Los controles de alcoholemia son algo muy habitual, y en caso de conducir habiendo ingerido alcohol puede conllevar graves sanciones.
Sin embargo, conviene saber qué derechos tenemos en caso de que nos paren, cuántas pruebas de alcoholemia deben realizar, qué tiempo debe transcurrir entre ellas, y qué tasa de alcoholemia de entre todas las pruebas se deberá tener en cuenta para imponer la sanción y multa correspondiente.
Te aclaramos todas las consultas sobre este tema.
¿Quiénes están obligados a somerterse a una prueba de alcoholemia?
Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, así como todos los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.
¿Cuántas veces «hay que soplar» o cuántas pruebas hacen en un control de alcoholemia?
- 1ª prueba: se hace con el etilómetro digital (alcoholímetro):
- Si la tasa de alcohol es inferior al máximo permitido: en este caso podremos continuar de forma inmediata.
- La tasa de alcohol es superior al máximo permitido (el test es positivo) o, aún sin alcanzar estos límites, la persona examinada presentara síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente realizará una 2ª prueba de alcoholemia para una mayor garantía y a efecto de contraste, pero con un etilómetro evidencial de mayor precisión.
- 2ª prueba: se realizará como hemos comentado antes, con el etilómetro evidencial.
En este caso la 2ª prueba se suele repetir en la furgoneta de los atestados con dicho tipo de etilómetro tal como indicamos a continuación.
Este etilómetro es un aparato de medición y de precisión. La calibración esta controlada periódicamente por un laboratorio de metrología oficial.
El conductor sometido a estas pruebas tiene derecho a controlar, por sí o por cualquiera de sus acompañantes o testigos presentes, que entre la realización de la primera y de la segunda prueba transcurra un tiempo mínimo de 10 minutos.
En el caso de que hicieran otra 3ª prueba, sería de nuevo con el etilómetro evidencial.
Si en la 1ª prueba diera positivo, y en la 2ª prueba no, ¿me sancionarían?
No. Si el resultado de la segunda prueba fuera negativo, es decir, no superara los límites de alcohol establecidos, no existiría infracción.
En un control rutinario de alcoholemia, la prueba que valdría legalmente sería la 2ª que es la hecha con el etilómetro evidencial y no con el digital que es con el que se hace en un primer instante.
Si hacen dos pruebas con el etilómetro en la furgoneta de atestados y dan diferente tasa de alcohol, ¿cuál de ellas tendrán en cuenta para la sanción?
En caso de que las pruebas con el etilómetro evidencial dieran dos resultados diferentes, por el principio «in dubio pro reo«, es decir, ante la duda, se tomará en cuenta sólo la tasa más baja de las dos.
En caso de dar tasa positiva, ¿se puede solicitar prueba de análisis de sangre?
Sí. Tendrá derecho a contrastar los resultados obtenidos mediante análisis de sangre, orina u otros análogos, que el personal facultativo del centro médico al que sea trasladado estime más adecuados.
Para ello el agente de la autoridad adoptará las medidas más adecuadas para su traslado al centro sanitario más próximo al lugar de los hechos.
¿Es gratuita la prueba del análisis de sangre?
No. El importe de dichos análisis deberá ser de forma general, previamente abonado por el interesado y con él se atenderá al pago cuando el resultado de la prueba de contraste sea positivo;
Por el contrario, será a cargo del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o de las autoridades municipales o autonómicas competentes cuando sea negativo, devolviéndose el depósito en este último caso.
Esta prueba no es barata precisamente, pudiendo variar su precio entre 120 y 250€ aproximadamente.
Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol
Hay que diferenciar entre que te paren por un control rutinario de alcoholemia o por circular bajo signos evidentes de estar bajo las influencias del alchol.
- Si las diligencias son por influencia (signos de circular bajo efectos del alcohol) serán suficientes el resultado del digital indicado en el alcoholímetro digital, y por supuesto los signos y reacciones externas.
- Si se trata de una parada por control o tasa de alcoholemia, es necesaria además del alcoholímetro, la 2ª prueba con el etilómetro evidencial para contrastar.
Inmovilización del vehículo.
Si el resultado de las pruebas fuera positivo, el agente podrá proceder a la inmovilización del vehículo, mediante su precinto u otro procedimiento efectivo que impida su circulación.
Salvo que pueda hacerse cargo de la conducción del vehículo otra persona debidamente habilitada.
En el caso de que no se pueda inmovilizar el vehículo sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas se procederá a la retirada y depósito del vehículo en otro emplazamiento o depósito municipal si procede.
También podrá inmovilizarse el vehículo en caso negativa a efectuar las pruebas de alcoholemia.
La inmovilización del vehículo dejará de tener efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó o pueda sustituir al conductor otro que esté habilitado y en condiciones para conducir.
¿Quién deberá correr con los gastos de inmovilización o traslado y depósito del vehículo?
Los gastos que pudieran ocasionarse por la inmovilización, traslado y depósito del vehículo serán de cuenta del conductor o de quien legalmente deba responder por él.
Artículos relacionados:
Hola me pararon el sábado en la carretera de Meliana y en el globo di 0,48 me llevaron a las dependencias de la policía local y en el de precisión la primera prueba di 0,52 y en la segunda 0,50 el tema es que el segundo papel no se imprimió por que se estropeo la impresora de la maquina y me dieron la multa de 500 € y 6 puntos . Es posible que por no imprimirse el segundo papel de la maquina pueda recurrir ??? Gracias un saludo
Me temo que no.
