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22 de enero de 2010

Pensiones No Contributivas

Las pensiones No Contributivas es un derecho que se da a unos determinados ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, que no han cotizado o no haya cotizado el tiempo exigido para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. La percepción de esta prestación está condicionada a un nivel máximo de ingresos.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Que tenga residencia legalmente en territorio español.
  • Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o no haber cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
  • Que carezcan de ingresos suficientes.

¿Qué es carecer de ingresos suficientes?

  • Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales
  • No obstante, si son inferiores a 5.321,40 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº convivientes €/Año
2 9.415,28
3 13.292,16
4 17.169,04

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 23.538,20
3 33.230,40
4 42.922,60

¿Qué tipos de prestaciones no contributivas existen?

Existen dos tipos y dependiente de la situación personal:

¿Dónde se ha de solicitar la prestación?

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.

La solicitud de la Prestación No Contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.

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4.293 comments to Pensiones No Contributivas

  • Lucia

    Lo pregunte y me dijeron q si me cambiaba entre q se ace los trámites tardaría unos dos o más meses q cobrar

  • Ricardo

    Hola tenia una pregunta mi suegro esta cobrando una pensión no contributiva de invalidez en la casa vivimos y estamos empadronados: mi suegro mi suegra, 1 hijo de mis suegros de 7 años y otro hijo de 18 años que es mi novio y yo estoy viviendo con ellos también estoy empadronada en esa casa y el es mi novio la pregunta era si mi suegro esta cobrando solo esa pension o contributiva de invalidez podría solicitar yo el salario social basico? En tal caso que pudiera solicitalo primero pediría cita en el jugrado para casarme con el como pareja de echo y después ya solicitaría el salario social podria solicitarlo si mi suegro cobra esa pension no contributiva ya que yo estoy empadronada en la misma casa pero no cuento como combatiente consanguineo pero mi pareja si compariente consanguinio de mi suegro ya que es su hijo entonces podría solicitarlo ya que el salario social también es a nombre de el y mio
    Espero que me resuelva las dudas y me aya explicado bien .

    • No creo que sea incompatible…

      Pero ojo con los requisitos de carencia de rentas. Al formar parte de su familiar y residir bajo la misma vivienda, tus rentas contará para su PNC.

      En cuanto a su PNC si influye a tu ayuda… eso habría que ver las condiciones de la ayuda que vas a solicitar. Pregunta en el organismo gestor.

      Salu2.

  • javi

    Buenas eche la solicitud el 1 de febrero y lo tengo todo aprobado de la pension no contributiva puedo cobrar antes que me llegue la carta de notificacion? y cuanto me tardaria la carta?

  • Susi

    Hola quería preguntar cuanto se tarda en volver a cobrar la pension de discapacidad después de un traslado dedde bArcelona a cadiz ya hace 6 meses que no cobro es normal?

  • pablo

    buenas noches,tengo 55 años y una pension de la seguridad social de 450 euros.voy a solicitar la ayuda permanente de mayores de 55 años(426 euros), para lo cual tengo todos l.os requisitos para ello.
    mis preguntas son las siguientes.
    1.¿son compatibles una pension de la seguridad social(450 euros mensuales) y la ayuda permanente para mayores de 55 años(426 euros)?.
    2.¿me concederan la ayuda permanente de mayores de 55 años(426 euros),siendo perceptpr de una pension de la seguridad social(450 euros mensuales)?

    • Para poder solicitar la ayuda de mayores de 55 años, tienes que perder el empleo ahora o estar cobrando una prestación de desempleo y que termine cuando tengas ya 55 años o estar cobrando un subsidio de desempleo al cumplir 55 años.

      Me temo que ese no es tu caso.

      En cuanto a si es compatible, imagino que la pensión es de incapacidad. Podría ser compatible, lógicamente tienes que haber trabajado en un empleo compatible con tu incapacidad y su posterior generación de derecho de prestación y subsidio de desempleo.

      Salu2.

  • laura

    hola,desde hace un año mi hija de 30 años ha vuelto a vivir en mi casa ella cobra una pension no contributiva de 526 euros por discapacidad ,debo ponerla en mi declaración de la renta,se supone que esta a mi cargo para la ley?o al ser mayor y cobrar esta pension se supone que no esta a mi cargo?

    • ¿Son 526 euros mensuales?

