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26 de mayo de 2009

Daños ocasionados por deficiencias en vía pública. ¿Cómo reclamar?

Los accidentes o daños provocados por desperfectos en las vías públicas se pueden reclamar. Indicamos el procedimiento a seguir y qué hacer en estos casos.

¿Qué se puede reclamar?

¿Cómo reclamar?

¿Dónde presentar la reclamación?

En caso de denegar la reclamación, ¿se puede recurrir?

¿Qué procedimiento sigue el Ayuntamiento en estos casos?

¿Qué normativa contempla estos casos?


¿Qué se puede reclamar?

Se podrá reclamar indemnización por daños provocados por:

  • mal estado del pavimento
  • socavones en vía pública
  • desprendimiento de tapas de alcantarillado
  • daños en acera por raíces de los árboles
  • caída de señales
  • desprendimiento de losetas
  • arquetas sin tapa, etc..

¿Cómo reclamar?

Para poder reclamar la indemnización correspondiente, deberá:

  • Llamar a la Policía en el momento del accidente para que realice atestado correspondiente, tomar fotos de los daños y de lo que los ocasionó.
  • Testigos: es importante que si hay testigos firmen el atestado.
  • Lesiones: todas las lesiones deben quedar reflejadas en el parte médico. Y se podrán presentar también los partes de Baja/alta de la Seguridad Social, justificante de consultas médicas.

¿Dónde presentar la reclamación?

Para la reclamación deberá presentarse una instancia en el ayuntamiento que tenga la titularidad municipal de esa carretera, concretamente en el Registro General del Ayuntamiento, que lo derivará al de Reclamaciones Patrimoniales.

Deberá detallarse lo ocurrido, lugar, fecha y hora, y las causas que lo han ocasionado.

En caso de denegar la reclamación, ¿se puede recurrir?

El ayuntamiento tiene un plazo de 6 meses para dar una contestación. En el caso de no responder, la reclamación será desestimada por silencio administrativo.

Sin embargo, quedaría abierta la vía judicial para poder presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso.

¿Qué procedimiento sigue el Ayuntamiento en estos casos?

Por regla general los Ayuntamientos tienen contratado un seguro para los casos de reclamaciones de responsabilidad patrimonial.

Una vez aceptada la reclamación, toda la documentación referente a la misma se envía a la empresa aseguradora para el estudio de los hechos, sin perjuicio por ello de la competencia del Ayuntamiento para la resolución de la reclamación.

Se solicitarán los informes necesarios, aunque siempre de carácter no vinculante (Ley 30/1992) a los departamentos del consistorio relacionados con la reclamación (como por ejemplo, departamento de urbanismo, en el caso de desperfectos en el pavimento)

Una vez recopilados todos los informes e información, se realizará un trámite de audiencia, a partir del cual la persona interesada dispondrá de un plazo de 15 días para formular las alegaciones que estime oportunas.

Finalizado este plazo, el técnico competente realizará un informe jurídico que no tendrá carácter vinculante, y que podrá ser no favorable, o favorable total o parcialmente.

La decisión final sobre la Reclamación corresponderá a la Junta de Gobierno, y se notificará a la persona interesada indicándole asimismo los recursos administrativos y judiciales (recurso de reposición y/o recurso contencioso-administrativo) que podrá interponer si no estuviera de acuerdo con la resolución.

¿Qué normativa contempla estos casos?

