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22 de enero de 2010

Pensiones No Contributivas

Las pensiones No Contributivas es un derecho que se da a unos determinados ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, que no han cotizado o no haya cotizado el tiempo exigido para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. La percepción de esta prestación está condicionada a un nivel máximo de ingresos.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Que tenga residencia legalmente en territorio español.
  • Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o no haber cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
  • Que carezcan de ingresos suficientes.

¿Qué es carecer de ingresos suficientes?

  • Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales
  • No obstante, si son inferiores a 5.321,40 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº convivientes €/Año
2 9.415,28
3 13.292,16
4 17.169,04

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 23.538,20
3 33.230,40
4 42.922,60

¿Qué tipos de prestaciones no contributivas existen?

Existen dos tipos y dependiente de la situación personal:

¿Dónde se ha de solicitar la prestación?

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.

La solicitud de la Prestación No Contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.

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4.293 comments to Pensiones No Contributivas

  • ana

    buenas tardes, el dia 5 de Mayo de 2.016 solicite la PNC,mi pregunta es cuantos meses aproximado tardan en concederla, en la solicitud ponia tres meses. muchas gracias……………

  • Dani

    Hola, soy portugués y mi mujer española y cobra una pensión no contributiva por minusvalía. Si por una causa justificable de un familiar en portugal que requiere nuestra presencia de más de 3 meses hay posibilidad de que mi mujer siga cobrando su pensión o que otra cosa se puede hacer?

  • jose manuel

    hola tengo un 65% y presente los papeles para la pnc hace poco me han mandado una carta diciendo que mandara el empadronamiento de donde vivia para demostrar que llevo 5 años viviendo en la comunidad europea, eso es algo normal? y los entregue tengo que esperar otravez el tiempo cero para la notificacion de que es aprobada o sigue el mismo curso el 17 de junio del 2016 hace 90 dias tengo que esperar masa? esque estoy en un sin vivir

  • Dani

    Ruego que preste atención a mi pregunta anterior formulada puesto que mi mujer ya está cobrando la pnc + el 50% por necesidad de terceros.

    • Debe de prestar atención usted a la respuesta.

      Se le indica que para cobrar la PNC hay que residir la mitad + 1 día del año en España, y por lo tanto si se tiene que ir a Portugal durante 3 meses y el resto del tiempo en España, sigue teniendo derecho a cobrar la PNC; porque va a residir 3 meses en Portugal, y 9 meses en España que será más de la mitad + 1 día del año.

      Salu2.

  • ana

    mi esposo en febrero cumple lo 65 años, el es pensionista por invalidez, mni pregunta es si cuando cumpla los 65 años le cambia su pension o se queda con el monto que esta percibiendo, el tiene cotizado casi 30 años.

  • rosa

    Estoy cobrando una PNC, de 160€ tuve un accidente de trafico en febrero,estuve en rehabilitación,con fisioterapia 60 días,y ahora la aseguradora de la persona que provoco el accidente me indemniza,el importe que me tendrá que abonar lo tengo que comunicar a las autoridades de la PNC.
    Gracias por la respuesta

  • Laura

    Me quedé en paro hace un mes y 5 dias. Trabajé 8 meses a media jornada. ¿Me corresponde algun tipo de paga o prestacion?
    Gracias por adelantado

    • Te falta poco para llegar a tener 6 meses cotizados por desempleo y optar a una ayuda.

      Si tuvieras un familiar a cargo, tendrías derecho a un subsidio de desempleo, pero si has dejado pasar 1 mes y 5 días, es que en su día, te dijeron que no.

      ¿Es así? ¿fuiste a SEPE a darte de alta?

      Salu2.

  • Fran

    Mi hermana cobra una PNC de de minusvalía.Mi padre ya muy mayor,(ya ha fallecido) guardador de hecho le cambió la residencia a ella dentro de la misma localidad a otra calle y con cambio en padrón municipal, pues ella así lo quería.Cosas de la enfermedad que es mental,aunque siempre se estaba atento a ella.El problema es que de esto hace ya casi unos 4 años «pero no participó el cambio a la consejería correspondiente del cambio de residencia en ese plazo de 30 dias». Ella sigue igual en cuanto a carecer de ingresos o vivir con familia que supere topes. Esta falta de comunicación en plazo 30 dias del cambio residencia es motivo de devolución de la PNC de los 4 años o solo sanción… o nada ????

  • Isabel Capilla Bastaros

    Mi pregunta es: mi padre acaba de entrar en una residencia concertada,es dependiente,tiene 84 años. Mi madre vive sola tiene 83años, no percibe ningun tipo de pension y ningun tipo de ingresos,tiene derecho a una pension NO CONTRIBUTIVA?

  • Cristina

    Hola, tengo un 65% de grado y por lo tanto cobro los 367.90€ de pensión. En el certificado pone «revisable a partir de abril de 2017». Mi pregunta es, cuándo tengo que volver a presentar la documentación pasar por el Tribunal otra vez? Pensaba entregarla en septiembre, porque en estos meses de verano lo mismo se extravían y tengo miedo. Será suficiente con 8 meses de antelación?
    Además otra pregunta, vivo sola de alquiler (pasando muchas estrecheces y necesidades), porque mi propio padre me estuvo haciendo la vida imposible para echarme de casa. Yo convivia con mis padres, al casarse mi madre de nuevo con él, tras 8 años de divorcio por la ludopatía de él. No me ayudan en nada, ni me hablan, ni se preocupan por mí, ellos tienen pensión de unos 1200€ y casa propia y yo malviviendo de alquiler. Esto se considera abandono familiar? Me encuentro muy deprimida y mi vida no tiene sentido. Vivir sola y sin amparo es lo más triste del mundo. Durante los años de divorcio mi padre nunca nos pasó la pensión de 130€ que el juez estableció para cada hijo desempleado. No se le podría solicitar con carácter retroactivo? Estuvo 10 fines de semana privado de libertad por abandono de familia. Pero él va a la suya. Su dinero es suyo y no ayuda a una hija que lo está pasando realmente mal

    • 1. En cuanto a la revisión. Indica que es revisable, pero no significa que tengas que revisarte. Será si ellos quieren te lo pedirán. Pero de todas formas, vete a IMSERSO y pide información.

      2. Puedes exigir que te pague la pensión. Pide un abogado de oficio (gratuito) y que te ayude a reclamar. Si un juez lo dictaminó que te tenía que pagar, le puede embargar sus bienes para hacer frente a dicha pensión.

      3. Sentimos tu situación… y damos ánimos para seguir luchando.

      Suerte!!!

    • Cristina

      Muchas gracias por responderme tan pronto.

      En el PROP me dijeron que al poner «revisable», lo tengo que solicitar yo, en este caso por agravamiento. Pensaba que en estos 4 años encontraría trabajo estable , que mi salud me permitiría aguantar como antes. Y no ha sido así. Tengo enfermedad autoinmune, tiroiditis de Hashimoto y estas depresiones que no me dejan vivir. Hace año y medio se me desarrolló un síndrome de Menière. En las dolencias autoinmunes parece ser que cuando no es una tecla, es otra. También migrañas muy recurrentes. Esto no es vida 🙁

      Un saludo y mil gracias por contestarme

    • Claro, si hay un agravamiento, lo tienes que solicitar tu, eso sí, salvo que requieras otra persona para que te ayude en tu vida diaria, la cuantía de la PNC no valía.

      Salu2.

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