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31 de agosto de 2009

Bienes gananciales

Mediante la sociedad de bienes gananciales en un matrimonio, se hacen comunes las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, y por lo general serán atribuidos a la mitad en caso de disolución del matrimonio, aunque existen algunas excepciones.

Los bienes que los cónyuges tuvieran antes del matrimonio, ¿también serían de los dos?

No serán bienes comunes en régimen de bienes gananciales todos aquellos bienes que cualquiera de los cónyuges tuvieran antes de la celebración del matrimonio, o bien que hubieran obtenido de forma gratuita después del mismo.

Ejemplo:

  • Si uno de los cónyuges tuviera un automóvil a su nombre cuando aún estaba soltero, éste no formaría parte de la sociedad de bienes gananciales, y por tanto pertenecería sólo al titular del coche.

¿Qué otros bienes serían de un solo cónyuge y por tanto no habría que repartir?

Todos los bienes que a pesar de ser un matrimonio en bienes gananciales pertenecen a uno sólo de los cónyuges se denominan bienes privativos.

Estos bienes privativos tienen las siguientes características:

  • Al pertenecer sólo a uno de los cónyuges, éste es el único que podría disponer de ellos. En caso de concurso de acreedores, estos bienes no responderían de las deudas del otro cónyuge, y por tanto, no podrían ser embargados.
  • En caso de disolución del vínculo matrimonial, no estarían incluidos dentro de la repartición ya que nunca llegaron a formar parte de la comunidad de bienes gananciales.

Vemos a continuación cuáles son estos bienes privativos individuales:

  • Las indemnizaciones por daños y perjuicios que se concedan a uno de los cónyuges.
  • Las ropas y objetos de uso personal que no tengan un valor extraordinario.
  • Los materiales o herramientas empleados para ejercer una profesión o empleo. Con excepción de que pertenezcan a una empresa común de los dos cónyuges o hayan sido adquiridos con fondos gananciales, en cuyo caso se repartirían al 50% o se desembolsaría la mitad parte correspondiente.
  • Los bienes de las herencias que obtenga uno de los cónyuges.
  • Las cantidades que cualquiera de los contrayentes obtenga del cobro de créditos que sean privativos para alguno de ellos.
  • Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes del matrimonio se considerarán siempre privativos, aunque se paguen total o parcialmente con dinero ganancial, salvo cuando éstas compras se refieran al la vivienda o ajuar familiar.
  • Los bienes que se adquieran para sustituir alguno de los bienes privativos que estamos comentando.
  • Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y que no se pueden transmitir entre personas vivas.

¿Qué bienes se consideran gananciales?

Los bienes gananciales pertenecen a ambos cónyuges por igual, independientemente de quién de los dos los haya obtenido

Según el artículo 1.347 del Código Civil, se considerarán bienes gananciales los siguientes:

  • Los obtenidos por el trabajo o la empresa de cualquiera de los cónyuges.
  • Los frutos o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.
  • Los comprados o adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, independientemente de que se hayan adquirido para uno de los esposos o para la sociedad de gananciales.
  • Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.
  • Las empresas  o establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad de gananciales por cualquiera de los cónyuges a expensas de bienes comunes.

¿Qué gastos y pagos serán abonados con dinero ganancial?

Ya que los bienes gananciales están sujetos al mantenimiento de la familia, serán abonados con dinero ganancial los siguientes gastos:

  • La alimentación y educación de los hijos, así como el sostenimiento de la familia.
  • La adquisición, tenencia y disfrute de los bienes comunes.
  • La administración ordinaria de los bienes privativos de cualquiera de los cónyuges.
  • El desempeño de la profesión u oficio de cada uno de los cónyuges, ya que los ingresos de ellos se considerarán gananciales.

¿Qué ocurriría con las deudas privativas que tuviera uno de los cónyuges?

En el caso de que uno de los cónyuges tuviera deudas privativas, el derecho de cobro se dirigiría primeramente contra los bienes privativos del deudor y posteriormente si no fuera suficiente, se acudiría en contra de los bienes gananciales, tendiendo en cuenta la proporción del 50% que corresponde a cada cónyuge.

