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24 de agosto de 2011

Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

Las mujeres trabajadoras dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, tendrán derecho a las deducciones de maternidad de hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la deducción?

Se pueden beneficiar de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años cuando:

  • Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • El padre o tutor cuando:
    • Haya fallecido la madre.
    • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
    • Cumpla los requisitos del punto anterior.

¿Quiénes dan derecho a la deducción y desde cuándo?

Dan derecho a la deducción:

  • Los hijos naturales: desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que cumplan tres años.
  • Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento:
    • Desde que se inscriba la adopción o acogimiento en el Registro Civil en los tres años posteriores.
    • Desde la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o acogimiento hasta los tres años posteriores.

¿Cuál es la cuantía de la deducción?

La cuantía de la deducción son 1.200 euros como máximo por cada hijo que cumplas los requisitos anteriores, y limitado al importe de las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades.

¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para tener derecho a esta deducción?

Dependiendo del tipo de trabajo se requiere:

  • 15 días/mes de alta: Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa en el Régimen General o Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los trabajadores del Mar.
  • Todo el mes de alta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial cuya jornada laboral suponga al menos la mitad de la jornada ordinaria y que se encuentre en cualquiera de los regímenes del punto anterior.
  • 10 jornadas reales/mes de alta: Trabajadores del Régimen Especial Agrario.
  • 15 días/mes de alta: Trabajadores de los Regímenes Especiales distintos de los citados anteriormente y mutualistas de las mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si estoy en el paro?

Si una contribuyente con hijos menores de 3 años se ha quedado sin trabajo durante una parte del año fiscal no podrá solicitar la deducción por maternidad correspondiente a esos meses, ya que durante los mismos no cotizó a la Seguridad Social.

En definitiva, el tiempo que se está en el paro, no se tiene derecho a la parte proporcional de las ayudas de maternidad.

¿Tengo que saber algo más?

Si, aunque sea una deducción en el IRPF que se obtiene cuando hacemos la declaración de la renta (casillas 756 y siguientes), se puede pedir un anticipo de dicha ayuda en forma de mensualidades de 100 euros.

Este anticipo se realizar mediante el modelo 140 que hay que presentarlo en la Agencia Tributaria.

Si se solicita este anticipo, la cuantía recibida hay que hacerlo constar en la declaración de la renta del siguiente ejercicio.

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579 comments to Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

  • paqui

    hola buenos dias: he trabajado 15 dias en regimen general a jornada completa y quisiera pedir los 100€ anticipados la pregunta es:

    mira si lo pido esos 100€ de estos 15 dias trabajados ¿tengo que devolver los 100€ luego mas tarde? gracias

    otra cosa tengo que hacer algo mas aparte de esto es que me han dicho que a la hora de pedir esos 100€ luego lo tengo que comunicar en la proxima renta gracias

    • Ten en cuenta que lo de los 100 euros no es una ayuda sino una reducción de la carga fiscal. Consiste en devolverte dinero que previamente te retiene.

      Si sólo trabajas 15 días es posible que no te retengan nada y por lo tanto no te pueden dar los 100 euros.

      Salu2.

  • nayra

    que dias se ingresan la paga de los 100 euros yo la heche la cobre dos meses pero este mes no me la habranrechazado

