Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

Artículos relacionados:

3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • vivi

    estoy cobrando la ayuda de los 420€ y me llamaron para trabajar un par de semanas,cuando termine seguire cobrando o tengo que pedir la reanudaciondel subsidio porque supongo que podre seguir cobrando no?

  • Jonh

    muchas gracias es de mucha ayuda sus consejos salu2

  • Jonh

    buenas,queria consultarle,me denegaron la ayuda por las rentas de mis padres,y queria saber si estuviera en paro en unos meses y la renta de mis padres fuera inferior a la actual que supera los 1500euros se quedase alrededor de 1000 euros podria volver a solicitar esta ayuda?por que no tengo derecho a ninguna ayuda me dijeron,esto en caso si sigiera en paro yo,gracias

  • Jaime

    Hola, yo pedí la prestacion por desempleo hace unos ventipico dias…. y no me han contestado ni nada!! como puedo saber si ya se a aceptado o denegado? y al inem no puedo ir ya q estudio por las mañanas!!! gracias de antemano a cualquier respuesta xD

    • Lo normal, si te han aprobado es que sobre el día 10 recibirás el pago de la primera prestación, y en caso contrario puede llamarles por teléfono al número: 901 11 99 99.

      Salu2.

  • claudia

    solo me corresponde el subsidio de desempleo hasta el 15 de febrero, y si sigo sin trabajo me correspondera el subsidio de 420 euros, ya que antes estuve de autonomo y deje pasar tres meses antes de pedir el primero.
    gracias tengo dos hijos.

    perdon no fui nada clara, queria saber si los 420 seguiran dandolo para febrero, gracias

  • Natalia

    Yo estoy cobrando la ayuda de 420 € hasta marzo. Si para esa fecha no he encontrado trabajo, se me puede prorrogar la ayuda y si es asi, durante cuanto tiempo mas?

    • En principio la intención del gobierno es mantener el subsidio siempre que el paro esté por encima de creo recordar los 4 millones…, pero de momento está aprobado para 6 meses… hay que esperar para ver qué va a ocurrir.

      Suerte.

  • Nathalie

    Buenos días,
    Soy madre soltera de 40 años con un niño de 5 años. A tal efecto, tengo el titulo de «familia monoparental» emitido por la Generalitat y cobro cada año la ayuda de 700€ (un poco más).
    Mi mayor problema actual es que no encuentro trabajo, no puedo cobrar el paro porque siempre he sido autónoma (me dí de baja hace 2 años) y ahora me encuentro con varios problemas financieros y quisiera saber si puedo pretender a esta ayuda de unos 430€ mientras siga buscando un empleo.
    En caso de que la respuesta fuera positiva, quisiera saber donde tengo que hacer la solicitud y cual es la documentación que debo aportar. Vivo en Roses (provincia de Girona), mi situación en la Seguridad Social sigue siendo la misma que hace 2 años y solo dispongo de la ayuda de la Generalitat y la de la Seguridad Social (120€ cada 6 meses). Menos mal: mis vecinos son mis padres y me ayudan para la comida (mi hijo y yo comemos y cenamos con mis padres lo que me ayuda en este nivel…).
    Espero puedan ayudarme y quedo a su entera disposición para cualquier consulta. Por favor, si no contesto en mi teléfono de casa, les ruego me envíen un correo electrónico, ya que no me paso las 24H del día dentro de casa…
    Con antelación, les agradezco.
    Muy atentamente,
    Nathalie

    • Sentimos mucho comunicarle que la ayuda de los 420€ es sólo para trabajadores por cuenta ajena que han dejado de percibir la prestación de desempleo o el subsidio de desempleo desde el 1 de Enero de 2009.

      Sólo me queda desearle que encuentre un trabajo en la mayor brevedad posible.

      Suerte!!!

  • ovidiu

    hola, la prestacion contributiva se me acaba dentro de 4 dias,si no encontro trabajo puedo beneficiar de la ayuda de 420euro?tengo que levar algun papel o entra directamente. gracias

  • bianca

    buenas tengo una pregunta me a dicho una amiga que ahora si no estas trabajando puedes pedir una ayuda de 420 euros al mes pero que esta ayada no tiene nada con la ayuda que la pides despues que terminas de cobrar el paro es decir yo no e cobrao el paro todavia nunca porque no tengo suficiente hornales asi que puedo pedir la ayuda de 420 euro y donde soy de rociana del condado
    y mi padre estuvo 2 ano autonomo se a da de baja como autonomo en octubre y no trabaja en ningun sitio puede beneficiar de alguna ayuda el no a cobrao nunca el paro y tampoco lo puede cobrar ahora porque le ase falta hornales
    vivimos toda la familia mi madre mi padre mi hermano 25 ano y jo 22 en una casa pagando alquiller de 4 ano tenemos patronamento en esta casa de que ayuda podemos beneficiar porque no encontramos en ningun sitio trabajo muchisimas gracias

    • Si nunca has cobrado el paro, no tiene derecho al subsidio de los 420€.

      Este subsidio es sólo para aquellas personas que han dejado de percibir el susbisido de desempleo o las prestación de desempleo desde el 1 de enero de 2010. Cualquier otro caso no tiene derecho a dicha ayuda.

      Salu2.

  • mark

    hola a todo me pregunta el para ha terminado desde 2008… bueno ahora estoy alta desde mayo pasado enl grario ahora tengo 160 dias cotizadas solo en grario y me quedare una seman de trabajo con responsabilidad de familai de dos hijos somos cuatro qui tengo q acer esq tengo alguna ayuda o no gracies

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>