En caso de embargo del 50% de la sociedad de gananciales por deudas de uno de los cónyuges, el otro podría pedir que se disuelva dicha sociedad.

¿En qué casos puede disolverse la sociedad de bienes gananciales?

  • Cuando se disuelva el matrimonio, ya sea por divorcio, separación o nulidad.
  • Cuando por sentencia judicial sea declarado nulo el régimen económico de gananciales.
  • Cuando por sentencia judicial se decrete la separación de los cónyuges.
  • Si los cónyuges deciden por acuerdo otro régimen económico diferente
  • Si cualquiera de los cónyuges realice actos en fraude, peligro o daños de los derechos del otro.
  • Si se lleva separados de hecho más de un año por mutuo acuerdo por abandono de hogar.
  • Por incumplimiento de informar sobre el rendimiento de negocios comunes.
  • Si uno de los cónyuges es declarado incapaz por decisión judicial, el otro cónyuge podría solicitar la disolución.
  • En el caso de ausencia de abandono de hogar de uno de los cónyuges o si tiene un procedimiento por quiebra abierto.
  • En el caso de disolución de la sociedad se procederá a la liquidación y por tanto adjudicación de los bienes, descontando primero las deudas de la sociedad y dividiendo el restante a la mitad.

Separación de bienes

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

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941 comments to Bienes gananciales

  • Mikel

    Hola,
    Gracias por el foro.
    Tengo participación en una sociedad limitada desde antes de mi
    matrimonio(ganaciales),cómo me afectaría en caso de separación?

    • Si le gusta el foro, le invitamos a que participe en el mismo, regístrese y podrá plantear todo tipo de consulta y nosotros o algún miembro del foro le contestará, o dar su opinión sobre los diferentes temas que se plantea.

      En referencia a su consulta, todos los bienes adquiridos antes del matrimonio independientemente de gananciales o separación de bienes por regla general es de la persona que la adquirió.

      Salu2.

  • david

    hola la pregunta es la siguiente.
    al realizar una separacion de bienes en una familia creada por union de hecho, que a la ves esta constituida en una sociedadd ltda. cual seria el procedimiento, para realizar esa separacion y como vendrian a quedar los hijos mayores con respecto a esa separacion. gracias por favor si no entendieron la pregunta por favor solo decirme entonces que prevalece, la separacion de bienes en la union de hecho por mas de 30 años o la sociedad ltda por 20 años. constituida en una familia.

  • Jimena

    Buenas tardes, me llamo Jimena y tengo una situacion complicada, os cuento mi caso para ver si algun entendido en la meteria me puede dar la orientacion necesaria.
    Mi marido se fue de casa hace 3 años, despues de 30 años de casado, estamos en regimen de bienes gananciales. Tiene 2 sociedades limitadas, gracias a su trabajo y a mi esfuerzo que llevo trabajando desde los 18 años, y gracias a mi trabajo se pudo ahorrar algo para poder montar las empresas que durante los comienzos fue duro,pero despues de mucho esfuerzo se encuentra saneada pero sin ingresos ni gastos porque tiene en propiedad 4 locales pequeños.
    Al no haber acuerdo, si me separo se rompen las empresas y cada uno escritura las cosas a su nombre, pero eso cuesta mucho dinero fiscalmente, el cual no tenemos porque trabajamos por cuenta ajena y el sueldo no es muy grande y cuatro hijos que mantener.
    Mi pregunta es, ¿como podemos repartir las 4 propiedades, 2 para cada uno, a nuestro nombre, sin que tengamos que pagar tanto dinero fiscalmente dado que no lo tenemos y por la situacion del mercado ahoramismo no nos lo compra nadie ni poniendole un precio bajo?
    Gracias,
    Enhorabuena a este foro…..

  • luis

    estoy en regimen de bienes ganaciales ,¿que me costaria hacer separacion de bienes?

    • Para hacer la separación de bienes, debéis de ir al notario para firmar las capitulaciones matrimoniales y solicitar 3 copias, una para cada cónyuge y otra para el registro.

      El coste no sobrepasa los 100€.

      Salu2.