  • Art. 145 Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen jurídico de las AA.PP y del Procedimiento Administrativo Común
  • RD 429/1993, de 26 de marzo
  • Los daños que se produzcan a consecuencia del mal estado de las vías públicas, están incluidos en el «Reglamento de los procedimientos de las administraciones publicas en materia de responsabilidad patrimonial» – (articulo 54)
    • art. 54, de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que dispone: «Las Entidades locales responderán directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o de la actuación de sus autoridades, funcionarios o agentes, en los términos establecidos en la legislación general sobre responsabilidad administrativa.»
  • De la aplicación al presente supuesto de los principios generales de la responsabilidad patrimonial, recogidos en los artículos 139 y 141 LPAC, resultan las precisiones que a continuación se indican:
    • 1ª. Por un lado, “los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualesquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos” (artículo 139.1 LPAC).
  • art. 6 del reglamento del procedimiento de la Administración Pública en materia de responsabilidad patrimonial (RD 429/93 de 26 de marzo)
  • art. 70 e 71.1 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas 30/92 de 26 de noviembre de 1992.

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426 comments to Daños ocasionados por deficiencias en vía pública. ¿Cómo reclamar?

  • paquillo

    Hola,El dia 11/10/08,hizo un fuerte viento en San Fernando(cadiz), a consecuencia de ello un arbol de grandes dimensiones cayó sobre mi coche causandole daños,la Policia Local no pudo venir asi que le hice varias fotos y con los documentos del coche y los escritos pertinentes lo entregué en el Ayuntamiento,asi como el informe de la Policia porque tuve que ir a la Jefatura a dar parte de lo ocurrido; el consorcio no se hacia cargo porque el viento fué a menos de 139k/h asi que la Agencia Estatal de M. me envió un certificado como el viento ese dia era de 111 k/h, todo fue entregado en el Ayuntamiento en tiempo y forma,?como es posible que todavia no me hayan dado un resultado?gracias de antemano por si aguien me quiere dar una solucion.-

    • Hola Paquillo.

      Como indicamos en el artículo, el ayuntamiento dispone de un plazo de 6 meses para responder. En el caso de que no lo hicieran en ese plazo, la reclamación será desestimada por silencio administrativo.

      Sin embargo, quedaría abierta la vía judicial para poder presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso…

      Lo mejor sería quizás que antes de nada pasaras por el Ayuntamiento con la documentación de tu caso que tengas guardada y consultes a ver si te pueden informar sobre qué sucedió con tu expediente.

      En el artículo indicamos la normativa que regula los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Convendría echarle un vistazo a ver si indica algo en los supuestos de daños por inclemencias metereológicas.

      Ya nos contarás a ver qué te comentan en el Ayuntamiento si vas por allí.

      Salu2

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • María José

    BuenosDías,
    Sufrí una caída en la vía pública, había un socavón de más de 20cm de profundidad, al lado de la acera y de una papelera, mi vehículo estaba estacionado al lado, al intentar acceder a él, desde la acera pise el socavón y caí de una forma aparatosa y con mucho dolor, resultando un esguince de 3º, con lesiones, hematomas en el brazo, y baja de casi dos meses, presente denuncia ese día en la Policia local del Excmo.Ayto., con testigos, fotos, parte de lesiones, baja médica…etc.,han pasado unos meses y al no saber nada, he puesto una instancia en el Ayto., ha hablado conmigo la abogada del mismo requiriéndome la documentación y si tenía baja médica, dice ella que aún no la tiene y que en el Juzgado mi parte de lesiones y denuncia no le darán trámite por ser tema administrativo..y que ningún ciudadano ha pedido en estos casos los daños provocados por caída en socavón…me podeís asesorar?

    • Tal como indicamos en el artículo, para la reclamación podrías presentar una instancia en el ayuntamiento correspondiente, concretamente en el Registro General del Ayuntamiento, que lo derivará al de Reclamaciones Patrimoniales.

      En esta reclamación debes especificar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad
      entre éstas y el socavón en la acera, el momento en que la lesión efectivamente se produjo, y tendrías que adjuntar cuantas pruebas, documentos e informaciones estimes oportunos.

      Por regla general los Ayuntamientos tienen contratado un seguro para los casos de reclamaciones de responsabilidad patrimonial, y los casos como el tuyo por desgracia son bastante habituales y motivos de reclamación. En el punto ¿Qué normativa contempla estos casos? puedes ver las leyes que lo regulan.