      En tal caso, te puedes aplicar el mínimo por descendiente si ella no presenta declaración de la renta con las siguientes precisiones:

      – Tributación individual del descendiente y rentas iguales o inferiores a 1.800 euros: Los progenitores podrán aplicar el mínimo por descendientes.

      – Tributación individual del descendiente y rentas superiores a 1.800 euros: Ninguno de los progenitores podrá aplicar el mínimo por descendientes.

      – Tributación conjunta del descendiente con uno de los progenitores (separación legal o inexistencia de vínculo matrimonial) y rentas iguales o inferiores a 1.800 euros: El mínimo por descendientes se distribuirá entre los padres con el que conviva el descendiente por partes iguales, aún cuando uno de ellos tribute conjuntamente con el descendiente. También se aplica esta regla en los casos de guarda y custodia compartida, cuando los descendientes tributan conjuntamente con uno de los progenitores.

      – Tributación conjunta del descendiente con uno de los progenitores (separación legal o inexistencia de vínculo matrimonial) y rentas superiores a 1.800 euros: El progenitor que tributa conjuntamente aplicará íntegramente el mínimo por descendientes, no pudiendo aplicar el otro progenitor mínimo por descendiente.

      – Supuesto especial. Fallecimiento de uno de los padres durante el período impositivo y convivencia del descendiente con progenitores hasta la fecha del fallecimiento: el mínimo por descendientes se prorrateará entre los padres, aunque el progenitor superviviente tribute conjuntamente con los hijos menores de edad y éstos tengan rentas superiores a 1.800 euros.

      Salu2.

  • pablo

    buenas noches, soy de nuevo pablo,muchas gracias por vuestra respuesta.
    de todos modos os informo que estuve cobrando 4 meses de paro, por haber trabajado un año y despues me concedieron 6 meses de ayuda(426 euros).
    el mes de marzo he cumplido 55 años y en abril acabo la ayuda de los seis meses(426 euros).
    por tanto creo que puedo solicitar la ayuda la ayuda permanente + 55.
    tambien os comente que soy perceptor de una pension de la seguridad social(permanente total),por lo que puedo trabajar en un puesto de trabajo diferente al que tenia.
    dicha pension asciende a 450 euros mensuales.
    uno de los requisitos que piden para que te concedan la ayuda permanente +55 es que el interesado no tenga ingresos superiores al 75% del salario minimo interprofesional,el cual para 2017 es 707 euros, siendo el 75%, la cantidad de 530 euros mensuales.
    como cobro una pension de 450 euros, que es inferior a 530 euros(75% s.m.i.)
    mi pregunta es la siguiente:
    ¿ podre cobrar simultaenamiente los 450 euros de mi pension y los 426 euros(si me lo conceden) de la ayuda permanente +55?.
    perdon por extenderme tanto.
    espero vuestra respuesta. un saludo.

  • maria

    Tengo 69 años y llevo cobrando mi pensión no contributiva desde hace 1 año. Me he marchado a Colombia desde hace 3 meses. Pueden quitarme la pensión no contributiva si me quedo a vivir en mi país. O la seguridad social me pide que me presenté para dar constancia de supervivencia?

  • Manuel

    Hola, mis padre esta en una residencia de ancianos y cobra una pensión por jubilación y mi madre vivía sola y cobra una pensión no contributiva con una minusválida de un 81 por ciento.
    Mi madre va a ingresar en la residencia ahora y me han dicho que perderá la pensión no contributiva, es correcto?

  • Dulce

    Hola, tengo 60 años y mi ultimo trabajo a tiempo parcial lo realice hace un año aproximadamente después de lo cual cobre un subsidio por 6 meses. No llego a los 15 años cotizados para poder solicitar jubilación anticipada y he cobrado ya las ayudas de la RAI y otras. A mi edad no creo muy factible que me contraten ¿Podría solicitar algún tipo de ayuda? Muchas gracias

    • Si no llegas a los 15 años de cotización, no tendrás derecho a una pensión de jubilación. Estudia a ver si te merece la pena acogerte a un convenio con la Seguridad Social para seguir cotizando.

      Si no cotizas los 15 años, lo único que podrías solicitar es la PNC de jubilación.. pero cuando tengas 65 años.

      ¿Otras ayudas de SEPE? me temo que no, sólo la RAI, y 3 veces.

      Salu2.

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