  • natlia

    Tengo una duda sobre el derecho a la deducción.
    Durante el 2011 he tenido diferentes situaciones laborales. de enero a junio trabajé a jornada completa y percibí los 100 euros cada mes. En julio me despidieron y pase a cobrar el desempleo, pero a partir del 27 de julio empece a trabajar a jornada parcial un 12,5% de la jornada, pese a haver comunicado a hacienda que no tenia derecho a la deducción (lo comunique antes de saber que me volverian a contratar ese mismo mes) hacienda me ingresó los 100 euros. y desde esa fecha 27/07 hasta 31/12 he trabajado a jornada parcial 12.5% (compaginandolo con el desempleo). mis dudas son las siguentes:
    1. los 100 euros que cobraba cada mes son los correspondientes al mes en curso, es decir el 15/01/11 cobre 100 euros, corresponden al pago de enero o al de diciembre de 2010??
    2. en julio solo trabaje unos pocos dias a jornada parcial 12,5% tengo derecho a los 100 euros??
    3. para tener derecho a la deducción hablan en todos los sitios que se debe tener en cuenta las cotizaciones y cuotas devengadas totales. por cotizaciones totales se entiende la parte de seguridad social que paga el empleado o la parte que paga el empleado y empleador?? ya que si solo es la parte del trabajador, deves tener una nomina muy jugosa para poder tener derecho. entiendo que es la suma de los dos (empleado + empleador).
    4. como supongo que durante el mes de julio no tenia derecho a cobrar la deducción cuando relleno la pestaña de deducción por maternidad de la declaración de la renta, me indica que si mi seg. social no ha sido igual a 100 euros durante todo el año, que indique el importe de la seguridad social. teniendo en cuenta que creo que es la suma de la seguridad social del empleado y empleador, donde consigo yo este dato, en mi certificado de retenciones y en las nominas solamente sale la parte que pago yo…

    Vaya toston que te he metido…. me seria de gran ayuda que me diera respuesta a todas mis dudas o a las que pueda.

    Gracias.

    • No te preocupes… tienes derecho a los 1.200 euros de deducción por maternidad que lo podrás hacer figurar en la declaración de la renta.

      Te pagarán la diferencia entre lo deducible: 1.200 y lo que hayas percibido ya durante los meses… eso sí, siempre que hayas tenido suficientes retenciones durante el año para que te devuelvan algo.

      Cuando se habla de retenciones… no es lo que pagas a la seguridad social o por desempleo, sino el impuesto sobre la renta de la persona física, el IRPF (lo puedes mirar en tus nóminas).

      Salu2.

  • Vanessa

    Hola buenas,tengo una duda estuve cobrando el paro y luego estuve 4 meses de baja maternal por la seguridad social,tendria derecho a la deducccion por maternidad, gracias

    • Sí que tienes derecho a dicha deducción, pero me tomo que no cobrarás nada, puesto que seguramente no te han retenido nada.

      Las deducciones es una reducción de la carga fiscal, y posiblemente tu carga haya sido 0.

      Salu2.

  • Raquel

    He cobrado la baja por maternidad del INSS (por estar en situación de desempleo) hasta el 5 de junio y luego he estado en blanco hasta el 1 de julio que empece a trabajar,¿El mes de junio tengo derecho a la deduccion?. He marcado las casillas «sin cotizacion y con derecho a deducción» de los 3 meses anteriores y automaticamente me aplica el descuento, pero tengo dudas en ese mes porque como solo son 5 dias

  • Vanessa

    Hola,gracias por vuestra respuesta pero tengo unas dudas, si tengo derecho a la deduccion por maternidad,pero todo el año 2011 o solo durante la baja maternal,y que debo poner en la casilla 756 donde me aparecen todos los meses?

  • ana

    hola, mi hija tiene ya seis meses y me acabo de enterar de esta ayuda. estoy a tiempo de pedirla? descontarian estos seis meses quiza? gracias!

  • eva

    Hola voy tener un bebé este mes,esta ayuda seguira en vigor.?

  • Alicia

    Hola, mi pregunta es si pido el adelanto de los 100 euros de 1a deducción, a la hora de hacer la declaración ¿es cómo si hubiera tenido dos pagadores?. ¿Me conviene más esperarme y cobrarlos cuándo haga la declaración?. Muchas gracias.

  • ana

    hola, este pasado año 2011 estuve cobrando los 100 euros mensuales de la ayuda. Al recibir el borrador me ponía que debo pagar 1200 euros en concepto de la ayuda.

    Cuando he ido a Hacienda a realizar mi declaración, me informan que como estoy en el regimen agrario y mi aportación a la S.S. no llega a los 100 euros mensuales (pago unos 80-90 eur. al mes) con jornada completa, no tengo derecho a la ayuda y tengo la obligación de devolver todo el dinero que me han estado anticipando el 2011 y 2012.

    ¿Es eso correcto? estoy trabajando jornada completa y cotizando a la S.S. durante años, no me parece justo y estoy desesperada.

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