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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • carmen R

    Buenos días: En Marzo ya puedo solicitar la RAI por segunda vez que es cuando se cumple el plazo de 1 año sin cobrar. Ahora estoy cobrando un subsidio que se me acaba dentro de 6 meses. Obligatoriamente tengo que solicitar la segunda RAI en marzo?, o puedo esperar a agotar el subsidio actual y pedirla más adelante. Son obligatorios estos plazos?. Gracias

    • No. Cobra el subsidio y cuando se termine, pide la RAI.

      Te obligan a no poder solicitar en el plazo de 1 año, no dice nada de que tengas obligatoriamente solicitarlo.

      Salu2.

  • elena alina

    Hola.soy mujer por violencia de genero.el dia 18 solicite el rai y la ayuda suplimentaria por cambio de residencia.cuanto tarda a pagarme.gracias.

  • Mary

    Hola buenas tardes.tengo una duda es compatible cobrar el salario social con la Rai? O hay que terminar el salario social para solicitarla.gracias

  • Isabel

    Buenos dias en marzo termino de cobrar mi tercera rai puedo solicitar alguna ayuda mas ? Me dijeron que habia una nueva de solo 6 meses cusndo agotaras toda la rai gracias.

  • MARIELO GALLARDO

    He sido autonoma durante 13 años tengo derecho a la ayuda de la RAI de los 45 años

  • Sheila

    Buenas tardes
    Mi madre tiene 59 años actualmente y esta cobrando el RAI. Por situación de trabajo debo salir de cada y mudarme a otra localidad ya que el trabajo que me ofrecen es para tiempo. Quería saber si, una vez termine el primer año de Rai. En el año de pausa, podría solicitar alguna ayuda tipo social o algo para mi madre, ya que dos casas no puedo mantener. Gracias

  • Yoli

    Hola mi cuñado es discapacitado y tiene una pensión no contributiva de 312€ y a ido a solicitar la rai y le dicen k no es compatible k si no le quitarían la paga no contributiva
    Es eso asin gracias

    • Sí, así es.

      No se puede cobrar las 2 cosas a la vez.

      No le recomendaría pedir la RAI porque después tendría que pedir la reanudación de la PNC y es un proceso no muy rápido.

      Salu2.

  • Antonio Jose

    El 11/01/2016 termine los primeros 11 meses de RAI. Cuando tengo que volver a solicitarlo en enero o febrero 2017. Y en este año intermedio sin cobrar la RAI, puedo solicitar la renta social básica, que tarda mas de 1 año en que te la concedan, en Andalucia se llama el programa de solidaridad. Gracias por contestar.

  • pepe lopez

    hola,quisiera saber si despues de estar un año sin cobrar ninguna prestacion ni trabajar, apuntado al paro y fichando correctamente,con 53 años cumplidos, teniendo en cuenta que el año anterior al de espera habia causado baja voluntaria en mi trabajo,total:cuando llegue la fecha en julio tendre un año de espera entero y si con eso podria solicitar la rai.muchas gracias

    • Yo creo que sí (aunque si te has dado de baja voluntaria… no estás en situación legal de desempleo).

      Te recomiendo ir a SEPE y pide información.

      Salu2.

    • Fignon

      No sé si tengo del todo claras las fechas de lo que expones.

      No es requisito para cobrar la RAI pasar un año sin cobrar prestaciones (solo por matizar, parece que no viene al caso exacto que planteas)

      Ahora bien, en el año en que hay que estar apuntado como demandante y ser desempleado, no puedes tener una baja voluntaria en una empresa. Si esa baja está más atrás del año inmediatamente anterior a la solicitud de RAI, no supone ningún problema por si misma.

      Ejemplo:

      – Estoy apuntado desde el 1/1/2015
      – El 20/09/2015 ceso en un contrato a tiempo parcial de 5 días que no provoca que se me caiga la demanda de empleo.

      Cuando puedo solicitar la RAI? A partir del 21/09/2016, pues en esta fecha se habrá cumplido un año en el que estoy apuntado, y además no he rechazado oferta de empleo adecuada (una baja voluntaria tiene ese mismo tratamiento)

  • Eva

    Buenos días, he trabajado 10 meses a tiempo parcial(35 horas semanales), tengo derecho a reanudar la rai si me quedaban tres meses por cobrar. Gracias.

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