirado el nivel de aceite?

    • Buenos días.

      Reclamar garantía entre particulares es complicado, ya que sólo puede tramitarse vía judicial y demostrar que se trata de defecto oculto y no de mal uso del vehículo no es fácil, aparte de los gastos en abogados que conlleva.. Así que normalmente no merece la pena pasar a vía judicial.

      En tu caso obraste bien, él probó la moto antes de comprarla y fue todo correcto. Así que no vemos que tengas que hacerte cargo de esa reparación y por lo que comentas, tampoco vemos que pueda demostrar que se trata de vicio oculto. Es responsabilidad suya el revisar el nivel de aceite.

      Así que no te preocupes y salvo que te llegue alguna notificación oficial (que es muy poco probable) no hagas mucho más caso de lo que te diga, ni te comas la cabeza por ello.

      Salu2 ok!

  • David

    Muy buenas, tengo una duda y me gustaria que me ayudaran, soy un particular y vendi la semana pasada un coche que tenia la ITV en vigor pero caducaba en 10 dias,al comprador no le importaba la ITV, pero le rebaje el precio al no poder pasarsela yo,despues de nueve dias me llama el nuevo propietario y me dice que el coche no pasa la ITV por un sineblok de un trapecio y que no le entran bien las velocidades y que le mande 400 euros para la reparacion.El me dijo que es mecanico y cuando vino a ver el coche lo estuvo probando y estaba todo perfecto y ahora amenaza con denunciarme.Espero vuestra respuesta un saludo.

    • Buenos días David.

      Si era mecánico y lo estuvo probando y revisando antes de que se lo entregaras y vendieras, debería haber visto que esas pieza no estaba bien en su día.

      Por lo que no consideramosq ue se trate de vicio oculto y que debas abonarle nada.

      La única forma de reclamar entre particulares es por vía judicial y no es fácil que se pueda demostrar que se trata de defecto oculto, así que generalmente no merece la pena emprender acciones legales..

      Así que no te preocupes y no te comas la cabeza con esto. Tendría que correr él por su cuenta con la reparación. Sino no pasará la ITV y no podrá circular, así que será perjuicio para él.

      Eso sí, guarda bien el contrato de compraventa que firmarais y todos los datos de la venta de todas formas y salvo eso, no le des más vueltas al asunto.

      Salu2!

  • Yolanda

    Hace un mes compramos un coche de segunda mano, el vendedor nos dijo que lo único que tenía el coche en mal estado eran las ruedas, pero bajando de Madrid a Cartagena se nos encendió una luz de aviso de la centralita. Al día siguiente, cuando ibamos a llevarlo al taller para que revisarán esa luz (la de la botella de expansión) se nos encendió la luz de fallo de motor, por lo que pedimos al taller de la casa oficial que metiera la maquina y lo chequeara. Pasado un día, nos dijeron que había un cable de aire acondicionado suelto, la botella de expansión tenía el sensor roto y había que cambiarla, y la sonda lambda le daba fallo en el ordenador (total 950 euros).
    Tras hablar con el anterior propietario, y después de 3 semanas, conseguimos que nos enviara algo de dinero (200 euros), y cuando ayer le dijimos al taller que empezaran a trabajar y se pusieron a desmontar para cambiar la sonda, descubren que el catalizador había sido cambiado previamente, no tenía los tornillos originales, y estaba reventado por dentro (lo que indica que eso ya lo tenían que saber previamente el anterior propietario), y el nuevo arreglo asciende a 2100 euros en materiales más mano de obra.
    En el contrato especificaba que el vendedor debía responder según especifica en código civil, por lo que ¿cómo hemos de reclamar? en caso de que se niegue a devolvernos el dinero más los gastos que eso nos ha ocasionado a nosotros (cambio de titularidad, tasas de tráfico, gastos del taller, y transporte nuestro para llevar el coche de vuelta en caso de devolución), o a la reparación total del vehiculo.

    Espero que puedan solucionar mis dudas lo antes posible. Agradeciendo de antemano su información. Un Saludo.

    • Buenos días.

      En el caso de la compraventa entre particulares, tal como indicamos en el artículo superior, la única forma de reclamar es por vía judicial.

      Así que en caso de que considereis que se trata de vicios o defectos ocultos y el comprador no quisiera abonarlos, tendríais que acudir al Juzgado a interponer la denuncia.

      Eso sí, tendréis que sopesar si merece la pena, ya que si se reclama por una cantidad superior a 900€ tendríais gastos de abogado y procurador, aparte de tener que demostrar que efectivamente se trata de vicios ocultos, que no siempre es fácil..