  • Alberto

    Un amigo lleva casado 7 años por lo civil, se va a separar.
    Desde el segundo año después que se casó, su papá le abrió un CDT en un banco por valor de 150.000.000 de pesos, la cuenta está a nombre de mi amigo.
    Esa plata está intacta desde ese día.

    A su esposa le corresponde la mitad de ese dinero?

    me podría suministrar toda la información acerca de éste caso para compartirla con mi amigo?
    gracias

    Vivo en Colombia

    • Lo sentimos Alberto, pero los casos aquí tratados se refieren sólo a la normativa de España, por lo que desconocemos como se tramitaría la separación en tu país..

      Tendríais que consultarlo con un abogado especializado allí.

      Salu2!

  • MARTINEZ FABIAN

    Hola me separe hace 10 años obviamente siempre pase la manencion alimentaria como la obra social para mis hijos( 2 ) la pregunta es la siguente quiero comprar un auto 0 kl si ella despues me saca el divorcio le corresponde la mitad desde ya muchas gracias a estamos separados de hecho

  • pepe

    Buenos dias, tengo un problema y quisiera saber que es lo que se puede hacer:
    Mi mujer y yo nos casamos el 1999 en regimen de gananciales, ella en el 2008 heredo una fabrica que he explotado yo en calidad de gerente, ademas mi mujer posee una papeleria antes de casarnos.
    Ahora mi mujer con esto de la crisis ha notificado a los proveedores por correo certificado que se opone a la gestion mia en la empresa.
    Los proveedores nos estan embargando diversos bienes: la fabrica, un coche mio, acciones de los dos y un apartamento que compre en 2005.
    Mi mujer cree que son bienes propios de ella, y se opone a los embargos, ¿eso lo puede hacer, es cierto asi?

    MUCHAS GRACIAS POR CONTESTAR.

    • Tanto la fabrica como la papelería son propiedades privativas de su mujer al ser adquiridos antes del matrimonio o recibido por herencia durante el matrimonio.

      Otro tema es que esté o no deacuerdo con las gestiones que haya hecho usted con dicha fábrica como gerente.

      Las deudas generados por la fábrica es del propietario de la fábrica, independientemente de quién lo haya gestionado, aunque supongo que el gestor tendrá su parte de responsabilidad.

      En cuanto a qué bienes pueden embargar dependerá de cómo esté puesto la fábrica: Si es una sociedad anónima, una sociedad limitada … Creo que lo más recomendable es acudir a un abogado para que os ayuden a sobrellevar esta situación de la mejor manera posible.

      Suerte!!

  • rafa

    tengo regimen matrimonial de gananciales,y me gustaria tener separacion de bienes y asi poder hacerme cargo de las deudas y tambien de la vivienda.es posible poder hacerlo y como? y tambien si es muy costoso economicamente y de papeleo??

    gracias,rafa

    • Tienes que hacer las capitulaciones matrimoniales ante el notario y posteriormente hay que registrarlo en el Registro.

      Tienes que hacer una lista detallada de vuestros bienes y acudir ante un notario, los costes de tramitación ronda los 300€.

      Salu2.

  • Juani

    Buenos días, me he casado en la Comunidad Valenciana (separación de bienes) y no sé si me interesa hacerlo en gananciales ante notario. Mi marido tiene un hijo de una anterior relación que vive con su madre. Nosotros no tenemos hijos de momento pero queremos tener. Yo tengo 2 pisos y él una casa. Privativo. Influye de alguna manera estar casados en gananciales o separación de bienen en temas de herencia? Gracias

    • Ninguna, si las propiedades ya están pagadas y no tienen hipoteca.

      En caso de tener hipoteca dichos bienes, en gananciales, la parte que se pague durante el matrimonio sería gananciales.

      En mi opinión, creo que según estáis es lo mejor. De esta forma tus bienes serán tuyos y de tus hijos exclusivamente, y los bienes de tu marido, suyo y de todos sus hijos.

      Salu2.

  • arturo

    yo ganaba 2600 euros mensuales y desde hace tres meses me estan embargando la nomina y cobro 965. Mi mujer no trabaja y ahora se quiere separar. cuando dinero le corresponde a ella y si tambien cuando se separe tambien le embargan

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