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30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.

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    1.240 comments to Separación de bienes

    • Gemma

      pueden reclamar una deuda de una persona fallecida? durante cuánto tiempo? sus hijos tienen obligación de pagarla? si no, que pasaría? gracias.

    • Gemma

      sobre la pregunta que he hecho antes de la reclamacion de deuda a persona fallecida; si dicho persona no hubiera otorgado testamento?
      Gracias

    • sonia

      Hola,quisiera saber como puedo hacer separacion de vienes, si mi marido tiene que estar presente y donde tengo que ir.es un piso que llevo pagando 5 años antes de casarme.
      si no hago separacion de bienes y con un hijo q pasaria con el piso si me separo o divorcio?.gracias

      • Para realizar la separación de bienes, deben acudir ambos a un notario para realizar la firma de las capitulaciones matrimoniales y después registrarlo en el Registro.

        Si el piso es la vivienda familiar, lo más normal es que ante una separación el juez otorgue el uso temporal al cónyuge que se quede con la custodia de los menores.

        La propiedad de los bienes adquiridos antes del matrimonio son privativos de cada miembro independientemente del régimen matrimonial.
        Sin embargo, los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes del matrimonio tendrán siempre carácter privativo, aún cuando la totalidad o parte del precio aplazado se abone con dinero ganancial, salvo en el caso de la vivienda y ajuar familiares (artículo 1357 del Código Civil). En este caso, estos bienes corresponderán pro indiviso al cónyuge o cónyuges en proporción al valor de las aportaciones respectivas.

        Es decir, en el caso de una vivienda con hipoteca la parte de la vivienda que se pagó antes del matrimonio es privativo, mientras que lo pagado durante el matrimonio es de ambos cónyuges y en caso de disolución del matrimonio se disolvería de forma proporcional, debiendo abonar al cónyuge no propietario la parte proporcional que haya pagado.

        Salu2.

    • Carolina

      Hay algun problema teniendo una casa de proteccin oficial ,para hacer la declaracion de bienes.Llevamos 3 años viviendo en esta casa

    • Linda

      Mi novio tiene una hija de una relacion anterior (union libre) y ahora queremos casarnos, pero yo quiero hacerlo bajo regimen de separacion de bienes. En caso de llegar a tener un hijo en comun que heredarian tanto su hija como nuestr@ hij@

    • ANTONIO

      tengo un hermano que esta casado en separaciones de bienes con dos hijos, se va a separar y la casa donde ha vivido es el 50% mio y el otro de el,mi hermano le ofrece una casa a sus hijos y mujer, debido a que la casa no pertenece el 100% a el , quisiera que me respondieran si la casa de mi propiedad volvera a poder difrutar yo, gracis…

      • Buenos días.

        Si han llegado un acuerdo tu hermano con su mujer para alojar a ella y a sus 2 hijos en otra vivienda, no habrá ningún problema. La casa seguirá siendo propiedad al 50% entre vosotros 2. El disfrute de dicha casa lo tiene que hablar única y exclusivamente con su hermano, se tendrá que ponerse de acuerdo.

        Salu2

    • ana

      podria decirme como registrarme para poder partiipar en el foro

    • ana

      Hola , soy extranjera y me casare con un español , pero yo quiero hacerlo con separacion de bienes , me podria decir cuanto cobra un notario por hacer el tramite

    • azucena

      hola me quiero casar por lo civil,¿la separacion de bienes se hace en el momento de casarse o si hay que dejarlo dicho cuando se presenten lo papeles en el juzgado para que vayn preparandolo

    • JOSE LUIS LUENGAS

      Hola como estan mi caso es el sigueinte:
      Me separe de mi esposa hace 4 meses, pero le deje un activo ( negocio) estamos pagando una deuda, pero ella no me dice cuanto gana el negocio y siento que ella me miente en al entrada de los ganaciales como puedo hacer por medio de las leyes para que ella me tenga en cuenta en ello asi no sentirme timado o robado, y mi miedo es que ella espere

      Que yo cumpla el tiempo estipulado por la ley para perder mis derechos sobre los bienes que yo de buena fe puse a nombre de ella,que derechos tengo sobre el patrimonio adquirido en el matrimonio y que debo hacer el embargo de bienes, no se que hacer ayudame!

      Espero pronta respuesta

      • Hola Jose Luis.

        Si la separación ha sido de mutuo acuerdo los cónyuges debéis acordar la forma de gestión tanto de las deudas que tengáis pendientes en común como de los negocios de los que participeis los dos.

        En el caso de que no os pongáis de acuerdo debes saber que el régimen matrimonial (separación de bienes, gananciales, ..) que tuviérais en el matrimonio no se extingue por el hecho de estar separados. Así que en función de cual tuvieras podrías exigir tus derechos.

        Al cabo de un año de estar separados, podrías solicitar via judicial la disolución de la sociedad de bienes gananciales en el caso de que tuviérais ese régimen.

        Dada la importancia de tu caso y la posibilidad de un embargo por medio, te aconsejaríamos que consultes como un abogado especializado la forma de actuar presentándole toda la documentación concreta.

        Esperamos que tu situación se solucione y ya nos irás contando.

        Salu2

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