      Cuidado también con las reparaciones. No siempre es necesario cambiar todas las piezas que comentan, y no siempre están mal.. Lo mejor es acudir siempre a un taller de confianza para que no inflen la factura..

      Lo mejor es siempre antes de comprar el coche, revisarlo y probarlo bien. Suponemos que en vuestro caso así lo hicisteis.

      Compra vehículo ocasión o segunda mano: prueba del vehículo

      Salu2

  • pablo

    hace un mes e vendido un cochea a un particular(yo soy particular)y ahora el comprador quiere cambiar la correa de distribucion con un coste de 600 eurosy el ahora me exige lamitad del coste y si no me va a demandar por via judicial,que tengo que hacer y si tiene la operacion de compra-venta una garantia de 6 meses?gracias.

    • El comprador de tu vehículo tenía que haberse preocupado de consultarte, antes de realizar la compra, qué mantenimientos se han realizado, así como si se había cambiado la correa o no…

      También a lo mejor le toca el cambio del aceite de la caja de cambios, el líquido de frenos etc.. pero eso correría de su cuenta. No es avería ni defecto oculto.

      Por lo que entendemos que no se trataría de defecto oculto ni tendrías que abonar parte de esa reparación.

      Salu2!

  • cesar

    -Hola buenas!.Me gustaria saber que puedo hacer,hace un mes y medio he vendido mi coche y a un particular, ahora me reclama que ha detectado la perdida de refrigerante y lo recargado sucesivamente hasta que se estropeado el radiador de la calefaccion y aire acondicionado.Mi pregunta es si esto se puede averiar por negligencia de tipo golpes con algun obtaculo(piedras etc)o por lo consiguiente es un vicio oculto..a su defecto a este particular se aviso que tenia que una revision y un defecto sin mayor importancia.Tambien que saber los pasos a seguir en caso de ser el culpable gracias por vuestra atencion ,saludos.

    • Buenos días.

      Si la avería ha sido ocasionada porque el comprador ha recargado el circuito indebidamente, no de trataría como defecto oculto.

      Y tampoco si en el momento en que le entregaste el vehículo funcionaba en Aire Acondicionado (es algo que el comprador podía haber comprobado fácilmente..) y ahora ya no funciona.

      No sabemos muy bien ni nos ha quedado muy claro cómo es el caso..

      Salu2 y ya nos contarás cómo va todo.

  • cesar

    -Buenos dias,gracias por vuestra ayuda.La duda sigue porque ahora la persona a la que vendi el coche dice que puede salvar el radiador de la calefaccion a/c ajustando unas piezas y me tendra informado.Mi pregunta es si ésto tengo que pagarlo yo porque considero que no ocultado nada me funcionaba muy bien el climatizador,para mi entender un coche de segunda mano se van desgastando las cosas como elevalunas electricos y demas(confort)Que tengo que hacer legalmente muchas gracias nuevamente os seguire informando.Slud2

    • Hola de nuevo.

      Si el Climatizador funcionaba bien en el momento de la entrega del coche, y eso es fácil de comprobar, no tienes que abonar nada de esa reparación puesto que no se trataría de defecto oculto.

      Si no funcionara entonces, también correspondería al comprador haberte avisado antes de hacer el pago para poder haber llegado a un acuerdo sobre su reparación.

      Así que si no estás de acuerdo con el dinero que te reclama, tú legalmente no tienes que hacer nada. Es el comprador el que si no está de acuerdo el que tiene que reclamar, vía judicial (cosa que no suele merecer la pena ni por tiempo ni por dinero).

      No le des más vueltas y deja que el comprador actue como crea conveniente..

      Salu2 y ánimo

  • Omar

    Buenos días, a finales de julio vendi el coche a un particular, pero sin contrato de compraventa por escrito, acordamos que él me entregase el dinero en mano, y yo pagué las tasas de transferencia, hasta ahí perfecto, pero ahora después de tres meses de uso, dice que el coche se le paró de repente, que lo llevó a un taller y se había quemado la junta culata (esto tengo entendido que sucede cuando le pega un calentón al motor, porque tiene poca agua o algo así), pero para que llegue a quemarse tendría que haber circulado con la aguja de la temperatura del motor al máximo durante un tiempo. Y cuando se lo vendí el coche estaba bien (le tocaba ITV en dos meses, pero circulaba con él perfectamente), pero ahora después de tres meses me llama para ver si le puedo dar el dinero, si no es todo pues parte, y ante mi negativa de pagarle, dice que me va a demandar judicialmente. ¿Tengo que preocuparme por su reclamación?
    Gracias de antemano, y perdonad por el rollo que os acabo de soltar, un saludo.

    • Buenos días Omar

      En este caso según lo que comentas entendemos que no se trata de defecto oculto.