Salu2.
Hola buenos dias:
El sabadado me pararon en un control rutinario de alcoholemia y di positivo en 0.69 y 0.62 me pusieron una multa de 500 euros y 6 puntos, la cual he pagado por internet, mi pregunta es, ¿me pueden mandar a juicio? en ese momento no me dieron ningún papel solo la multa con los tikets del etilometro y un anexo de la indentifiación del etilometro DRAGER 7110, tengo entendido que la prueba valida es la mas baja de las dos y que este etilometro puede tener un error de 0.05 y por eso puede ser solo una sanción administrativa.
No, si ya has pagado, has aceptado la sanción y todo lo que conlleva.
Salu2.
Cuando se supone que te descuentan los puntos por que aún los tengo todos.
En el siguiente enlace puedes consultar los puntos de que dispones para ver si ya los han actualizado:
– https://apl.dgt.es/WEB_COPACI/consultarPuntos.faces
Salu2
hola. el sabado la policia luego de un control de alcoholemia, le secuestraron a mi esposo el auto. Si bien, el dosaje de alcohol era de 0.68 (superior al permitido) no le hicieron una segunda prueba, y ademas , no habia medico presente.Tiene validez la prueba y la multa, sin haber cuerpo medico presente? gracias
Hola.
En el caso de que no se hubieran cumplido las condiciones indicadas en el artículo superior, podría recurrir la sanción.
Nota: La información facilitada en el artículo superior es para el caso de España. Si nos escribes desde otro país tendrías que informarte de los trámites que allí siguen.
Salu2
Hola, ayer me hicieron un control de alcoholemia, por salirme de la calzada hacia una gasolinera por un acceso prohibido, el caso que di 0.53, me han citado para juicio, mi pregunta es; que sancion tendre? tengo posibilidad de que el juez sea benevolente y me absuelva si demuestro buena disponibilidad? gracias
Hola.
Esa tasa de alcohol es Infraccion grave pero no es la suficiente para ser delito y tener que ir a juicio por ello…
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/22/delitos-seguridad-vial-exceso-velocidad-y-conduccion-con-alcohol-o-sin-carnet/
Sea el motivo que sea por el que vas a juicio, una buena disposición ante el juez es indudable que es importante..
Salu2
HOLA, TUVE UN PEQUEÑO ACCIDENTE UNA CHICA ME DIO POR DETRÁS LA CULPA FUE MÍA POR MALA INCORPORACIÓN.ELLA NO TENIA SEGURO YO LLAME ALA GUARDIA CIVIL,ME HICIERON LA PRUEBA DE ALCOHOL Y DI
0,55 Y 0,54 AHORA ME PUEDEN JUZGAR POR LO PENAL.NO ES A PARTIR DE 0,60 .
Hola.
En principio se considerará delito y sufrirá dichas penas el que conduzca con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2gr/l.
Leer más en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/22/delitos-seguridad-vial-exceso-velocidad-y-conduccion-con-alcohol-o-sin-carnet/
Salu2
Hola a mi hijo, que tiene mas de 365 dias el carnet le pararón por hacer un giro prohibido.
A la vez le hicierón solpar 2 veces en el coche con el digital y dio 0,50 max.
Ya se que para noveles es 0,30
Pero no le hicieron niguna prueba con ningun otro aparato y no hay comprobante, por otro lado en la multa solo pone lo del giro prohibido y nada de alcohol.
Asesorame
Hola.
Tendría que llegarle notificación de sanción también por esa tasa de alcoholemia. Es raro que no la haya recibido. Le correspondería una multa de 500€ y 4 puntos siempre que no sobrepasará la cifra de los 50 miligramos por litro, tal como puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/06/conducir-con-tasa-alcohol-positiva-cuantia-multas-y-retirada-puntos/
Salu2
Hola,he dado 0.33 en un control de alcolemia……cual sera la sancion??……..saludos y gracias.
Hola.
500€ y 4 puntos tal como puedes ver en el cuadro del artículo del siguiente enlace:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/06/conducir-con-tasa-alcohol-positiva-cuantia-multas-y-retirada-puntos/
Salu2
Desearía que alguien me informase si la prueba de alcoholema, al igual que el manejo del radar debe de ser realizado por agentes que estén habilitados para dicha prueba, muchas gracias.
Se supone que los agentes están habilitados para realizar la prueba de alcoholemia. No tienen que portar nada en especial que mostrar que les habilita para ello…
Salu2
Buenas tardes,
Ayer noche, cuando me dirigia hacia mi domicilio, iba por la autopista, un vehiculo de la policia me paro, me pidio la documentacion, se la di, el carnet, todo en regla, y al final me llevaron a dependencias para hacerme una prueba de alcohol.
Me registraron todo el bolso, no encontraron nada. Me hicieron 2 pruebas para medir el alcohol, pero en las 2 pruebas la maquina no pudo medir ni finalizar el proceso, quizas estuviera estropeada la maquina.
Me dijeron los agentes que me llamarian para un juicio rapido.
¿Tengo posibilidades de que me retiren el carnet, multa, o perdida de puntos?
Buenas tardes
Si no pudieron medir la tasa de alcohol tal como comentas, no te podrán sancionar por ello…
Salu2
Si soplo una segunda vez en el alcoholimetro y con la misma boquilla de la primera vez, estos miligramos de la 2da vez se sumarian a los de la 1ra? (Teniendo en cuenta que no se cambia de boquilla)
La medida dada en cada soplo no se suma, son independientes.
Salu2