      No dejes de insistir y presentar la reclamación en el ayuntamiento. Tampoco tienes nada que perder.. El inconveniente son todas las trabas que como ya estás viendo ponen para todo el proceso..

      En el artículo puedes ver de forma más detallada los trámites que se realizan en todos estos casos (ya sea por socavón en la carretera, caídas en la acera, arquetas sin tapa, etc..).

      Lo que no podemos concretarte es el plazo que hay para poner la reclamación desde que se producen los daños..

      Esperamos que te sirva.

      Salu2

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  • edilma

    buenos dias
    el dia 3 de diciembre sufri un accidente al bajarme del autobus meti el pie derecho a un agujero que habia en la acera ocasionandome tocedura y esguince me atendio el personal del samur y posteriormente los servicios medicos procediendo a inmovilizarme y a darme de baja, al dia siguiente presento la reclamacion al ayuntamiento incluyendo fotos e informe de la actuacion del samur.mi pregunta es a dia de hoy sigo de baja y quisiera adjuntar mas documentacion que debo hacer adjuntar los documentos presentando la instancia y especificando el expediente o realizar una nueeva instancia con todas las pruebas.por su ayuda le doy mis mas sinceros agradecimientos

    • Debido a que es un tema que depende de cada Ayuntamiento, las pautas que sigue cada uno pueden variar, por lo que lo mejor es que consultes en el que te corresponde cómo debes hacer exactamente para adjuntar esos datos al expediente ya abierto.
      Ya nos comentarás a ver qué te dicen.

      Salu2

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  • esther

    el pasado 16 de febrero pillé un bache en el km 45,5 de la A4 sentido Madrid, lo que me ocasionó el reventón de una rueda. Estaba lloviendo, la visibilidad era mala, había bastante tráfico y había un tramo en el carril derecho lleno de baches por lo que era prácticamente imposible evitarlos. Otros coches sufrieron el mismo accidente por la misma razón, la guardia civil de tráfico llegó, nos tomó las matrículas, pero no hizo atestado en el momento, por su puesto yo no pude hacer fotos. La guardia civil nos dijo que nos tomaba las matrículas por si queríamos reclamar a conservación de las carreteras. He leído la forma en que tengo que reclamar, pero no tengo fotos ni atestado ni sé a qué ayuntamiento pertenece ese tramo al tratarse de una autovía. Si alguien me puede ayudar, estaré muy agradecida.

    • Al ser una carretera Nacional sería competencia en principio del Ministerio de Fomento mantenerla en perfectas condiciones.

      En esta caso, te facilitamos el Telf de Atención al Ciudadano del Ministerio de Fomento donde deberían indicarte cómo proceder a realizar la reclamación en este caso:

      Ministerio de Fomento
      – Oficina Central de Información Administrativa
      – Horario atención telefónica y presencial:
      Lunes a viernes de 9 a 17’30. Sábados de 9 a 14
      – 915 978 787 (12 líneas)
      atencionciudadano@fomento.es portal@administracion.es

      Ponte en contacto también con la guardia Civil para ver si las matrículas de las que tomaron nota figurán en algún archivo donde se indique lo sucedido. (se supone que las apuntaron para algo, verdad?

      Ya nos dirás a ver qué te comentan en ambos casos. ok. 😉

      Salu2

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  • jesus

    buenas,les cuento mi caso,circulaba con mi coche por la avd de los poblados (Madrid),cuando cojí un «pequeño» socavon que me ocasionó un reventón,que no noté hasta pasado unos metros por circular a muy baja velocidad ya que salia de un semaforo qeu se acababa de poner verde,con lo cual ni tuve manera de tener un atestado ni de tener ningun testigo de lo ocurrido.
    yo pertenezco a cuerpos de seguridad del estado y no se si indicando eso me valdria para la reclamación,porque lo que son fotos del socavon,presupuesto de las ruedas y fotos del estado en el que quedaron los neumaticos si las tengo.
    gracias por anticipado por la respuesta.

