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15 de marzo de 2013

El gobierno tendrá en cuenta las rentas familiares para conceder el subsidio de mayores de 55 años

El gobierno endurecerá las condiciones que dan hasta ahora derecho a cobrar el subsidio por desempleo a los mayores de 55 años.

En el decreto ley que prepara Empleo para que el Gobierno de Mariano Rajoy lo apruebe hoy, viernes, se incluye una disposición que impedirá acceder al subsidio a parte de los desempleados que cuenten con rentas familiares.

El cambio se realizará sobre el requisito de la carencia de rentas. Hasta ahora, era el único subsidio que sólo se tenía en cuenta que el solicitante careciera de rentas, sin embargo, el gobierno pretende que dicha carencia de rentas también sea a nivel familiar:

  • Carencia de rentas personales: El solicitante no podrá tener rentas supriores al 75% del SMI.
  • Carencia de rentas familiares: La media de las rentas de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años) no puede superar el 75% del SMI.

El SMI, es el salario mínimo interprofesional que para el 2013 es de 645,30 euros, y por lo tanto el 75% del SMI es de 483,98 euros.

De esta forma, a partir de ahora, para acceder a esta ayuda, los mayores de 55 años han de tener rentas inferiores a los 483,98 euros brutos mensuales (12 pagas) y la rentas medias de la unidad familiar también.

Este cambio no tiene carácter retroactivo, así que sólo afectará a los nuevos solicitantes cuyo derecho a la ayuda naciera con fecha posterior a la publicación de este nueva ley.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Tener cumplidos 55 años en la fecha de solicitud.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral, de las cuales 3 meses ha de estar dentro de los últimos 6 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Estar desempleado e inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
    • Haber agotado una pensión contributiva por desempleo.
    • Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
    • Haber sido beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
    • Haber perdido un empleo de forma involuntaria, y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Este subsidio no será de aplicación a los trabajadores fijos discontinuos mientras mantengan dicha condición.

¿Más información?

Sí, lease las preguntas frecuentes sobre el subsidio de mayores de 55 años.

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393 comments to El gobierno tendrá en cuenta las rentas familiares para conceder el subsidio de mayores de 55 años

  • Analia

    Buenos dias,

    Estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años.

    Estaba en el registro como pareja de hecho, mi compañero cobraba 426 euros de pensión jubilacion.

    Puedo solicitar la pensión de viudedad? Es compatible con el subsidio? La pensión de viudedad seria el 50% de lo que recibia mi marido?

    muchas gracias!
    Analia

  • Jesus Maria Matabuena

    Se me acabo el paro el 19-2-2013.
    Pedí el subsidio a mayores de 55 el 20-3-2013.
    En un principio me lo dieron y cobre los 10 días de Marzo.
    Más tarde me lo denegaron porque mi mujer ganaba demasiado.
    ¿Qué fecha es la que tengo que tener en cuenta?. El 19-2-2013,o el 20-3-2013?.
    Gracias.

  • Carmen Pinto

    Buenos días
    Estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años,
    mi marido se jubila con una pensión de 745€ brutos
    puedo perder la ayuda?
    Gracias.

    • Lo que debes de hacer es sumar todas las rentas de la unidad familiar y dividir entre el número de miembros (rentas en bruto y 12 pagas).

      Si la cifra que sale es inferior a 483,98 euros, tienes derecho al subsidio, si es mayor, no.

      Saludos.

  • Carmen Pinto

    Yo cobro el subsidio de 426€ desde Abril del 2012, tengo entendido que la ultima reforma fue en Junio del 2013 y que no afectaba alas ayudas concedidas anteriormente a la reforma es cierto?
    Gracias.

  • Teresa

    Tengo 55 años y desde los 52 estoy cobrando el subsidio. Todos los años lo he ido renovando. Ahora me han hecho un contrato de trabajo de dos meses. Cuando acabe el contrato ¿el subsidio me continuará o tendré que volverlo a solicitar?.
    Si lo tengo que volver a solicitar ¿Tendrán en cuenta la rentas familiares o sólo las personales?.
    Yo no he notificado en el paro que estoy trabajando porque la empresa me dice que al darme de alta en la Seg.Social, se me interrumpirá automáticamente. Gracias.

    • Tendrás que pedir la reanudación de la ayuda bajo las mismas condiciones que antes.

      Y efectivamente, cuando te das de alta, se notifica automáticamente a SEPE e imagino que has dejado de cobrar el subsidio.

      Saludos.

  • Arturo Manuel

    Hola, mi caso: he trabajado por cuenta ajena mas de 20 años, posteriormente he trabajado de autonomo como 8 años, soy mayor de 60 años y creo que podria solicitar la ayuda a mayores de 55 años, pero me dicen que para solicitarla tengo que cotizar por cuenta ajena al menos tres meses y que me despidan. Podrian indicarme si es correcto ? y si consiguiera que me contrate una empresa al menos durante ese plazo tendria derecho a que me la concedieran ? Muchas gracias

  • berna

    berna
    17/06/2014 :Responder

    HOla, tengo 57 años entoy cobrando el subsidio de los 55 años
    de la ley anterior al (15/03/2013)es decir desde el (11/03/2013) tengo un dinero a plazo fijo desde el 2010 y el año que viene lo recupero son unos 10.000€ quisiera saber si me podria perjudicar para el susidio.Gracias

    • EL capital que recuperes no afecta, porque es un dinero ya tuyo.

      Los intereses que percibas se consideran rentas que se suman al reto de tus rentas (sin incluir el propio subsidio). Estas rentas no ha de superar los 483,98 euros brutos mensuales para poder seguir cobrando el subsidio.

      Saludos.

  • juan

    hola tengo 59 años y estoy cobrando el subsidio de desempleo desde 14 03 2013 y me lo han suspendido por no hacer la declaracion anual estando en la misma situacion anterior pero nadie me abia dicho que tenia que hacer dicha declaracion e ido ala oficina de empleo y me lo an renovado pero me dicen que desde el 14 03 2014 hasta que me lo an renovado el 16 06 2014 no lo cobro mi pregunta es puedo reclamar esos dos meses y 14 dias que no e cobrado y si entro ahora en la nuva reforma del 16 03 2013 muchas gracias

  • rosa

    hola tengo 14 años de cotisacion actualmente estoi trabajando 2 horas diarias y final de año me dejan parada mi pregunta es me sumaria el toiempo de paro para los 15añosque piden para poder cobrarar la prestacion de mayores de 55 años pues yo tengo 55

    • Mientras se cobra la prestación de desempleo, cotizan por ti, así que sí que se suma ese tiempo a las cotizaciones de la contingencia de jubilación y por lo tanto para el subsidio de mayores de 55 años.

      Saludos.

  • Arturo Manuel

    El dia 11 de Junio preguntaba una cuestion y me respondieron, me han ofrecido un contrato de tres meses por una sustitucion de verano, esto valdria para poder aceder a la ayuda a los mayores de 55 años ? Pueden comprobar cual era mi pregunta el dia 11, perder dicho empleo de forma no voluntaria es acorde con que se me acabe el contrato ??
    Muchas gracias

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