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20 de abril de 2009

Subsidio de desempleo

¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?

  • Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.

¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?

La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:

  • Despido.
  • Terminación del contrato temporal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
  • Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
  • Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
  • Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
  • Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
  • Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
  • Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
  • Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
  • Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
  • Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
  • Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
  • Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
  • Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.

¿Qué significa tener responsabilidades familiares?

Tener responsabilidades familiares significa que:

  • Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
  • No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
  • Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).

¿Debe reunir algún otro requisito?

Si, es necesario:

  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?

Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.

No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.

¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?

En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.

En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.

Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?

La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:

  • Del tiempo cotizado.
  • Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
  • De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
  • De si tiene cargas familiares o no.

Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.

Duración subsidio desempleo
Edad(años) Cargas familiares Duración de la prestación contributiva agotada Número de meses cotizados Cuantía subsidio Duración máxima (en meses)
Han agotado una prestación contributiva por desempleo
< 45 De 20 a 179 días n.p. 80 18
Al menos 180 días n.p. 80 24
45 o más De 120 a 179 días n.p. 80 24
Al menos 180 días n.p. 80 30
24 meses n.p. (1) 6
No Indiferente n.p. 80 6
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva
Indiferente n.p. 3 80 3
4 80 4
5 80 5
6 80 21
No n.p. 6 80 6

(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.

En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.

La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.

Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.

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3.786 comments to Subsidio de desempleo

  • Antonio

    Hola, la duda que tengo es que yo hace 3 años solicité el subsidio por desempleo con 192 días cotizados y ahora los 12 días demás que me sobraron de los 180, ¿cuentan para una nueva solicitud de subsidio por desempleo? Un saludo.

  • María

    Mi pregunta es, y una persona que este como parejea de hecho, el subsidio de desempleo, como le contaria,( si el o ella, le cuenta solo o por lo que gana la pareja) gracias.

  • María

    Hola, mi duda sigue siendo del Subsidio de desempleo, una pareja de hecho, puedo pedirlo, cuando hay un hijo en comun menor y uno de los miembros no trabaja?

    • Pareja de hecho con un hijo.

      Puedes pedir el subsidio por tener cargas familiares (el hijo), pero cuenta las rentas de la pareja, porque la carga familiar (el hijo) también se sustenta de la pareja.

      Es decir, el hijo puede ser mantenido por la pareja que tenga ingresos.

      Salu2.

  • lucian

    hola
    estoy cobrando subsidio para mayores de 55 años pero parcial y como y trabajo a tiempo parcial 45 horas por mes
    en régimen general se hace mas de un año he compatibilizad el subsidio con trabajo he cobrado y subsidio y nomina unos 185 euros subsidio y 250 nomina hasta en 30-05-2015
    desde 1-06-2015 hasta ajora trabajo al tiempo completo y mi se ha suspendido subsidio cobrando unos 900 euros
    como he trabajado mas de un año en el cazo que me despide
    1 tengo derecho a cobrar paro o mi se va a reanudar el subsidio?
    2 como mi ultimo trabajo a sido hornada completa mi se va a cambiar el subsidio parcia 185 euros en otro completo 426 euros
    3 estoy obligado a pedir primera vez paro o puedo pedir directo subsidio para mayores de 55 años completo unos 426 euros

  • MOISES

    BUENAS TARDES. HE terminado de trabajar 1 año de trabajo voy a echar el paro tengo la ayuda de 55años la pierdo si echo el desempleo.

    • Tienes derecho a 4 meses de paro y después puedes volver a solicitar el subsidio de mayores de 55 años, que te lo concederán ya que cumples las condiciones.

      Lógicamente la nueva ayuda que te conceden es bajo las nuevas condiciones que se han cambiando desde hace unos años.

      Si actualmente disfrutas de la ayuda de 55 años, hace pensar que ya te lo concedieron con las nuevas condiciones, así que no importa.

      Si tuvieras la ayuda con las condiciones antiguas (sin tener en cuenta las rentas de la unidad familiar) y no cumples las nuevas condiciones, lo que puedes hacer es renunciar a la prestación de 4 meses y reanudar el subsidio en las mismas condiciones que tenías.

      Salu2

  • sandra

    Hola,
    mi pregunta es la siguiente: ¿ Cuánto tardan en pagar el subsidio una vez lo han aprobado ?
    Gracias!!

    • El día 10 del mes siguiente.

      Lo que pasa es que si te lo aprueban a finales del mes, es posible que ya hayan emitido las nóminas, y no te lo paguen al mes siguiente.

      Salu2.

    • magda

      Buenas noches! El día 4 de agosto se me acabo el contrato, fui al paro hacia el día 10 y pedí el subsidio ya que únicamente tenia 3 meses cotizados, me dijeron que me darían 426€ que me enviarían una carta a casa con la aprobación y todo especificado pero no he recibido nada. ..me gustaría saber si hoy día 10 de septiembre cobraré el subsidio o no…gracias de antemano.

    • Tranquila… si no te pagan ahora el día 10 de septiembre, lo harán el 10 de octubre.

      Las resoluciones suelen tardar entre 1 y 2 meses.

      Salu2.

  • charojuarez@live.com

    yo ahora estoy trabajando con un contrato de media jornada, tengo 54 años y el contrato es de tres meses, tengo jornales como autonoma . mi pregunta es, valen los jornales de autonoma ahora que mi contrato es del regimen general para cobrar prestacion

  • NATALIA

    Buenas tardes:
    Hace un mes se me termino el contrato de 6 meses en la empresa.
    Puedo solicitar el subsidio por desempleo?
    Un saludo
    Muchas gracias.

  • Francisco

    Hola,voy a terminar mi 1 RAI y me van a contratar 3 meses a tiempo completo,tengo 3 meses cotizados en 2013 y carga familiar,por lo cual tendre 6 meses cotizados,cuantos meses me daran de subsidio? Antes del RAI cobre subsidio mayores de 45 años,me influenciara? Porque es el subsidio mayores de 45 años con cargas igual que el subsidio arriba indicado? Gracias.

  • magda

    Buenos dias! El día 4 de agosto se me acabo el contrato, fui al paro hacia el día 10 y pedí el subsidio ya que únicamente tenia 3 meses cotizados, me dijeron que me darían 426€ que me enviarían una carta a casa con la aprobación y todo especificado pero no he recibido nada. ..me gustaría saber si hoy día 10 de septiembre cobraré el subsidio o no…gracias de antemano.

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