    • Podrías intentar reclamar con las pruebas de que dispones. Tampoco tienes nada que perder, salvo un poco de tiempo en presentar toda la documentación…

      Presenta la reclamación siguiendo los trámites que indicamos en el artículo y a ver si tienes suerte.

      Es normal que muchas veces en casos así pensemos que el daño es menor o no nos demos cuenta en el momento, y por tanto no dispongamos de atestado de lo ocurrido..

      Salu2 y ya nos contarás a ver qué te contestan.

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  • María José

    Buenas Tardes,

    Me ha llegado una carta certificada donde indica que se inicie el exp. administrativo con objeto de reconocerme si procede el derecho de indemnización que solicitaba en mi instancia, la cual la adjunte con toda, toda la documentación referente, en la propuesta de resolución indican en último término que elevan a resolución la propuesta anterior transcrita…..Mi pregunta es: ahora he de esperar a que me indiquen la propuesta por parte del seguro o he de nuevamente enviar toda la documentación al ayuntamiento a través de una nueva instancia??

    Agradeciendo vuestros comentarios,
    Os felicito por esta iniciativa,
    Atentamente,
    María José

    • Buenos días Mª José

      Entendemos en tu caso que deberías esperar a la resolución de tu caso, donde figurarará en la misma los recursos administrativos y judiciales que podría interponer si no estuvieras de acuerdo con la misma.

      Con todas las pruebas que aportaste creemos que debes tener derecho a indemnización.

      De todas formas, como en las notificaciones de estos procedimientos en los que hay indemnizaciones de por medio no indican nunca nada claro, si te es posible preséntate con la documentación recibida en el ayuntamiento correspondiente y que te aclaren los trámites siguientes a seguir por si acaso..y en qué plazo de tiempo te darán respuesta.

      Ya nos contarás y ánimo! Qué vaya paciencia que hay que tener para estos temas, verdad?

      Salu2 y felicidades por el día tu santo 😉

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  • Fernando

    Buenas tardes,

    Yo me caí de unas escaleras de un mercada municipal con la mala fortuna de romperme el fémur. Aquellas escaleras en principio no estan en mal estado pero si que la noche anterior llovió mucho y las esclares estaban mojadas.
    Al tema se le añade que, aquellas escalares tienen un último escalón que, sin sestar en mal estado, ha provocado más de 2 y de 3 caídas y el mismo periódico de la ciudad así lo ha publicado.
    En el momento de la operación me he tenido que pagar una placa de 2000.
    ¿Cabe solicitar una indemnización al Ayuntamiento por la falta de diligencia a la hora de no preveer un posible accidente sabiendo que las escaleras estaban mojadas? Teniendo en cuenta que son unas escaleras que ya han traído problemas.

    Gracias.

    • Buenas tardes Fernando

      Vaya faena.. Espero que vayas estando mejor poco a poco.

      En el caso de que esas escaleras a pesar de tener un aparente buen estado ya hayan tenido precedentes de accidentes similares y encima publicados en el periódico, podría caber la posibilidad de que reclamaras por los daños causados.

      Lo único es que para ello tendrías que demostrar que fue allí donde te ocurrió la caída presentando toda la documentación que indicamos en el artículo (datos de testigos, parte médico, atestado..etc)

      Con ello y siguiendo los trámites que en el artículo indicamos podrías presentar la reclamación.

      Si carecieras de pruebas, sería muy difícil que saliera adelante la reclamación de indemnización.

      Salu2

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  • Ruben

    Hola, Sufrí un accidente a consecuencia de grava en el asfalto.Yo iba en moto y la grava me hizo perder el control y estamparme con un coche.Ahora estoy de baja e intento recabar datos acerca del accidente, como el atestado de la policia local,partes medicos,testigos…
    Mi pregunta es ¿cuál es el paso siguiente? Gracias

    • Hola Ruben

      Esperamos que te mejores pronto. Vaya susto..

