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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Oscar

    Venderé mi coche el 03/05 y el impuesto de matriculación y el plazo de pago para pagar el impuesto e matriculación es el 05/05.
    Estoy obligado a entregarlo con el impuesto pago o le corresponde al comprador?

    • Hola

      No tienes que entregarlo con el impuesto pagado. Aunque no lo pagues, el impuesto de este año no consta todavía en Tráfico, así que se pague o no, no impedirá que el coche se pueda transferir.

      En cualquier caso, ese impuesto va a tu nombre y te corresponderá pagarlo íntegramente a ti. Sino tu ayuntamiento te lo reclamará…

      Lo que se suele hacer es subir un pelín el precio del coche (antes de llegar a un acuerdo con el comprador) y así venderlo con ese importe ya incluido… y ya está..

      En cualquier caso, discutir con el comprador y arriesgarte a perder la venta por esa cantidad no siempre merece la pena..

      Salu2 y suerte con la venta.

  • Santiago

    Este mes de Mayo he comprado un coche, a un particular.
    Entiendo que el impuesto de circulación lo pagara( o habrá pagado el vendedor). El coche estaba registrado a su nombre en una localidad, pero al hacer en cambio de nombre (el mio) y residir en una localidad diferente…. ¿ me reclamará mi ayuntamiento el pago de ese impuesto, por lo que queda de año ?

    • No. El pago completo de este año 2016 le corresponde al vendedor, va a su nombre y le tocará pagarlo íntegramente a él, o sino su ayuntamiento se lo reclamará.

      A ti hasta el 2017 no te llegará nada.

      Salu2 y no te preocupes por eso..

  • Tania

    Hola..Mi pregunta es:Yo a vendido el coche en finales de noviembre de 2015.Desde entonces el titular es nuevo dueño..Pero según el trafico, sigo como el titular asta 27 de enero del 2016 y me llega el pago del Impuesto del Circulación del año 2016.. ¿Quien tiene que pagar Impuesto del Circulación del año 2016?Yo o el nuevo dueño? Si en realidad ya no soy el dueño del coche desde noviembre del 2015..? Muchas gracias..Un saludo..

    • Hola

      Te corresponde pagarla a ti al seguir siendo titular del vehículo a fecha 1 de enero de 2016.. aunque ya no tengas el coche.

      Si no lo pagas tu ayuntamiento te lo reclamará.

      Para haberlo evitado tenías que haber realizado la Notificación de la venta de ese coche en nov de 2015…

      Salu2

  • Sonia

    Buenas tardes,

    A principios de Diciembre compré un coche a un particular y realicé todos los trámites para el cambio de titularidad a través de internet por lo que, desde entonces, entiendo que soy la propietaria del mismo pero a día de hoy no me ha llegado el pago del impuesto de circulación del vehículo ¿Puede ser que al ser en Diciembre tardase unos días el cambio y en enero todavía estuviese a nombre del propietario anterior?

    Gracias y un saludo.

    • Buenos días

      Los trámites para el cambio de titular hay que hacerlos en la Jefatura de Tráfico.

      ¿Tienes el Permiso de circulación a tu nombre?

      En el Permiso de circulación figura la fecha en que se hizo la transferencia.

      Si el Permiso de circulación estaba ya a tu nombre a fecha 1 de enero de 2016 el Impuesto de circulación de este año te tiene que llegar a ti (consulta con tu ayuntamiento en qué fecha pasan el recibo.. algunos lo pasan en septiembre..)

      Salu2

  • Jordi

    He comprado un Renault Megane Diecel año 1996 y lo he comprado en Marzo a quien le toca pagar el sello de este año.

  • David

    Tengo una duda he pagado hace un mes el ivtm pero ahora he vendido ese coche por a avería. He comprado uno nuevo tengo que pagar el impuesto del nuevo o me lo computan con el del vehículo viejo

    • El del coche nuevo lo pagas «sin darte cuenta» ya que va incluido en lo que en los concesionarios llaman «gastos de matriculación».

      Sobre el coche viejo, si lo das de baja definitiva en un desguace podrás reclamar al ayuntamiento que te reembolse la parte de trimestres «no consumidos» hasta final de año.

      Si no lo das de baja, no hay forma de recuperar nada de ese impuesto abonado.

