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14 de septiembre de 2009

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.

13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años

17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras

7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años

15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
  • Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:

¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?

  • La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
  • En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.

¿Qué duración tiene?

  • Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
  • Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.

¿Cuál es la cuantía de este subsidio?

  • 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
  • Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
  • En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.

Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.

¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?

Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.

En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

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8.983 comments to Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

  • enrique

    QUISIERA SABER SI DEL DINERO QUE TIENES EN UNA CUENTA CORRIENTE SIN QUE TE PRODUZCA NINGUN INTERES ,TE IMPUTAN ALGUN TIPO DE INTERES A LA HORA DE SOLICITAR LA AYUDA.? UN SALUDO

  • Elena Lendoiro

    Hola: Con 52 años terminé el subsidio ordinario y en el mes de espera cambiaron la ley y no me pude acoger al subsidio de mayores de 55. Estoy cobrando la segunda RAI. En el SEPE me dicen que para acceder al subsidio de mayores de 55 años tengo que cotizar 3 meses, pero tengo dudas, ya que no tengo cargas familiares. El resto de requisitos los cumplo. Pueden aclararme esta duda: sin cargas familiares tendría que tener 3 o 6 meses cotizados? Gracias

    • Hay diferencia de opiniones, unos dicen que 3 y otros 6.

      Si te han dicho en tu oficina que son 3… pues serán 3.

      También hemos leído de gente que en sus oficinas les han dicho que 6 meses al no tener cargas.

      Salu2.

  • pedro

    TENGO UN DEPOSITO A 6 MESES DE ENERO A JULIO CON UNOS INTERES A VENCIMIENTO DE 1200€ ,CUANDO SOLICITE EL SUBSIDIO TENGO QUE DECLARAR ALGUN INTERES LEGAL DEL DINERO O SOLO ESOS 100 MENSUALES.TENGO TAMBIEN LA CUENTA NARANJA DE ING QUE ME DA UNOS POCOS INTERES MENSUALES EN LA MISMA CUENTA (12 € aprox.)ACABO DE TERMINAR EL PARO Y HE OIDO ALGO QUE TENGO QUE DEJAR UN MES DE ESPERA ES CIERTO.GRACIAS

  • lucian

    hola y gracias
    mi mujer cobra subsidio para mayores de 55 años pero parcial por 5 horas de trabajo ajora tiene un trabajo de 2 horas por dia se hache un año el problema va Acher:
    1- que se va a pasar con este subsidio en el caso que o despide ?
    2- como la ley dice que importa el ultimo trabajo que va a cobrar por 5 horas y o despide o va a cobrar por dos horas que es ultimo trabajo o se va reanudar el viejo desempleo parcial de momento el subsidio no es dado de baja cobra parcial menos lo que le quita como trabaja
    3-que es necesario para cambiar subsidio parcial y cobrando entero
    4- se puede da de baja este subsidio para generar otro subsidio
    5 mas claro – que hache falta para cambiar un subsidio parcial al cobrarlo entero?

    • 1. ha suspendido la ayuda y lo reanudará en las mismas condiciones.

      2. Si por el último empleo generara derecho a prestación, cobraría está y le tocaría pedir un nuevo subsidio y entonces sí que le influiría la parcialidad del último empleo.

      3. Debería de trabajar 12 meses en un empleo a tiempo completo, pedir paro y después el subsidio a tiempo completo.

  • Jesús

    Hola.
    Yo tengo 2 pisos en uno vivo y el otro lo tengo alquilado en 250 € al mes, más tengo un dinero en un fondo de inversión. Mi duda es si tendré derecho a percibir el subsidio, tengo los 250 € del alquiler más el 4% del valor catastral del piso donde vivo y más el fondo de inversión que no se como lo contabilizan aunque no cobro nada mientras no reembolso el dinero.
    Gracias.

  • pietreanu eufrosina

    hola,soi rumana con 57aniosy mas de 6 años cotizo como trbajadora ,empleada de hogar de regim de interna,y con 27 añios cotizao en rumania,preguntas;pour perdio de empleo se puede cobrar subsidio de 55 añios?graciac

  • enrique

    NO TERMINO DE ENTENDER LO DE QUE SE IMPUTE UN 3,5 DEL DINERO QUE TIENES EN LA CUENTA SIN QUE TE PRODUZCA INTERESE,ENTONCES SI LO PONES A PLAZO FIJO QUE AHORA TE DAN UN 0,25 MAS O MENOS ,ENTONCES QUE TANTON TE IMPUTAN DEL DINERO LOS INTERESES DEL 0,25 O EL 3,5 MAS EL 0,25 DE INTERESES,ES QUE NO LE ENCUENTRO LA LOGICA.

  • carmen

    Sobre la consulta de Jesús si se tienen dos pisos uno que es la vivienda donde vives y el otro alquilado , se computan los dos pisos más el dinero de alquiler .
    Yo estoy en la misma situación, pero la segunda vivienda no está alquilada.

    Muchas gracias

    • Sólo la vivienda que no es habitual.

      Cuando la segunda vivienda está alquilada, las rentas son los cuotas del alquiler.

      Si la vivienda no está alquilada, se te imputa el 3,5% del valor catastral anual, que habría que dividirlo entre 12 meses.

      Salu2.

  • maria

    Buenas mi mbre es maria y tengo una consulta tengo 61 años me separe en el 2013 y mi exmarido me tenia que pagar una pensión de 500€ sin tener cargas resolución del juez por no cotizar solo tengo unos 4 años cotizados no tenia derecho a una pensión de jubilación y el juez le impuso esta pensión que por cuidar de nuestros 4 hijos y no poner trabajar por ese motivo mientras el cotizaba me correspondía parte de su cotización,el tema es que una vez el se jubilase pasaría a 340€ y queria preguntar si tendría derecho al subsidio gracias

  • marisa

    POR LO QUE VEO SI TENGO UN DEPOSITO CON INTERES A VENCIMIENTO EJ.DE ENERO A JULIO DECLARO EL 3.5% DEL VALOR DEL DEPOSITO,PERO SI ESE MISMO DEPOSITO LO TENGO CON INTERESES MENSUALES DEL 0.4% SOLO DECLARO LOS INTERESES.COMO PUEDE HABER TANTA DIFERENCIA CUANDO EN REALIDAD LOS INGRESOS DE ESE AÑO SON LOS MISMOS.GRACIAS

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