      En principio tendrías que seguir todos los trámites que indicamos en el artículo.

      Una vez recopilada toda la información, tendrás que presentar la reclamación aportando todos los datos posibles de lo sucedido ante la administración que se encargue de la titularidad municipal de esa carretera. (dependerá de en qué carretera te ha sucedido, si está dentro de un término municipal concreto o pertenece la responsabilidad al Ministerio de Fomento..)

      Por lo demás tendrás que seguir todos los trámites que indicamos en la parte superior.

      Esperamos que todo vaya bien y ya nos irás contando cómo va la reclamación que presentes.

      Salu2

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  • edilma

    buenos dias me ha llegado una carta donde me informan que debo presentar declaracion juramentada de que no he sido indemnizado x mutualidad de seguros y que exponga la estimacion de la cuantia en que valoro el daño sufrido mi pregunta es esta declaracion la debo hacer ante notario o abogado o solo con mi declaracion es suficientey los daños como se valoran existe alguna tabla de valores para estos daños x su colaboracion muchas gracias

    • Ante notario es la mejor forma de dar fe de que no lo has cobrado. Sería la mejor forma de asegurarte pero no sabemos que tarifa te cobrarán por ello. Consúltalo con un notario antes de nada, aunque sea llamando por telf en un momento.

      Sino, firmando por tu cuenta una declaración jurada donde indiques:

      DECLARACIÓN JURADA

      D. /Doña…………………………………………………………………………
      con D.N.I. nº …………… y domicilio en la C/………………………………..
      Nº…….. del municipio de ………………………………………………………

      DECLARO BAJO JURAMENTO QUE: _______

      Fecha y firma___

      debería servir también.

      De todas formas consultalo en el organismo en el que lo tienes que presentar.

      Respecto a la valoración de daños no estamos muy seguros si te refieres a daños personales (valorados por los informes médicos) y o a los del coche (valorados por el perito del seguro).

      Habría que revisar tu caso a ver qué es lo que te ha ocurrido exactamente…

      Salu2 y esperamos que se solucione pronto.

  • David Alcaide

    Hola.Vivo en Ibi.Alicante cerca de Alcoy el dia 24 de dicienbre del 2009,salía de viaje con mi mujer y el niño. Antes de incorporarme a la autovía pasé por una zona de la vía de servicio donde hay unos contenedores de basura para dejar una bolsa con pañales del nene cuando antes de parar oí como se iva todos el aire de la rueda derecha del Misubishi montero. Había rajado la rueda con los esparragos que sujetan una farola a su base. ( Que por supuesto no había farola) LLame a la policia vinieron y después de pasadas las navidades presente reclamación en el Ayuntamiento de Ibi. La atendieron y al final me contestarón del departamento de urbanismo en el mes de mayo que esa via de servicio petenece a la autovía y que es de Fomento. Donde me dirijo? Gracias

    • Hola David

      Si se na vía de serivicio que corresponda a una carretera Nacional sería competencia en principio del Ministerio de Fomento mantenerla en perfectas condiciones.

      En esta caso, te facilitamos el Telf de Atención al Ciudadano del Ministerio de Fomento donde deberían indicarte cómo proceder a realizar la reclamación en este caso:

      Ministerio de Fomento
      – Oficina Central de Información Administrativa
      – Horario atención telefónica y presencial:
      Lunes a viernes de 9 a 17?30. Sábados de 9 a 14
      – 915 978 787 (12 líneas)
      atencionciudadano@fomento.es portal@administracion.es

      Tendrás que aportar el atestado que dispongas de la Policía y todas las pruebas relacionadas con lo sucedido que dispongas (fotos, por ejemplo, factura reparación en taller para reclamar el importe y demás)

      Salu2!

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