      Salu2

  • Fernando

    Buenas,yo compre un coche a un particular en febrero 2016,ahora el vendedor me a entregado el papel que le a llegafo del ayuntamiento y me esta diciendo que tengo que pagarlo yo,me corresponde ami o es a el?

    • Buenas

      Legalmente le corresponde a él, por ser el titular del vehículo a fecha 1 de enero de 2016.

      Tendría que haberte subido un pelín el precio del coche y así hubiera quedado compensado.. Pero ya es tarde para eso..

      Así que si no quisieras pagárselo estarías es su derecho y no te pasaría nada.

      Es un recibo que va a su nombre y sólo se lo reclamarán a él en caso de impago.

      Salu2

  • Víctor

    Buenas.. yo compre un 4×4 el año pasado lo transferí en noviembre del 2015..me acaba de llamar el anterior propietario q le pasaron el impuesto de rodaje por su cuenta..es decir q ya se lo cobraron. El me reclama q se lo pague yo .. pero además de que legalmente no tengo porque hacerlo es bastante dinero xq el coche vino de mallorca… que debe hacer el… reclamar en su ayuntamiento?! Es un fallo de tráfico? Gracias por la ayuda

    • Buenas!

      Debes coger el Permiso de circulación de tu coche, y revisar en qué fecha se hizo la transferencia. Ahí figura exactamente.

      Si la transferencia se hizo dentro del 2015, el impuesto de circulación de este año te debería llegar a ti. Tu ayuntamiento te debería mandar a ti el recibo de pago correspondiente (en algunos ayuntamientos no lo pasan hasta sept..)

      Así que si en el Permiso de circulación figura que la transferencia se hizo en el 2015, el vendedor tendría que reclamar a su ayuntamiento ya que se trata de un error.

      Dile al vendedor que solicite el Historial de ese vehículo en Tráfico, donde se indica que se transfirió en el 2015 y que lo presente en su ayuntamiento para que rectifiquen el error.

      Si se transfirió en el 2016 ya sería otro tema…

      Ya nos dirás qué fecha figura..

      Salu2!

  • Marce

    Hola, para la compra de un coche nuevo en noviembre 2015, entregamos al concesionario un vehículo con mas de 10 años (plan pive) y ahora nos llega impuesto de circulación por ambos coches…. Esto es correcto? Nos corresponde pagar ambos?

    gracias

    • Hola

      Es correcto que te llegue el del vehículo nuevo.

      Pero el del vehículo viejo no!!

      Si os llega el del coche viejo es porque a fecha 1 de enero de 2016 aún no se había dado de baja, y eso es un problema que debéis aclarar.

      En vuestro caso acudiríamos a Tráfico a solicitar el Historial del coche viejo (ahí figura si se ha dado de baja y desguazado como debería haber sido o no…..)

      Hay concesionarios que se han quedado con coches viejos y los ha revendido, y si circulan con él estando a vuestro nombre aún puede ser un problema serio (la multa si circulan sin asegurar es de 1.500€ y os llegaría a vosotros al seguir siendo el titular…)

      Revisar el historial del coche que os den en Tráfico y acudir al concesionario cuanto antes para ver qué ha sido de vuestro coche.

      Ya nos contareis.

      Salu2

  • wy

    Buenas tardes:
    Mi marido tiene discapacidad,con lo cuál se libraria de pagar el impuesto de circulacion,pero por otro lado no están los vehiculos a su nombre,sino al mio.
    Habria alguna manera de que aunque yo sea la titular del vehiculo,pueda poner él el impuesto de circulación a su nombre.
    He leido más arriba(peor no he terminado de comprender)que el que paga es el titular registral,independientemente de que sea el titular real.
    Muchas gracias

    • Buenos días

      Para solicitar la exención del impuesto de circulación, los ayuntamientos exigen que el vehículo esté a nombre de la persona con minusvalía.

      Tu Ayuntamiento lo único que tiene en cuenta es quién figura como titular en Tráfico y por tanto en el Permiso de circulación.

      Puedes llamar a tu ayuntamiento para ver si hay alguna posibilidad (ya que al ser impuesto municipal la normativa puede variar de unos sitios a otros..), pero lo cierto es que no vemos mucho remedio…

      Salu2

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