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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • Mario

    hola,mi pregunta es:
    como no tengo un año completo para ir al paro,tengo como 4 ,5 meses de contrato y haora estoy parado,puedo aprovechar de este subsidio? gracias

    • Sí, si cumple las demás condiciones, porque si no ha trabajado durante 1 año completo no tiene derecho a percibir las prestaciones de desempleo y cumpliría esta condición.

      Salu2.

  • yoli

    Hola, buenas, mira mi novio no cobra nada, tampoco la ayuda del paro xke no esta casado. Estamos de pareja de hecho. Lleva más de 6 meses sin cobrar nada. Se le acabo el paro. Qué puedo pedir?

    gracias

    • Desgraciadamente su novio no puede solicitar ninguna ayuda o subsidio de desempleo puesto que no cumple las condiciones de ninguna de las ayudas. Esperemos que las modificaciones sobre el subsidio de 420€ le afecte y se pueda beneficiarse de esta ayuda.

      Salu2.

  • gilberto

    hola,mi pregunta es para saber si puedo solicitar la ayuda del gobierno a los que estan sin cobrar subcidio.yo trabaje en 2008 4 meses y se me termino la prestacion el 10 febrero 2009 y no estoy cobrando nada.un saludo

    • Siento decir que no tienes derecho puesto que llevas sin cobrar desde el 10 de febrero. Esta ayuda es sólo para los que no cobran nada desde el 1 de Agosto de 2009.

      Salu2.

  • vivi

    hola nose que paso al final con la supuesta ampliacion de ayuda a los desempleados no tengo derecho a la ayuda de los 420€ porque estoy en paro hace 8 meses hay alguna otra ayuda???

  • patri

    hola, buena mira yo era para preguntar por alguna paga, es que mi tia y mi tio estan casado y tienen 3 hijo y no cobran nada ninguno de los 2 ni el paro k deven de hacer

    gracias.

  • daniel

    esto es alucinante osea yo yevo parado mas de un año y no puedo cobrar el subsidio de 420 euros porque no quede al paro este mes es indignante.
    ¿cuando supuestamente saldran las modificaciones??

    • Así es, y no me extraña que estés indignado porque las ayudas deberían de darselo a los que más necesitan que son los que más tiempo lleva sin cobrar nada.

      Además se está hablando de que la modificación de la ley afectará sólo a los que no cobran nada desde el 1 de enero en lugar de 1 de agosto.

      Salu2 y suerte.

  • IONEL

    HOLA quiero decir que me acaba la prestacion del paro en el dia 29 de agosto este mes y quiero saber si tengo derecho a la nueva ayuda de 420 euros y si para esta ayuda hace falta ir a sellar cada tres meses como la otra o solo tengo que ir a seis meses para renovarla si tengo derecho. Otra pregunta es si soy beneficiario de esta ayuda para desempleados y quiero irme en otro pais para trabajar i no le comunico nada en el INEM que pasara. GRACIAS

    • Decirle que sí que tiene derecho a percibir dicho subsidio si no tiene derecho a otro tipo de prestaciones o subsidio de desempleo. Para solicitarlo deberá de acudir a las oficinas de INEM y ellos le informará de los trámites que ha de realizar para obtener dicha ayuda y lo que debe de hacer para conservarlo.

      Salu2

  • NRD

    Buenas Noches,

    Me gustarías saber si puedo acogerme a la nueva prestación temporal de 420 eur. aprobada este mes. Tengo 30 años soy soltera y sin hijos y no percibo rentas, pero en la Unidad familiar somos 3 (Mi padre , mi madre y yo) A efectos del computo de los ingresos si mi madre cobra un subsidio también se computa como ingreso de la unidad familiar? aunque sea temporal dicho subsidio. Si se computa tendría que sumar los dos ingresos mensuales (padre y madre) y dividirlo entre 3, si la cuota es superior a 468 no me lo aceptarían, es así? aunque sea poca la diferencia?

    Gracias por tu atención.

    Saludos.

    • Hay que sumar todas las rentas y dividirla entre todos los miembros de la familia, la cuantía obtenida no debe de superer el 75% de SMI (468€).

      Si se excede aunque sea por unos céntimos, no cumpliría las condiciones y por lo tanto no entraría dentro de estas ayudas.

      Salu2.

  • antonio

    Llevo sin trabajar desde abril del 2008. En su día no pedí el paro. Llevo hecho un curso de un FP, y me quedan otros 9 meses. He pedido una beca y no me la han dado (esta es otra!!! Tanto que hay que reciclarse, y luego no hay ninguna ayuda para hacer ciclo de Formación Profesional). Ahora necesitaría cobrar el paro, porque esto de estudiar lo veo muy bien para el futuro… pero de momento lo único que tengo son gastos (y bastantes). Hay algún tipo de ayuda para gente como yo? Cómo podría cobrar el paro que tengo acumulado (me dicen que tengo que tener otro empleo, y el asunto está muy difícil). Este subsidio de los 420 euros lo podría cobrar?

    • En estos momentos, por las condiciones que nos expones, sentimos decirte que no tendrías derecho ni a la prestación, ni al subsidio de desempleo, ni al subsidio de los 420€… Para poder recuperar tu derecho de paro, tendrías que conseguir un trabajo por al menos 3 meses y luego causar baja por motivos ajenos a ti, como finalización de contrato o despido no procedente.

      Salu2

  • antonio

    Una duda más? En el último trabajo que estuve no me fui voluntariamente, sino que fue por finalización de contrato. En este caso tendría que conseguir un contrato de al menos 3 meses? No bastaría con un nuevo contrato y punto? Gracias.

    • Lo que no entendemos es si en el anterior trabajo fue cesario de forma no voluntario, tenía derecho entonces de percibir las prestaciones de desempleo siempre que cumpliese las condiciones que se describen en los artículos correspondientes publicados en este blog y los plazos para su solicitud.

      Salu2.

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