La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los mayores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo. (Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado 90 o más días en el año anterior a la fecha de solicitud o si se ha salido al extranjero.)
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2018 son 551,93 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
¿Es compatible con el empleo parcial?
Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.
¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?
No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.
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Hola, mi marido tiene un sueldo bajo y somos cuatro personas en casa,este mes a mi marido le han pagado horas extras y nos pasamos del máximo que exigen para conceder la rai.mi pregunta es ¿tengo que parar la rai?solo es este mes el que ha cobrado más.¿me la volveran a dar? ¿cuando?
gracias por adelantado
un saludo
Debes de comunicarlo.
Quizás te suspenda 1 mes la ayuda, pero lo puedes reanudar después.
Si no lo comunicas, y ese mes no cumplías los requisitos, se considera una infracción muy grave.
Salu2.
Buenos días,estaba cobrando la ayuda después del paro,me quedaba un mes por cobrar y dos para tener el año señando y solicitar entonces la RAI.
Ahora me llevare 3 trabajando y cotizando en Alemania,
Avise en prestaciones y sellado de mi salida a Alemania.
¿Podré solicitar el mes que me resta de ayuda y luego la RAI cuando regrese?.
Gracias
Sí, en lo de reanudar.
En cuanto a la RAI, habría que ver si cumples los requisitos.
Si tienes cargas familiares, podrías solicitar un subsidio de desempleo.
Pregunta todo esto cuando solicites la reanudación de la ayuda.
Salu2.
intento solicitar la segunda ayuda de la rai y no me la conceden porque no entro dentro de las normas.La primera la cobre en el 2013 y ahora solicito la segunda. Tengo derecho?
¿Pero qué te indican cuando te lo rechazan?
Salu2.
hola mi pregunta es la siguiente estuve cobrando la rai durante 4 meses y tuve que darme de baja pues se jubilo mi marido y ya no cumplia los requisitos mi pregunta es si pasado un tiempo tengo derecho alguna vez otra vez a pedirla los 7 mese restantes los pierdo o se quedan hay para poder solicitarlos otra vez si reuno los requisitos aunque pase el tiempo
Si se suspende la ayuda por incumplir las condiciones económicas, puedes solicitar la reanudación en plazo de 12 meses si vuelves a cumplir los requisitos.
Una vez pasado esos 12 meses la ayuda se da por perdida.
Salu2.
Perdón, 6 meses de plazo.
Hola me gustaría saber si seguiré cobrando la rai,tenia que renovar pero se me olvido pero al día después renové por internet y me dejaba y no tenia ningun problema
Hay comunidades que dan cierto margen para renovar las demandas.
Si te han dejado, pues seguramente no pasa nada.
Te recordamos que si no renuevas en tiempo (dentro del plazo fijado), se considera una infracción que impide seguir cobrando la RAI.
Salu2.
Hola, estoy cobrando la rai, por minusvalia, se que se puede cobrar hasta 3 veces sin necesidad de estar otro año inscrito en el inem, la pregunta es que se me acaban el mes que viene los primeros 11 meses, ¿Que tengo que hacer para seguir cobrando otros 11 meses más?, tengo que reincorporarme en el inem?, un saludo y gracias.
Tienes que solicitar una nueva RAI.
Y debes de seguir dado de alta en la demanda de empleo.
Salu2.
Estoy 3 meses cobrando la rai tengo 27 años con un 36 por ciento de discapacidad. Me la an dejado a 0 .me pagarán lo 8 meses restantes
Si pierdes la condición de discapacidad… me temo que sí que deberían de paralizarte la ayuda, porque la razón por la que te han dado la ayuda es que tenías un 36% de discapacidad que ahora ya no lo tienes.
Salu2
Buenos días, se puede cobrar el RAI de golpe, capitalizarlo?
Sólo se puede capitalizar la prestación de desempleo.
Los subsidios y ayudas subsistenciales, no.
Salu2.
Estoy cobrando la ray, estuve trabando primero por horas, y luego empece con un contrato de cuatro meses, ocho horas y me renovaron ocho meses mas, terminaba la ray en noviembre y me siguen ingresando 106 euros, y yo lo comunique al paro desde el principio, quiero saber si cuando finalice el año de contrato puedo solicitar el paro
Si lo has comnicado, ningún problema.
Cuando termines el contrato y has acumulado 12 meses de cotizaciones tendrás derecho a paro.
Si acumulas 6 meses, tendrás derecho a un subsidio.
Salu2.
Pero porque me siguen i gresando los 106,euros si estoy trabajando y se me acababa la ray en noviembre?
Si se te terminó la rai, por ejemplo el 10 de noviembre, tienes derecho a la ayuda de esos 10 días, que se te ingresa el 10 de diciembre.
Salu2.
Hola, en tres dias hará un año que estoy inscrita al paro:
Cobré prestaciones después de 1980 en varias ocasiones.
Tengo 46 años.
2 Hijos 12 y de 19 a cargo, el de 19 con 50% discapacidad.
Carnet de familia numerosa.
Puedo demostrar mi búsqueda efectiva de empleo.
Y con todo esto voy a solicitar la RAI.
Creo que me la concederan con reunir todos los requisitos.
Por el tema de los hijos no hay alguna otra prestación diferente o a añadir o complementar?.
En Febrero tendré un contrato para un evento de solo 3 dias completos, debo comunicarlo y cuanto me descontarán?
Como gestiono esos 3 dias para no tener que anular ni reactivar la RAI?.
Gracias
1. Te darán la RAI, y además por tener condición de discapacidad puedes pedir las 3 RAIs seguidas, sin esperas.
2. Si cobras la RAI, no tienes derecho a otra ayuda.
3. Esos 3 días, mejor comunícalo a SEPE. La ayuda se suspende esos 3 días y tienes que solicitar la reanudación después.
Salu2.