Uno de los pocos requisitos que exige la Oficina del Empleo durante el periodo de recepción de las prestaciones del desempleo es ir puntualmente a sellar la demanda de empleo. Su no renovación es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal penalice con la denegación del pago de una, tres o seis mensualidades en función de la reincidencia de esta inflación.
La renovación de la demanda es una obligación de los beneficiarios de prestaciones de desempleo. Por ello, el olvidar renovarla en fecha (salvo motivo de fuerza mayor) es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal inicie un procedimiento sancionador por infracción leve cuya penalización (tiempo sin prestaciones) depende de la reincidencia:
- Un mes: si es la primera vez que se incumple.
- Tres meses: si es la segunda vez
- Seis meses: si es la una tercera
- Pérdida total del derecho: si se produce un cuarto incumplimiento.
Para los supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción, cuando entre la comisión de una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.
En el caso de haber solicitado o ser beneficiario del programa de Renta Activa de Inserción, la no renovación de la demanda supone la baja definitiva desde el primer incumplimiento.
En definitiva, no hay que olvidarse de ir puntualmente a sellar la demanda de empleo, ya que el dinero nunca sobra, y menos cuando uno se está en el paro.
Debátelo en el: Foro de Trabajo.
Artículos relacionados:




Hola, estaba cobrando el subsidio de 400 euros hasta enero del 2013. Tenía que haber renovado la demanda en marzo y se me ha olvidado. No tengo justificativa, por no cobrar nada más, simplemente me he olvidado. De momento estoy solicitando el subsidio Prepara, ¿usted cree que este olvido afectará mi solicitud? Muchas gracias
Si ya has cobrado una vez la ayuda de los 400 euros, no te van a conceder otra vez independientemente de lo de la demanda de empleo.
Salu2.
Hola!en dia 21 de mes pasado me aprobaron la renta activa de insercion para mayores de 45 , en 27 tenya que renovar la demanda pero me olvide y renova en dia 9 de este mes y me daron de baja.Que me puede pasar ahora? Muchias gracias por su atencion.
La sanción en este caso es que te quitan la ayuda completa.
Salu2.
Buenas, se me olvido sellar el paro cobrando el subsidio… y me dieron de baja y desde la web me he dado de alta, y no me sale nada de una sanción ni de que no lo vaya a cobrar.. no me han mandado ninguna carta, que pasara? me sancionaran? tengo que ir?
Gracias.
Es posible que te sancionen… si fuera ese el caso te mandaría una carta o te dejan de pagar.
Salu2.
Pero la sanción seria de un mes cierto? en la web de la sepe y la del inem me consta como que lo tengo activo
Las sanciones figuran en el artículo de arriba, y depende.
Salu2.
E PERDIDO EL PAPEL I NO SE QUE DIA TENGO QUE SELLAR
Vete a SEPE y pide otro papel.
Salu2.
Buenas tardes:
Tengo 53 años, solicité la ayuda de mayores de 52 años antes del cambio de edad por ley. He fallado en la renovación de la demanda de empleo y en SEPE virtual figura mi prestación como baja cautelar.
Mi duda es ¿tengo que cumplir nuevamente todos lo requisitos, o solo me sancionarán con un mes sin cobrar la ayuda a mayores de 55 años?
Gracias.
Te sancionarán con 1 mes de ayuda.
Sigues con los mismos criterios que se te concedió la ayuda.
Salu2.
buenas,por no sellado he perdido la ayuda de la RAI POR MINUSVALIA.AUNQUE TODAVIA ESTOY ESPERANDO RESPUESTA DE LA ALEGACION QUE HICE.ME HAN SANCIONADO CON UN MES DE SUSPENCION,PERO MI PREGUNTA ES TENGO DERECHO A OTRA AYUDA CON LO QUE ME HA PASADO SOY MAYOR DE 45. GRACIAS
La sanción por no sellar al estar cobrando la RAI es la pérdida completa de la ayuda de 11 meses.
SI SOLO ME HAN PENALIZADO UN MES PUEDO SOLICITAR OTRA VEZ LA RAI O OTRAS AYUDAS
Supongo que podrás solicitar otra RAI si aún no has consumido los 3 que te pertenece.
Salu2.