      Corresponde al comprador revisar que los niveles de aceite y refrigerante estén correctos y realizar el correcto mantenimiento.

      Que la junta de la culata se quemara como bien dices es por haber circulado con el coche en mal estado. En caso de haber parado a tiempo hubiera podido ser una avería evitable.

      Con lo cual entendemos que no te corresponde abonar esa reparación a ti. Sólo podrá reclamarte judicialmente, lo cual le supondrá gastos en abogados y demás, y sin tener contrato de compraventa le va a ser complicado.

      Así que mientras no te llegue ninguna notificación oficial suya, no te preocupes ni le des más vueltas, y que el comprador haga lo que crea conveniente..

      Salu2 y no te comas la cabeza con ello.

  • Subi

    Buenas, una pregunta, compre un coche de segunda mano sin contrato a una empresa, cuando me dieron el coche estaba todo bien pero al poco tiempo la direccion hace un ruido. Mi pregunta es si el vendedor se tiene que hacer responsable o no.

    • Buenas tardes.

      No sabemos muy bien cuánto tiempo hace que compraste el coche..

      En el artículo superior puedes ver «¿Qué garantía tendría si por el contrario comprara el vehículo a un concesionario o compraventa profesional?»

      Aunque no firmaras contrato de compraventa, si dispones de algún justificante de que compraste el coche a esa empresa, tendrías derecho a la garantía legal.

      Sin embargo, tal como comentas, cuando te dieron el coche estaba todo bien (sino lo hubieras comunicado al vendedor para negociar..), por lo que es una avería que se ha producido después, y por tanto es complicado que lo acpeten como defecto oculto..

      En cualquier caso, no pierdes nada por acudir a Consumo en tu ciudad a ver qué posibilidades tienes para reclamarlo, y en función de lo que te comenten, puedes acudir al concesionario a ver si te abonan una parte de la reparación o te lo reparan.

      Salu2 y suerte.. Ya nos contarás.

  • clara

    hola buenas,ace seis meses qe le compre un coche a un compraventa, que segun el no daba garantia y tube qe hacerle una qe me valio 600 euros,llevo con problemas desde que lo compre la ventanilla no subia bien,me consmia demasiado y entre que lo podia dejar en el taller y tal porque al tener que ir a trbajar tengo que depender de que alguien me pueda dejar el sullo,pues resulta que tengo mal las vias de la ventanilla y la sonda lamba,pero ni la garantia me lo cubre ni el que me lo vendio se hace responsable,no tengo factura pero tengo papeles de traspaso de nombre,del transpaso que le hice desde el banco al compraventa y papeles del taller al que llevo llendo desde que me lo compre,como puedo reclamar¿

    • Buenas tardes

      La garantía en caso de comprar a un concesionario o compraventa por Ley es de un año según la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, así que aunque no te lo comentaran, teniendo contrato de compraventa podrías reclamarle en base a esta Ley (si no lo tienes, con los justificantes del traspaso, si figura quién te lo vendió, también serviría).

      Respecto a los fallos que comentas, lo mejor es que si ves algún fallo en el coche, se negocie antes de pagarlo.

      Por ejemplo, en el caso de que las ventanillas no suban bien, es algo que no se consideraría como vicio oculto puesto que se puede comprobar en el momento de la compra si funciona o no.. Ese fallo es complicado que te lo acepten para reparar aunque reclames si no quieren.

      Sobre la sonda lambda puedes inetntar reclamar al concesionario (coméntaselo primero a ver qué te dicen, y si no acceden puedes acudir a Consumo para que te indiquen si puedes reclamar por ello).

      Salu2 y ya nos contarás.

  • Subi

    Muchas gracias, el coche lo compre hace una semana mas o meno, el justificante que tengo es el ingreso que le hice donde pone compra del coche tal con matricula tal.

    Un saludo

    • Hola de nuevo.

      Sobre el tema de las ventanillas, es lo que te hemos comentado antes. Habría que haber puesto pegas de ese fallo antes de pagarlo para renegociar el precio..

      Sobre el tema de la sonda lamba, acude cuanto antes al concesionario a comentarle ese fallo para que te lo revisen en su taller.

      En caso de que te digan que no, solicitales la factura del coche a tu nombre (te servirá como justificante de compra y están obligados a dártela) y coméntales que acudirás a Consumo para consultar si sería reclamable y en tal caso interpondrás la reclamación, ya que no es un fallo que hubieras podido detectar antes de comprar el coche, salvo que se encienda algún testigo de aviso…y por tanto consideras que se trata de un defecto oculto.

      Esperamos que lo puedas solucionar amistosamente con ellos.

      Salu2

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