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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Juanma

    E vendido el coche en septiembre del 2015 a quien le corresponde pagar el impuesto de circulación se lo vendí a un particular

    • Si el coche se transfirió al comprador antes de que se acabara el año 2015, en ese caso le corresponde al comprador.

      – Si lo vendiste y el comprador aún no ha realizado la transferencia y tú no realizaste la Notificación de venta en Tráfico, entonces te llegará a ti, y te tocará pagarlo completo aunque ya no tengas el coche.

      Si no estás seguro de si se ha transferido o no, puedes comprobarlo solicitando el historial de ese coche en Tráfico.

      Salu2

  • Miriam

    He vendido una moto a mediados de febrero del 2016 a un particular ,a quien le corresponde pagar el impuesto?

    Gracias, un saludo!

  • Andrés

    Buenos dias,
    Compré un vehiculo usado en un concesionario en enero. Ahora me reclaman el impuesto municipal.
    Me corresponde pagarlo a mi o a ellos?
    Gracias

    • Buenos días

      ¿Quién te reclama el Impuesto? ¿El ayuntamiento?

      Es muy raro ya que el recibo lo envían al titular que figure a fecha 1 de enero de 2016 en Tráfico, así que debería haberle llegado al anterior titular y no a ti.

      Revisa el Permiso de circulación de tu coche a ver en qué fecha exacta se realizó la transferencia a tu nombre.

      Y ya nos dirás, ok

      Salu2

  • fabian

    entonces si vendi el coche en febrero tengo que pagar el impuesto de todo el año? hay posibildad de raclamar?

    • Sí, te toca pagar el de todo el año aunque el coche esté vendido (sólo se paga menos en los casos en que el coche se desguaza..pero en los casos de venta no..)

      Lo que se suele hacer es incluir ese impuesto en el precio del coche (subirlo un poco..). El problema es que la mayoría de los vendedores se enteran de esto tarde, cuando ya se ha vendido..

      Y en estos casos ya no hay remedio. No se puede reclamar.

      Salvo que el comprador acceda voluntariamente a reembolsártelo…cosa que no suele suceder..

      Salu2 y ánimo

  • MARINA

    QUIERO VENDER UNA MOTO PERO EL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE HA PROCEDIDO AL EMBARGO SE COBRO DEL IMPUESTO DE VEHICULO DE TRACCION MECANICA EL 26/2/16 Y A DIA DE HOY 06/04/16 NO APARECE EN TRAFICO ES URGENTE ¿QUE PUEDO HACER?

    • Hola.

      Disculpa pero no hemos entendido del todo bien tu caso.

      ¿Qué es lo que te han embargado? ¿La moto?

      Si la moto está embargada, no deberías venderla (podría considerarse alzamiento de bienes)

      Aunque en la práctica puedes hacerlo, ya que el embargo no es un impedimento para transferir en Tráfico.

      Lo que sí que es un impedimento es tener Impuestos de circulación pendientes. Si hubiera alguno pendiente de pago que figure en Tráfico, no se podrá transferir mientras no se presente en tráfico el recibo de haberlos abonado.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado. Sino por aquí seguimos.

  • Demetrio

    Hola,
    he comprado a un particular un coche en marzo de 2016, por tus comentarios entiendo que a el vendedor le llegará el impuesto de circulación de este año y que a él le corresponde pagarlo.
    Mi pregunta és :
    Que pasa si no lo paga? Me puede perjudicar a mi tanto a la hora de circular como a la hora de una futura venta de este vehículo?
    Gracias.

    • Hola

      Así es. Le corresponde al Vendedor.

      Si no lo paga, su ayuntamiento dispone de 4 años para reclamárselo.

      Si no lo pagara, y figura como impagado en Tráfico, el problema es que si tú quieres vender el coche, Tráfico no te permitirá hacer el cambio de titular mientras ese impuesto pendiente no se abone.

      En ese caso, tendrías que hablar con tu vendedor, o sino directamente abonarlo tú e incluirlo en el precio de la venta de tu coche y ya está.

      No está muy bien hecha la normativa en este sentido, pero de momento así es…

      Salu2

  • xis

    Hola, vendi un coche a mediados de 2015, por error el concesionario no hizo al transferencia de nombre, ahora me a llegado el recibo del ayuntamiento del impuesto del vehiculo a mi nombre ya que al final se pudo hacer el cambio de titular del vehiculo, el nuevo propietario no me contesta a las llamadas ni wasap, tengo el contrato de compra y venta con la fecha correcta hay alguna forma de reclamar?? o hacer algun escrito al ayuntamiento ???

    • Hola

      Pues si se trató de un error del concesionario, ellos son los responsables y ellos deberían reembolsárte ese dinero.

      Así que habla con ellos e interponles una reclamación.

      Salvo eso, no hay ninguna forma más de reclamar, ya que legalmente ese impuesto te corresponde a ti al ser el titular del vehículo a fecha 1 de enero (a la administración todo lo demás le da igual…)

      Salu2 y a ver qué te dicen en el concesionario..

  • isa

    Hola! he vendido el coche en Marzo de 2016 y me acaba de llegar el pago del impuesto de circulación, por lo que he leído , tengo que pagarlo yo, pero si no lo pago que pasaría? en que me puede perjudicar? que queréis decir con que el ayuntamiento tiene 4 años para reclamármelo?

    El comprador me mando una foto del permiso de circulación a su nombre, eso quiere decir que ya no hace falta que avise a tráfico de haber vendido el coche no?

    Muchas gracias

    • Hola

      Sí, ese impuesto te corresponde íntegro a ti.

      Si en el plazo de 4 años tu ayuntamiento no te reclama su pago prescribiría.

      En el caso de que no lo pagues, salvo que te lo reclame el ayuntamiento y te toque abonar un pequeño interés de demora, a ti no te pasaría nada.

      El problema lo tendría el comprador: si figura ese impuesto como impagado a Tráfico, no podrá vender el coche a otra persona mientras no se abone.

      Salu2

  • ramón lópez

    Hola.
    Por herencia, he tenido un coche sin cambiar de titular durante unos años. Como he vendido el coche, he tenido que cambiar al titular y ponerlo a mi nombre. Y, ahora, me llega un recibo del Ayto. donde vivo para que pague el impuesto de circulación, cuando hasta ahora el coche estaba domiciliado en otro Ayto. Solo he tenido el coche a mi nombre durante unos 15-20 días porque fue vendido.
    Tengo que pagar el impuesto o lo haría el nuevo dueño en su localidad.
    Gracias. Saludos.

    • Hola

      Al ponerlo a tu nombre te envían a ti ese recibo y aunque sólo lo hayas tenido por ese tiempo mínimo, te corresponderá pagarlo íntegro o tu ayuntamiento te lo reclamará.

      Hasta el año que viene al nuevo titular no le tocará pagarlo.

      Es injusto pero de momento así está hecha la normativa..y no hay mucho remedio, salvo que el comprador acepte reembolsártelo…

      Normalmente lo que se hace es tener ese impuesto en cuenta y añadirlo al precio del coche para compensar, antes de su venta. (lo malo es darte cuenta después, como suele suceder)

      Salu2 y ánimo

  • cesar

    compre un coche en marzo 2016 a un particular…quuien tiene q pagar el impuesto..y el proximo llegara a nombre mio directamente

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